Form 1040-PR, Instructions / Additional Child Tax Credit Worksheet

Form 1040-SS, U.S. Self-Employment Tax Return; Form 1040-PR, Planilla Para La Declaracion De La Contribucion Federal Sobre El Trabajo Por Cuenta Propia-Puerto Rico; and Anejo H-PR,

Instr for 1040PR

Form 1040-PR, Instructions / Additional Child Tax Credit Worksheet

OMB: 1545-0090

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Instrucciones para el Formulario 1040-PR

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15:07 - 31-DEC-2007

The type and rule above prints on all proofs including departmental reproduction proofs. MUST be removed before printing.

2007

Department of the Treasury
Internal Revenue Service

Instrucciones para el
Formulario 1040-PR
Planilla Para la Declaraci´on de la Contribuci´on Federal sobre el Trabajo por Cuenta
Propia (Incluyendo el Cr´edito Tributario Adicional por Hijos para Residentes Bona
Fide de Puerto Rico)
Las secciones a las cuales se hace
referencia abajo corresponden al Codigo
´
Federal de Impuestos Internos a menos
que se indique de otra manera.

Instrucciones
Generales
Que´ Hay de Nuevo

• Para el 2007, la cantidad maxima
´
de ingreso

del trabajo por cuenta propia que esta´ sujeta a
la contribucion
´ al seguro social es $97,500.
• Para el 2007, podra´ radicar
electronicamente
´
(por medio del e-file) el
Formulario 1040-PR si solo
´ reclama el credito
´
tributario adicional por hijos. Para saber
informacion
´ general sobre la radicacion
´ por
medios electronicos,
´
visite el sitio web www.irs.
gov/efile y pulse sobre “Individual Taxpayer”
(Contribuyente que es una persona f´ısica).
• Si usted y su conyuge
´
radican una planilla
conjunta y son duenos
˜ que operan
conjuntamente un negocio agropecuario o uno
que no es agropecuario, quizas
´ puedan optar
conjuntamente a que se les graven
contribuciones como si fueran empresa
conjunta calificada y determinar su
contribucion
´ sobre el trabajo por cuenta propia
basandose
´
en su participacion
´ respectiva en el
negocio. Vea el tema titulado Negocio que
Pertenece a un Matrimonio, en la pagina
´
3.

Recordatorio
Las reglas para determinar si usted es
residente bona fide de Puerto Rico cambiaron
en 2006. Para ver si dichas reglas le afectan,
vea la Pub. 570, Tax Guide for Individuals With
Income from U.S. Possessions (Gu´ıa
contributiva para los individuos que reciben
ingresos de posesiones o territorios de los
EE.UU.), en ingles.
´

Proposito
´
de esta Planilla
Los residentes de Puerto Rico usan el
Formulario 1040-PR para los siguientes fines:
• Declarar el ingreso neto del trabajo por
cuenta propia y pagar la contribucion
´ del
trabajo por cuenta propia adeudada. La
Administracion
´ del Seguro Social (conocida
por sus siglas en ingles,
´ SSA) usa la
informacion
´ para computar sus beneficios del
seguro social. La contribucion
´ sobre el ingreso
del trabajo por cuenta propia puede
corresponderle independientemente de su
edad o de si ya recibe beneficios del seguro
social o de Medicare.
• Declarar y pagar las contribuciones sobre el
ingreso del empleo domestico.
´
• Declarar y pagar las contribuciones al
seguro social y al Medicare sobre (a) las
propinas no declaradas al patrono, (b) salarios
o sueldos provenientes de un patrono de los
cuales no se le retuvieron contribuciones del
seguro social y del Medicare o (c) las
contribuciones no recaudadas de las propinas

o del seguro de vida colectivo a termino
´
(vea
las instrucciones para la l´ınea 5 de la Parte I
en la pagina
´
4).
• Reclamar toda contribucion
´ al seguro social
retenida en exceso.
• Reclamar el credito
´
tributario adicional por
hijos.
• Reclamar el credito
´
tributario por cobertura
de seguro de salud.
Ademas
´ puede estar obligado a radicar una
planilla de contribucion
´ sobre el ingreso
personal ante el Gobierno de Puerto Rico.
Comun´ıquese con su oficina local de
contribuciones para mas
´ detalles al respecto.

Informacion
´ Adicional
Para obtener ayuda con la Parte III (Ganancia
o perdida
´
de negocio agropecuario), vea las
Instrucciones del Anexo F (Formulario 1040),
Profit or Loss From Farming (Ganancia o
perdida
´
de un negocio agropecuario),
correspondiente a 2007 y la Pub. 225,
Farmer’s Tax Guide (Gu´ıa contributiva para los
agricultores), ambas en ingles.
´ Para obtener
ayuda con la Parte IV (Ganancia o perdida
´
de
negocio (por cuenta propia)), vea las
Instrucciones del Anexo C (Formulario 1040),
Profit or Loss From Business (Ganancia o
perdida
´
proveniente de un negocio)
correspondiente a 2007, y la Pub. 334, Tax
Guide for Small Businesses (For Individuals
Who Use Schedule C or C-EZ) (Gu´ıa
contributiva para los pequenos
˜ negocios (Para
individuos que usan el Anexo C o C-EZ)),
todas en ingles.
´
Para los detalles sobre los cambios a la ley
contributiva correspondientes al ano
˜ 2007, vea
la Pub. 553, Highlights of 2007 Tax Changes
(Puntos clave de los cambios en las
contribuciones de 2007), en ingles.
´
Si en 2008 espera que su contribucion
´
sobre el trabajo por cuenta propia ascienda a
$1,000 o mas,
´ es posible que tenga que hacer
pagos de la contribucion
´ estimada. Use el
Formulario 1040-ES(PR), Contribuciones
Federales Estimadas del Trabajo por Cuenta
Propia y sobre el Empleo de Empleados
Domesticos
´
— Puerto Rico, para hacer pagos
de la contribucion
´ estimada.

Quien
´ Debe Radicar
Debe radicar el Formulario 1040-PR (o el
Formulario 1040-SS, en ingles)
´ si:
1. Usted (o su conyuge,
´
si radican una
planilla conjunta) recibio´ ingreso neto del
trabajo por cuenta propia (que no haya sido
como empleado de una iglesia) de $400 o mas
´
(o recibio´ ingreso como empleado de una
iglesia de $108.28 o mas
´ — vea Empleados
de una Iglesia, en la pagina
´
2);
2. Usted no tiene que radicar el Formulario
1040, en ingles);
´
y
3. Usted es residente de Puerto Rico.
Cat. No. 31798F

Aunque haya sufrido una perdida
´
o
haya recibido muy poco ingreso de su
trabajo por cuenta propia, aun
´ puede
serle beneficioso radicar un Formulario
1040-PR y usar cualquiera de los dos
“metodos
´
opcionales” de la Parte VI. Vea las
paginas
´
7 y 8.
Si tanto el punto (2) como el (3) anteriores
le corresponden, tambien
´ tiene que radicar el
Formulario 1040-PR para:
• Declarar y pagar las contribuciones sobre el
ingreso del empleo domestico.
´
• Declarar y pagar las contribuciones al
seguro social y al Medicare sobre (a) las
propinas no declaradas al patrono, (b) salarios
o sueldos provenientes de un patrono de los
cuales no se le retuvieron contribuciones del
seguro social y del Medicare o (c) las
contribuciones no retenidas de las propinas o
del seguro de vida colectivo a termino
´
(vea las
instrucciones para la l´ınea 5 de la Parte I en la
pagina
´
4).
• Reclamar un credito
´
por toda contribucion
´ al
seguro social retenida en exceso.
• Reclamar el credito
´
tributario adicional por
hijos.
• Reclamar el credito
´
tributario por cobertura
de seguro de salud.
CONSEJO

Cuando
´
Debera´ Radicarse
Si su ano
˜ contributivo es el ano
˜ natural
(calendario), radique la planilla para el 15 de
abril de 2008. Si su ano
˜ contributivo es un ano
˜
economico
´
(fiscal), usted debera´ radicarla para
el d´ıa 15 del cuarto mes siguiente a la fecha de
cierre de dicho ano.
˜

Donde
´
Debera´ Radicarse
Env´ıe la planilla al Department of the Treasury,
Internal Revenue Service Center, Austin, TX
73301-0215.

Cantidad que Debe
Pago con cheque o giro
Incluya con el Formulario 1040-PR su cheque
o giro por la cantidad total de la deuda. Haga
el mismo a la orden del “United States
Treasury” (Tesoro de los EE.UU.). No env´ıe
dinero en efectivo. Incluya en el cheque o giro
su nombre, direccion,
´ numero
´
de telefono
´
diurno, numero
´
de seguro social (SSN, siglas
en ingles)
´ y las palabras “2007 Form 1040-PR”
(Formulario 1040-PR de 2007). Si radica una
planilla conjunta, anote en el pago el SSN que
aparece primero en el Formulario 1040-PR.
Para ayudarnos a procesar su pago, anote
la cantidad que aparece a la derecha del
cheque de esta manera: $XXX.XX. No use
guiones, rayas ni l´ıneas (por ejemplo, no
escriba “$XXX – ” ni “$XXX 00/100”).

Pago por medios electronicos
´
Pago con tarjeta de credito.
´
Puede usar su
tarjeta American Express®, Discover®,
MasterCard® o Visa®. Para pagar con tarjeta

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Instrucciones para el Formulario 1040-PR

15:07 - 31-DEC-2007

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de credito,
´
llame gratuitamente o visite el sitio
web de cualquiera de los proveedores de
servicios que se indican mas
´ adelante y siga
las instrucciones. Se le cobrara´ un cargo por
los servicios que le proveen basado en la
cantidad que va a pagar. Los cargos pueden
variar entre los proveedores. Durante la
transaccion,
´ le informaran
´ del monto del cargo
y tendra´ la opcion
´ de continuar o cancelar la
transaccion.
´ Puede tambien
´ obtener el monto
del cargo llamando al numero
´
de telefono
´
automatizado de servicio al cliente del
proveedor o visitando su sitio web que se
indica a continuacion.
´
Link2Gov Corporation
1-888-PAY-1040SM (1-888-729-1040)
1-888-658-5465 (Servicio de ayuda al
cliente)
www.PAY1040.com
Official Payments Corporation
1-800-2PAY-TAXSM (1-800-272-9829)
1-877-754-4413 (Servicio de ayuda al
cliente)
www.officialpayments.com
Pagos mediante el Electronic Federal Tax
Payment System (EFTPS). El sistema
electronico
´
de pagos de la contribucion
´ federal
(conocido por sus siglas en ingles,
´ EFTPS) es
un sistema gratuito que se ha disenado
˜
para
todos los contribuyentes. En l´ınea o por
telefono,
´
usted entra electronicamente
´
la
informacion
´ sobre las contribuciones que haya
pagado y eso es todo. El sistema EFTPS esta´
disenado
˜
para su comodidad. Mediante el
sistema EFTPS, puede programar los pagos
que desea retirar de su cuenta bancaria o
corriente, para que se hagan una sola vez o
periodicamente,
´
hasta con 365 d´ıas de
adelanto. Puede ademas
´ modificar o cancelar
los pagos hasta 2 d´ıas comerciales antes de la
fecha de retiro fijada. Para tener acceso al
sistema EFTPS, tiene que inscribirse primero.
Puede inscribirse en l´ınea en www.eftps.gov o
llame al numero
´
de asistencia en espanol
˜
1-800-244-4829 para recibir una planilla de
inscripcion
´ y las instrucciones
correspondientes por correo. Ayuda por medio
del sistema TTY/TDD puede obtenerse
llamando al 1-800-733-4829.

Tercero Autorizado
Si desea autorizar a un amigo, familiar o a otro
individuo para que este
´
hable sobre su planilla
de contribucion
´ de 2007 con el IRS, marque el
encasillado S´ı en la seccion
´ titulada Tercero
Autorizado, de la pagina
´
1 del Formulario
1040-PR. Ademas,
´ anote el nombre, numero
´
de telefono
´
y los cinco numeros
´
que el tercero
ha seleccionado como su numero
´
de
identificacion
´ personal (PIN, siglas en ingles).
´
Sin embargo, si desea que el preparador
remunerado que firmo´ la planilla hable sobre
ciertos aspectos de la planilla con el IRS, solo
´
anote “Preparador” en el espacio para el
tercero autorizado. No tiene que incluir el resto
de los datos solicitados en esta seccion
´ de la
planilla.
Si marca el encasillado S´ı, usted (y su
conyuge,
´
si radican una planilla conjunta) le
autoriza al IRS para que llame al tercero
autorizado para que conteste preguntas y
aclare dudas que puedan surgir durante la
tramitacion
´ de su planilla. Ademas,
´ le permite
al tercero autorizado que haga lo siguiente:
• Proveer al IRS toda informacion
´ que falte de
su planilla.
• Comunicarse con el IRS para obtener
informacion
´ relacionada con la tramitacion
´ de
su planilla o con la situacion
´ actual del
reembolso o pago(s) relativo(s) a dicha
planilla.
• Recibir, por solicitud, copias de avisos o
apografos
´
relacionados con su planilla y
• Responder a ciertas notificaciones del IRS
sobre errores matematicos,
´
compensaciones y
la preparacion
´ de su planilla.

Con tal autorizacion,
´ no le permite al
tercero autorizado recibir ningun
´ cheque de
reembolso al que usted tenga derecho a recibir
ni comprometerle a pagar ninguna obligacion
´
contributiva adicional, ni de otra manera
representarle a usted ante el IRS. Si quiere
extender la autorizacion
´ del tercero autorizado,
vea la Pub. 947, Practice Before the IRS and
Power of Attorney (Ejercicio ante el IRS y
poder legal), en ingles.
´
La autorizacion
´ terminara´ automaticamente
´
a mas
´ tardar en la fecha de vencimiento
(excluyendo prorrogas)
´
para radicar la planilla
de contribucion
´ para el ano
˜ 2008. Esta fecha
sera´ el 15 de abril de 2009 para la mayor´ıa de
los contribuyentes. Si desea revocar la
autorizacion
´ antes de que termine, vea la Pub.
947.

escriba su nombre y numero
´
de seguro social
(conocido por sus siglas en ingles,
´ SSN) y los
de su conyuge,
´
si radica una planilla conjunta,
en los espacios provistos en esta planilla, tal
como aparecen exactamente en su tarjeta de
seguro social. Si no tiene un SSN, obtenga el
Formulario SS-5-SP, Solicitud para una Tarjeta
de Seguro Social, en espanol,
˜ en toda oficina
de distrito de la SSA que sirva al area
´
donde
usted reside.

Firma y Fecha

Debera´ pagar la contribucion
´ sobre el trabajo
por cuenta propia si obtuvo ingresos netos
trabajando por su cuenta de $400 o mas.
´ Si es
dueno
˜ de su propio negocio o si es agricultor,
entonces trabaja por cuenta propia.
Debera´ tambien
´ pagar la contribucion
´ sobre
el ingreso por cuenta propia por su
participacion
´ en ciertos ingresos de una
sociedad colectiva y los pagos garantizados
que reciba de la misma. Vea Ganancia o
Perdida
´
de una Sociedad Colectiva, en la
pagina
´
6.

Firme y feche la planilla. Su planilla no se
considerara´ radicada (valida)
´
si no la firma. Si
radica una planilla conjunta, su conyuge
´
debe
firmarla tambien.
´ Si su conyuge
´
no puede
firmar la planilla, vea el cap´ıtulo 2, Estado
Civil para Efectos de la Declaracion,
´ de la
Pub. 579(SP), Como
´
Preparar la Declaracion
´
de Impuesto Federal, en espanol.
˜
Por lo general, toda persona a la que usted
le pague para preparar su planilla debera´
firmar la declaracion
´ en el espacio provisto. El
preparador de la planilla debera´ proveerle una
copia para sus records.
´
La persona que le
prepare la planilla gratuitamente no debera´
firmarla.
Si un tercero le prepara la planilla, usted
aun
´ es responsable de la exactitud de los
datos contenidos.

Numero
´
de Telefono
´
Durante
el D´ıa
El dar su numero
´
de telefono
´
donde podamos
llamarlo durante el d´ıa puede acelerar el
procesamiento de su planilla de contribucion.
´
Si tenemos cualquier duda sobre alguna
partida o cantidad reportada en su planilla y
usted puede contestar nuestras preguntas por
telefono,
´
podemos seguir procesando su
planilla sin tener que enviarle una carta. Si
radica una planilla conjunta, puede anotar el
numero
´
de telefono
´
diurno de usted o el de su
conyuge.
´

Como
´
Obtener Formularios y
Publicaciones
Por Internet
Puede comunicarse con el IRS por Internet las
24 horas del d´ıa y los 7 d´ıas de la semana en
la pagina
´
web del IRS www.irs.gov/espanol
para bajar (descargar) los formularios,
instrucciones y publicaciones disponibles.

Por Telefono
´
Si es residente de las posesiones de los
EE.UU. (incluyendo Puerto Rico), puede pedir
formularios y publicaciones llamando al
1-800-TAX-FORM (1-800-829-3676).

Por Correo
Si desea solicitar formularios y publicaciones
por correo, env´ıe su solicitud al:
National Distribution Center
P.O. Box 8903
Bloomington, IL 61702-8903

En Persona
Puede obtener formularios y publicaciones en
persona visitando nuestra oficina en el 7
Tabonuco Street, Suite 120, San Patricio
Office Center, Guaynabo, PR 00966.

Nombre y SSN
Para asegurar que sus pagos se acrediten
correctamente a su cuenta de seguro social,

-2-

¿Quien
´ Debera´ Pagar la
Contribucion
´ sobre el
Trabajo por Cuenta Propia?
Personas que Trabajan por Cuenta
Propia

Empleados de una Iglesia
Si recibio´ ingreso como empleado de una
iglesia de $108.28 o mas,
´ debera´ pagar la
contribucion
´ federal sobre el trabajo por cuenta
propia sobre ese ingreso. El ingreso como
empleado de una iglesia comprende los
salarios que usted recibe como empleado (que
no sea un ministro o miembro de una orden
religiosa) de una iglesia o de una organizacion
´
calificada controlada por una iglesia que tiene
en vigor una certificacion
´ en la cual elige
exencion
´ de las contribuciones al seguro social
y al seguro Medicare, correspondientes al
patrono.
Si su unico
´
ingreso sujeto a la contribucion
´
sobre el ingreso del trabajo por cuenta propia
es ingreso recibido como empleado de una
iglesia, haga caso omiso de las l´ıneas 1 a la
4b en la Parte V. Anote cero en la l´ınea 4c y
pase a la l´ınea 5a.

Ministros o Miembros de una
Orden Religiosa
En la mayor´ıa de los casos, debera´ pagar la
contribucion
´ sobre el trabajo por cuenta propia
sobre sueldos, salarios y otros ingresos que
reciba como ministro, miembro de una orden
religiosa que no haya hecho votos de pobreza
o practicante de la Ciencia Cristiana. Sin
embargo, si radico´ el Formulario 4361,
Application for Exemption From
Self-Employment Tax for Use by Ministers,
Members of Religious Orders and Christian
Science Practitioners (Solicitud de exencion
´ de
la contribucion
´ sobre el trabajo por cuenta
propia para ministros, miembros de ordenes
´
religiosas y practicantes de la Ciencia
Cristiana), en ingles,
´ y por consiguiente,
obtuvo del IRS la aprobacion,
´ usted estara´
exento de pagar la contribucion
´ sobre el
trabajo por cuenta propia sobre dichos
ingresos netos. Si no tuvo otro ingreso sujeto a
la contribucion
´ sobre el ingreso del trabajo por
cuenta propia, entonces no se le requiere que
radique el Formulario 1040-PR. Sin embargo,
si tuvo otros ingresos de $400 o mas
´ sujetos a
la contribucion
´ federal sobre el trabajo por
cuenta propia, vea la l´ınea A de la Parte V.
Si debe pagar la contribucion
´ federal sobre
el trabajo por cuenta propia, incluya ese
ingreso en la l´ınea 1 de la Parte IV. Sin
embargo, no lo declare en la l´ınea 5a de la
Parte V; no se considera ingreso recibido
como empleado de una iglesia.
Incluya tambien
´ en la l´ınea 1 de la Parte IV:

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Instrucciones para el Formulario 1040-PR

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• El valor de alquiler de una vivienda provista

a usted o un estipendio para costear los gastos
de la misma (incluyendo todo estipendio
provisto a usted para pagar los servicios
publicos)
´
y
• El valor de comidas y vivienda provistas a
usted, a su conyuge
´
y a sus dependientes para
la conveniencia de su patrono.
Sin embargo, no incluya en la l´ınea 1 de la
Parte IV:
• Los beneficios de retiro que empiece a
recibir de su plan de retiro de la iglesia al
retirarse de la misma o
• El valor de alquiler de una vivienda o un
estipendio para costear los gastos de la misma
(incluyendo todo estipendio por los servicios
publicos)
´
al retirarse de la iglesia.
Si es ministro debidamente ordenado,
miembro de una orden religiosa que no ha
hecho el voto de pobreza o practicante de la
Ciencia Cristiana que es empleado asalariado
de una iglesia (congregacion)
´ y debe pagar la
contribucion
´ sobre el trabajo por cuenta propia,
no incluya ese ingreso en la Parte IV del
Formulario 1040-PR. En vez de hacer esto,
llene la Parte V, incluyendo este ingreso en la
l´ınea 2 mas
´ todo estipendio para alquiler (casa
parroquial) o el valor de comidas y alojamiento
(vivienda) provistos a usted. En la misma l´ınea
reste la cantidad permitida de todo gasto de
negocio no reembolsado en el que haya
incurrido en su capacidad de empleado de la
iglesia.
Para mas
´ detalles, vea la Pub. 517, Social
Security and Other Information for Members of
the Clergy and Religious Workers (Seguro
social y otra informacion
´ para miembros del
clero y trabajadores religiosos), en ingles.
´
Si alguna vez radico´ el Formulario 2031
para elegir hacer aportaciones al
´
PRECAUCION
seguro social de acuerdo a los ingresos
recibidos en su capacidad de ministro, no
podra´ revocar su eleccion.
´

!

Miembros de Ciertas Sectas
Religiosas
Si se opone al seguro social por motivos de
conciencia basados en su participacion
´ y
creencia en la ensenanza
˜
de una secta
religiosa reconocida como existente
continuamente desde el 31 de diciembre de
1950, y dicha secta ha provisto un nivel de
vida razonable para sus miembros
dependientes, puede usar el Formulario 4029,
Application for Exemption From Social Security
and Medicare Taxes and Waiver of Benefits
(Solicitud de exencion
´ de las contribuciones
del seguro social y Medicare y renuncia a los
beneficios), en ingles,
´ para solicitar exencion
´
de la contribucion
´ sobre el trabajo por cuenta
propia. Si radico´ el Formulario 4029 y recibio´ la
aprobacion
´ del IRS, no radique el Formulario
1040-PR. Vea la Pub. 517, para mas
´
informacion.
´

Empleados de Gobiernos
Extranjeros u Organizaciones
Internacionales
Debera´ pagar la contribucion
´ federal sobre el
trabajo por cuenta propia por ingresos
obtenidos como ciudadano estadounidense o
residente de Puerto Rico empleado por un
gobierno extranjero (o, en ciertos casos, por
una agencia de la cual un gobierno extranjero
es propietario total, o de una organizacion
´
internacional establecida de acuerdo con la
International Organizations Immunities Act
(Ley de Inmunidades de Organizaciones
Internacionales)) por servicios prestados en los
Estados Unidos, Puerto Rico, Guam, la Samoa
Estadounidense, las Islas V´ırgenes de los
EE.UU. o el Estado Asociado de las Islas
Marianas del Norte. Declare el ingreso de este
tipo de empleo en la l´ınea 1 de la Parte IV.
Anote la cantidad neta de la l´ınea 27 de la
Parte IV en la l´ınea 2 de la Parte V. Si presto´

servicios en otro lugar como empleado de un
gobierno extranjero o de una organizacion
´
internacional, sus ingresos derivados de ese
empleo estan
´ exentos de la contribucion
´ sobre
el trabajo por cuenta propia.

Residentes de Puerto Rico que
Viven en el Extranjero
Si es residente de Puerto Rico y vive en el
extranjero, en la mayor´ıa de los casos, tendra´
que pagar la contribucion
´ sobre el trabajo por
cuenta propia.
Excepcion:
´
Los EE.UU. tiene acuerdos del
seguro social con muchos pa´ıses a fin de
eliminar la doble imposicion
´ de la contribucion
´
al seguro social de acuerdo a dos sistemas del
seguro social en vigor simultaneamente.
´
Conforme a dichos acuerdos, debera,
´ por regla
general, pagar las contribuciones al seguro
social y al seguro Medicare unicamente
´
al pa´ıs
en el cual usted reside.
Los EE.UU. tiene acuerdos del seguro
social actualmente con los siguientes pa´ıses:
Australia, Austria, Belgica,
´
Canada,
´ Chile,
Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Irlanda,
Italia, Japon,
´ Luxemburgo, Holanda, Noruega,
Portugal, Corea del Sur, Espana,
˜ Suecia,
Suiza y el Reino Unido. Se anticipan unos
acuerdos adicionales en el futuro.
Si tiene alguna duda sobre los acuerdos
internacionales sobre el seguro social, puede:
1. Visitar el sitio de la SSA en Internet
www.socialsecurity.gov/international;
2. Llamar a la Oficina de Programas
Internacionales de la SSA al:
a. 410-965-0144 (habra´ un cargo por esta
llamada) para dudas sobre los beneficios
recibidos bajo los acuerdos o al
b. 410-965-3549 (habra´ un cargo por esta
llamada) para aclarar sus dudas sobre lo que
cubren los acuerdos o
3. Escribir a Social Security Administration,
Office of International Programs, P.O. Box
17741, Baltimore, MD 21235-7741. (No env´ıe
el Formulario 1040-PR a esta direccion.
´ En vez
de hacer eso, vea Donde
´
Debera´ Radicarse,
en la pagina
´
1).
Aunque no tenga que pagar la contribucion
´
sobre el trabajo por cuenta propia debido a
uno de los acuerdos mencionados
anteriormente, quizas
´ deba radicar una planilla
de contribucion
´ ante el IRS.

Casos Judiciales de Quiebra
Segun
´ el Cap´ıtulo 11
Mientras que usted sea deudor en un caso
judicial de quiebra segun
´ lo estipulado en el
Cap´ıtulo 11, su ganancia o perdida
´
neta del
trabajo por cuenta propia se incluira´ en la
planilla de contribucion
´ sobre los ingresos (el
Formulario 1041, en ingles)
´ radicada por el
caudal de bienes que quede despues
´ de la
quiebra. No obstante esto, usted — y no el
caudal de bienes en quiebra — es
responsable de pagar la contribucion
´ sobre el
ingreso de su ganancia neta del trabajo por
cuenta propia.
Escriba “Ingreso por quiebra de acuerdo
con el Cap´ıtulo 11” en la l´ınea de puntos a la
izquierda de la l´ınea 3 de la Parte V del
Formulario 1040-PR y anote tambien
´ la
cantidad de su ganancia o (perdida)
´
neta.
Combine dicha cantidad con el total de las
l´ıneas 1 y 2 (si hay alguno) y anote el resultado
en la l´ınea 3.
Para informarse sobre los otros requisitos
de reportacion,
´ vea la pagina
´
18 de las
instrucciones para el Formulario 1040, en
ingles.
´

Mas
´ de un Negocio u
Ocupacion
´
Si era agricultor y ten´ıa por lo menos algun
´
otro negocio u ocupacion
´ o si ten´ıa por lo

-3-

menos dos negocios u ocupaciones no
agropecuarios, su ingreso neto del trabajo por
cuenta propia se obtiene combinando todas las
ganancias netas de todos sus negocios u
ocupaciones. Si sufrio´ una perdida
´
en la
operacion
´ de uno de sus negocios, dicha
perdida
´
reducira´ la ganancia de otro. Llene y
radique un solo Formulario 1040-PR para cada
ano
˜ en cuestion.
´ Adjunte a la planilla una Parte
III o Parte IV por separado por cada negocio u
ocupacion
´ e incluya la ganancia neta en la
Parte V.
Planillas conjuntas. Si tanto usted como su
conyuge
´
tienen ingreso del trabajo por cuenta
propia de un negocio agropecuario o no
agropecuario, cada uno de ustedes debe
completar y radicar una Parte III o Parte IV por
separado. Asegurese
´
de anotar en la parte
superior de cada Parte III o Parte IV el nombre
y numero
´
de seguro social del conyuge
´
que es
propietario del negocio. Cada uno de ustedes
tambien
´ tiene que llenar una Parte V por
separado.

Negocio que Pertenece a un
Matrimonio
Si usted y su conyuge
´
son duenos
˜ de un
negocio agropecuario o uno que es no
agropecuario, lo operan conjuntamente y
comparten las ganancias y perdidas,
´
ustedes
son socios en una sociedad colectiva, sin
importar si tienen o no un acuerdo formal de
sociedad. No use la Parte III ni la Parte IV. En
su lugar, radique el Formulario 1065, U.S.
Return of Partnership Income (Planilla
estadounidense para los ingresos de una
sociedad colectiva), en ingles.
´ Vea la Pub.
541, Partnerships (Sociedades colectivas), en
ingles,
´ para saber mas
´ detalles.
Excepcion
´ — Empresa conjunta calificada.
Si usted y su conyuge
´
participan de manera
considerable (vea el tema titulado Material
participation (Participacion
´ considerable), que
comienza en la pagina
´
C-2 de las
Instrucciones del Anexo C, en ingles)
´ como los
unicos
´
socios o miembros de un negocio
tenido y operado conjuntamente y radican un
Formulario 1040-PR conjuntamente, pueden
elegir conjuntamente que se les grave
contribucion
´ como si fueran una empresa
conjunta calificada en vez de sociedad
colectiva. Para hacer tal eleccion,
´ debe dividir
todos los ingresos, ganancias, perdidas,
´
deducciones y credito
´
entre usted y su
conyuge
´
de acuerdo a sus participaciones
respectivas en la empresa (negocio). Cada
uno de ustedes debe radicar una Parte III o
Parte IV mas
´ una Parte V por separado. En
cada l´ınea de su Parte III o Parte IV por
separado, debera´ anotar su parte de los
ingresos, deducciones o perdidas
´
aplicables.
Excepcion
´ — Ingreso de la comunidad de
bienes gananciales. Si usted y su conyuge
´
son duenos
˜ absolutos (unicos)
´
de un negocio
no incorporado tenido como bien comunitario
bajo las leyes de la comunidad de bienes
gananciales de un estado, pa´ıs extranjero,
posesion
´ o territorio de los EE.UU., puede
tratar el negocio como si fuera negocio de un
solo dueno
˜ (del conyuge
´
que lleva (opera) el
negocio) o como sociedad colectiva. Un
cambio hecho a su postura para efectos de la
radicacion
´ sera´ tratado como una conversion
´
de la entidad.

Los que Radican a Base de
un Ano
˜ Fiscal
Si su ano
˜ contributivo es un ano
˜ fiscal, use la
tasa de contribucion
´ y la base nominal que
correspondan al comienzo de su ano
˜ fiscal. No
prorratee ni la contribucion
´ ni la base nominal
de un ano
˜ fiscal en el cual caiga la fecha en
que ocurra un cambio a su base nominal o a la
tasa de contribucion.
´

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Instrucciones para el Formulario 1040-PR

15:07 - 31-DEC-2007

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Instrucciones
Espec´ıficas
Parte I—Contribucion
´ y
creditos
´
totales
L´ınea 1
Marque el estado civil que le corresponda:
Soltero. Su estado civil es el de soltero si:
1. En el ultimo
´
d´ıa del ano,
˜ no esta´ casado
o esta´ legalmente separado de su conyuge
´
de
acuerdo con una sentencia de divorcio o de
manutencion
´ por separacion
´ judicial o
2. Usted satisface todas las cinco
condiciones a continuacion:
´
a. No vivio´ con su conyuge
´
durante los 6
ultimos
´
meses de 2007. Las ausencias de
caracter
´
temporal debidas a ciertas
circunstancias, tales como las que ocurran por
motivos comerciales, medicos,
´
educativos o de
servicio militar, se consideran parte del tiempo
que usted vivio´ en su hogar.
b. Radica una planilla por separado de su
conyuge.
´
c. Pago´ mas
´ de la mitad del costo de
mantener su hogar durante 2007.
d. Su hogar fue la residencia principal de
su hijo, hijo adoptivo, hijastro o hijo de crianza
durante mas
´ de la mitad de 2007.
e. Usted o el otro padre podr´ıa reclamar
una exencion
´ de dependencia por este hijo de
acuerdo con las reglas para los hijos de padres
divorciados o separados (vea la Pub.
579(SP)).
Casado que radica una planilla conjunta.
Puede escoger este estado civil si usted y su
conyuge
´
estaban legalmente casados al
finalizar el ano
˜ y los dos deciden radicar una
planilla conjunta. Si eligen radicar
conjuntamente, marque el encasillado para los
casados que radican conjuntamente y
asegurese
´
de anotar el nombre y numero
´
del
seguro social de su conyuge
´
en las l´ıneas que
aparecen debajo de las l´ıneas para el nombre
y SSN de usted. Si su conyuge
´
tambien
´ recibio´
ingreso del trabajo por cuenta propia, debera´
llenar y anexar una Parte V por separado y, si
le corresponde, la Parte VI. Si es necesario,
incluya una Parte III o Parte IV por separado
correspondiente al negocio agropecuario o no
agropecuario de su conyuge.
´
Obligacion
´ contributiva mancomunada y
solidaria. Si radican una planilla conjunta,
tanto usted como su conyuge,
´
por regla
general, tienen la obligacion
´ de pagar toda
contribucion,
´ multas, penalidades o intereses
que adeuden al llenar la planilla. Esto significa
que, si uno de los conyuges
´
no paga la
obligacion
´ adeudada (saldo pendiente de
pago), el otro puede ser responsable de
pagarla en su totalidad.
Casado que radica por separado. Usted
puede escoger este estado civil si estaba
casado al finalizar el ano.
˜ Dicho estado civil
puede serle beneficioso si desea ser
responsable unicamente
´
de su propia
contribucion.
´

L´ınea 4
Si cualquiera de las dos condiciones siguientes
le corresponde, vea el Anexo H-PR
(Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el
Empleo de Empleados Domesticos,
´
y sus
instrucciones por separado, ambos en
espanol,
˜ para determinar si debe pagar dichas
contribuciones:
• Pago´ a cualquiera de sus empleados
domesticos
´
salarios en efectivo de $1,500 o
mas
´ en 2007.
• Pago´ $1,000 o mas
´ en total por concepto de
salarios en efectivo durante cualquier trimestre

calendario (natural) de 2006 o´ 2007 a sus
empleados domesticos.
´

L´ınea 5
Contribucion
´ al seguro social y
contribucion
´ Medicare sobre las propinas
recibidas por el empleado y que no fueron
declaradas al patrono. Llene el Formulario
4137, Social Security and Medicare Tax on
Unreported Tip Income (Impuesto del seguro
social y Medicare sobre el ingreso de propinas
no declarado), en ingles,
´ si usted recibio´ $20 o
mas
´ en propinas, en efectivo o cargadas a la
cuenta de los clientes, durante algun
´ mes y no
se las declaro´ todas a su patrono. En la l´ınea
de puntos junto a la l´ınea 5, escriba “Tax on
tips” (Impuesto sobre propinas) y la cantidad
de contribucion
´ adeudada (obtenida de la l´ınea
13 del Formulario 4137). Asegurese
´
de incluir
la cantidad debida en el total de la l´ınea 5.
Adjunte el Formulario 4137 al Formulario
1040-PR.
Contribucion
´ al seguro social y
contribucion
´ Medicare sobre las propinas
que no han sido recaudadas. Si no tuvo
suficientes salarios para que le retuvieran la
contribucion
´ al seguro social y la contribucion
´
Medicare que se deben imponer sobre las
propinas que haya declarado a su patrono, la
cantidad de la contribucion
´ adeudada tiene
que anotarse en los encasillados 22 y 23 de su
Formulario 499R-2/W-2PR (o identificarse
mediante los codigos
´
A y B en el encasillado
12 de su Formulario W-2). Incluya esta
contribucion
´ en el total declarado en la l´ınea 5.
Al anotar la cantidad de esta contribucion,
´
escriba “Uncollected tax” (Impuesto no
recaudado) en la l´ınea de puntos junto a la
l´ınea 5.
Contribucion
´ al seguro social y
contribucion
´ Medicare sobre los seguros
de vida colectivos a termino.
´
Si obtuvo un
seguro de vida colectivo a termino
´
de su
antiguo patrono, quizas
´ tenga que pagar la
contribucion
´ al seguro social y la contribucion
´
Medicare sobre una porcion
´ del costo del
seguro de vida. La cantidad de la contribucion
´
adeudada tiene que anotarse en su Formulario
499R-2/W-2PR (o identificarse mediante los
codigos
´
M y N en el encasillado 12 de su
Formulario W-2). Incluya esta contribucion
´ en
el total declarado en la l´ınea 5. Al anotar la
cantidad de esta contribucion,
´ escriba
“Uncollected tax” (Impuesto no recaudado) en
la l´ınea de puntos junto a la l´ınea 5.
Contribucion
´ al seguro social y
contribucion
´ Medicare sobre los salarios
que no han sido recaudadas
correspondientes al empleado. Si era un
empleado que recibio´ salarios o sueldos de un
patrono que no retuvo la contribucion
´ al seguro
social y la contribucion
´ Medicare de dichos
salarios o sueldos, complete el Formulario
8919, Uncollected Social Security and
Medicare Tax on Wages (Contribuciones al
seguro social y al Medicare no recaudadas),
en ingles,
´ para computar su parte de las
contribuciones no declaradas. Anote la
cantidad de contribucion
´ adeudada
(proveniente de la l´ınea 13 del Formulario
8919) y escriba “Uncollected Tax” en la l´ınea
de puntos junto a la l´ınea 5 e incluya esta
contribucion
´ en el total para la l´ınea 5. Adjunte
el Formulario 8919 que ha sido llenado al
Formulario 1040-PR.

L´ınea 6
Anote aqu´ı todo pago de la contribucion
´
estimada que usted haya hecho para 2007,
incluyendo toda cantidad pagada de mas
´ que
aplico´ a su contribucion
´ estimada para 2007 al
radicar su planilla de 2006. Si usted o su
conyuge
´
pagaron la contribucion
´ estimada por
separado pero deciden radicar una planilla
conjunta, sume las cantidades que pagaron los
dos y anote el total en la l´ınea 6. Si usted y su
conyuge
´
pagaron la contribucion
´ estimada

-4-

conjuntamente pero ahora deciden radicar por
separado, pueden dividir la cantidad pagada
como quieran siempre que ambos esten
´ de
acuerdo y declararla en sus planillas
respectivas. Si no pueden ponerse de acuerdo
en como
´
dividir los pagos, deberan
´ dividirlos
en proporcion
´ a la contribucion
´ realmente
pagada por cada conyuge
´
tal como se indica
en su planilla separada de 2007. Para un
ejemplo de como
´
se hace esto, vea el cap´ıtulo
3 de la Pub. 505, Tax Withholding and
Estimated Tax (Impuesto retenido e impuesto
estimado), en ingles.
´

L´ınea 7
Si usted (o su conyuge,
´
si radican una planilla
conjunta) ten´ıa mas
´ de un patrono durante
2007 y el total de las remuneraciones recibidas
es mas
´ de $97,500, se le pudo haber retenido
demasiada contribucion
´ al seguro social.
Puede reclamar como credito
´
en la l´ınea 7 la
cantidad retenida que exceda de $6,045. Sin
embargo, si solamente un patrono le retuvo
mas
´ de $6,045, debera´ pedirle al patrono que
le reembolse a usted la cantidad del
excedente. No podra´ reclamarla en su
Formulario 1040-PR. Hay que computar la
cantidad del excedente por separado si esta
situacion
´ les corresponde a ambos conyuges.
´
Debe incluir el(los) Formulario(s)
499R-2/W-2PR pertinente(s). Vea el cap´ıtulo 3
de la Pub. 505, en ingles,
´ para mayor
informacion.
´

L´ınea 9
Si durante 2007 fue residente bona fide de
Puerto Rico y fue beneficiario calificado que
recibio´ ayuda para ajustes comerciales
(conocida por sus siglas en ingles,
´ TAA),
ayuda alternativa para ajustes comerciales, o
una pension
´ provista por la Corporacion
´ de
Garant´ıa de Beneficios de Pension
´ (conocida
por sus siglas en ingles,
´ PBGC), vea el
Formulario 8885, Health Coverage Tax Credit
(Credito
´
tributario por cobertura de seguro de
salud), en ingles,
´ para calcular la cantidad de
su credito,
´
si hay alguna.
Vea el cap´ıtulo 1 de la Pub. 570 para saber
las nuevas reglas sobre como
´
se determina
quien
´ es residente bona fide.

L´ıneas 12a a 12d
Complete las l´ıneas 12b a 12d si usted desea
que le depositemos la cantidad declarada en la
l´ınea 12a directamente en su cuenta corriente
o de ahorros en un banco u otra institucion
´
financiera de los EE.UU. (tal como un fondo
mutuo, empresa de corretaje o cooperativa de
credito).
´
De otra manera, le enviaremos un
cheque por la cantidad del reembolso.
Nota: Si no desea que se deposite su
reembolso directamente en su cuenta, no
marque el encasillado de la l´ınea 12a. Tache
con un bol´ıgrafo o lapiz
´
los encasillados de las
l´ıneas 12b y 12d.
Consulte a su institucion
´ financiera
para asegurarse de que esta
´
aceptara´
´
PRECAUCION
su deposito
´
directo y para obtener los
numeros
´
de cuenta y de circulacion
´ correctos.
El IRS no sera´ responsable de un reembolso
extraviado si provee incorrectamente la
informacion
´ sobre su cuenta.

!

Si radica una planilla conjunta, marca el
encasillado de la l´ınea 12a y adjunta el
Formulario 8888, Direct Deposit of Refund to
More Than One Account (Deposito
´
directo del
reembolso en mas
´ de una cuenta), en ingles,
´ o
llena las l´ıneas 12b a la 12d, su conyuge
´
quizas
´ pueda recibir por lo menos parte de su
reembolso.
Si la cantidad depositada directamente en
su(s) cuenta(s) es distinta a la que esperaba,
recibira´ una explicacion
´ por correo dentro de 2
semanas, mas
´ o menos, a partir de la fecha de
deposito
´
del reembolso.

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Instrucciones para el Formulario 1040-PR

15:07 - 31-DEC-2007

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L´ınea 12a
Si desea dividir el deposito
´
directo de su
reembolso entre dos o tres cuentas, marque el
encasillado de la l´ınea 12a y adjunte el
Formulario 8888, en ingles.
´ Si desea que se
deposite su reembolso en una sola cuenta, no
marque el encasillado de la l´ınea 12a. En vez
de hacer eso, complete las l´ıneas 12b a la
12d.

L´ınea 12b
El numero
´
de circulacion
´ debe constar de
nueve d´ıgitos. Los dos primeros numeros
´
tienen que ser de 01 a 12 o de 21 a 32. De
otra manera, el deposito
´
directo sera´
rechazado y se le emitira´ un cheque en su
lugar.
Su cheque personal puede indicar que el
mismo es pagadero mediante una institucion
´
financiera que es distinta a aquella en que
usted tiene su cuenta corriente. Si es as´ı, no
use el numero
´
de circulacion
´ en dicho cheque.
En vez de hacer eso, comun´ıquese con su
institucion
´ financiera para obtener el numero
´
de circulacion
´ correcto que se debe anotar en
la l´ınea 12b.

L´ınea 12d
El numero
´
de cuenta puede ser de hasta 17
caracteres (tanto cifras como letras). Incluya
guiones, pero omita espacios y s´ımbolos
especiales. Escriba el numero
´
de izquierda a
derecha y deje en blanco todo encasillado que
no necesite llenar. No incluya el numero
´
del
cheque.
Algunas instituciones financieras no
permiten que se deposite un reembolso
´
PRECAUCION
de una planilla conjunta en una cuenta
individual. Si se le niega el deposito
´
directo, se
le emitira´ un cheque en su lugar. El IRS no
sera´ responsable si una institucion
´ financiera
no acepta un deposito
´
directo.

!

tributario adicional por hijos, complete la l´ınea
2 de la Parte I; la Parte II; y tambien
´ la hoja de
computo
´
en la pagina
´
6 de estas instrucciones,
para determinar la cantidad de su credito.
´
Debe tener tres o mas
´ hijos calificados
para poder reclamar el credito
´
tributario
´
PRECAUCION
adicional por hijos.

!

Como
´
Calificar para el Credito
´
Puede reclamar el credito
´
tributario por hijos
en 2007 si las tres condiciones a continuacion
´
le corresponden:
• Usted era residente bona fide de Puerto
Rico (vea la Pub. 570, en ingles).
´
• Se le retuvieron a usted las contribuciones al
seguro social y al Medicare o pago´ la
contribucion
´ sobre el ingreso del trabajo por
cuenta propia.
• Usted tiene tres o mas
´ hijos calificados,
termino
´
que se define mas
´ abajo.
Hijo calificado. Para propositos
´
del credito
´
tributario adicional por hijos, un hijo calificado
es un hijo que:
1. Es su hijo, hijastro, hijo de crianza,
hermano, hermanastro o descendiente de
cualquiera de ellos (por ejemplo, su nieto o su
sobrino). Un hijo de crianza es un nino
˜ puesto
bajo su custodia por una agencia de
adopciones autorizada o por un fallo,
sentencia, decreto u otra orden de un tribunal
con jurisdiccion
´ competente.
2. Ten´ıa menos de 17 anos
˜ de edad al
finalizar el ano
˜ 2007.
3. No suministro´ mas
´ de la mitad de su
propia manutencion
´ durante el 2007.
4. Vivio´ con usted durante mas
´ de la mitad
del ano
˜ 2007. Si el hijo no vivio´ con usted
durante el per´ıodo requerido, vea Exception to
time lived with you (Excepcion
´ a la condicion
´
de cuanto
´
tiempo vivio´ con usted), en las
instrucciones para la l´ınea 6c del Formulario
1040, en ingles.
´

Parte II—Residentes Bona
Fide de Puerto Rico que
Reclaman el Credito
´
Tributario Adicional por
Hijos
Si era residente bona fide de Puerto Rico en
2007 y califica para reclamar el credito
´

-5-

5. Era ciudadano, nacional o extranjero
residente de los EE.UU.
Nota: Un hijo adoptivo siempre es tratado
como si fuera su propio hijo. Un hijo adoptivo
tambien
´ incluye un hijo puesto legalmente a
cargo de usted con el fin de ser legalmente
adoptado. Si usted es ciudadano o nacional de
los EE.UU. y su hijo adoptivo convivio´ con
usted durante todo el ano
˜ como miembro de su
unidad familiar, tal hijo satisface la prueba de
ciudadan´ıa.
Informacion
´ sobre su hijo calificado.
Escriba el nombre, SSN y parentesco con
usted del hijo calificado en la l´ınea 2 de la
Parte I. Si tiene mas
´ de cuatro hijos
calificados, adjunte una declaracion
´ por escrito
al Formulario 1040-PR con todos los detalles
pertinentes.

L´ınea 1
Para efectos del credito
´
tributario adicional por
hijos, tiene que declarar todo ingreso derivado
de fuentes dentro de Puerto Rico que este´
excluido de la contribucion
´ federal sobre el
ingreso por ser residente bona fide de Puerto
Rico. En este ingreso, se incluyen sueldos,
salarios, intereses, dividendos, pensiones y
anualidades sujetas a contribucion
´ y beneficios
del seguro social sujetos a contribucion.
´ Hay
que incluir tambien
´ toda ganancia o (perdida)
´
declarada en la l´ınea 36 de la Parte III y en la
l´ınea 27 de la Parte IV. Para mayor
informacion
´ sobre los tipos de ingresos que se
deben incluir en la l´ınea 1, vea las
instrucciones para el Formulario 1040, en
ingles.
´ Vea la Pub. 570 para leer las reglas
que debe usar al determinar su ingreso de
fuentes puertorriquenas.
˜

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Hoja de Computo
´
para el Credito
´
Tributario Adicional por Hijos — L´ınea 3 de la Parte II

1.

Conserve para su archivo

¿Tiene tres o mas
´ hijos calificados?
䡺 No. No siga. No puede reclamar el credito.
´
䡺 S´ı. Pase a la l´ınea 2.

2.

Numero
´
de hijos calificados: _______× $1,000. Anote el resultado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.

3.

Anote aqu´ı la cantidad que aparece en la l´ınea 1 de la Parte II . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.

4.

Anote aqu´ı la cantidad indicada abajo que corresponde a su estado civil . . . . . . . . . 4.
• Casado que radica una planilla conjunta — $110,000
• Soltero — $75,000
• Casado que radica una planilla por separado — $55,000

5.

¿Es la cantidad que aparece en la l´ınea 3 mayor que la cantidad que aparece en la l´ınea 4?
䡺 No. Deje la l´ınea 5 en blanco. Anote -0- en la l´ınea 6.
䡺 S´ı. Reste la cantidad que aparece en la l´ınea 4 de la cantidad de la l´ınea 3. Si el
resultado no es un multiplo
´
de $1,000, aumentelo
´
al proximo
´
multiplo
´
de $1,000 (por ejemplo, aumente $425 a $1,000, $1,025
a $2,000, etc.) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.

6.

Multiplique la cantidad que aparece en la l´ınea 5 por el 5% (.05) y anote aqu´ı el resultado . . . . . . . . . 6.

7.

¿Es la cantidad que aparece en la l´ınea 2 mayor que la cantidad que aparece en la l´ınea 6?
䡺 No. No siga. No puede reclamar el credito.
´
䡺 S´ı. Reste la cantidad de la l´ınea 6 de la cantidad que aparece en la l´ınea 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.

8.
9.

Anote aqu´ı la mitad de la cantidad que aparece en la l´ınea 12 de la Parte V . . . . . . . 8.
Anote aqu´ı el total de toda(s):
• Cantidad de la l´ınea 2 de la Parte II, mas
´
• Las contribuciones al seguro social y al Medicare sobre las propinas recibidas del

empleado y no declaradas al patrono que se indican en la l´ınea de puntos junto a la
l´ınea 5 de la Parte I, mas
´
• Las contribuciones del empleado al seguro social y al Medicare no retenidas
indicadas en la l´ınea de puntos junto a la l´ınea 5 de la Parte I . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.
10. Sume la cantidad que aparece en la l´ınea 8 y la que aparece en la l´ınea 9 . . . . . . . . 10.
11. Anote aqu´ı la cantidad, si hay alguna, de la l´ınea 7 de la Parte I . . . . . . . . . . . . . . . . 11.
12. ¿Es la cantidad que aparece en la l´ınea 10 mayor que la que aparece en la l´ınea 11?
䡺 No. No siga. No puede reclamar el credito.
´
䡺 S´ı. Reste la cantidad que aparece en la l´ınea 11 de la cantidad que aparece en la l´ınea 10 . . . . . . 12.
13. Credito
´
tributario adicional por hijos. Anote aqu´ı la menor entre la cantidad que aparece en la
l´ınea 7 o la l´ınea 12 y anotela
´
tambien
´ en la l´ınea 3 de la Parte II del
Formulario 1040-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.

Parte III—Ganancia o
Perdida
´
de un Negocio
Agropecuario
El metodo
´
de contabilidad que empleo´ para
llevar los libros de su negocio agropecuario
determinara´ si debe completar la Seccion
´ Ao
la Seccion
´ C de la Parte III.
Metodo
´
de contabilidad a base de efectivo.
Incluya todo el ingreso en el ano
˜ en que
realmente o impl´ıcitamente lo recibio´ y el valor
justo de mercado de todo bien u otra
propiedad que haya recibido. Generalmente,
se deducen los gastos cuando se pagan.
Metodo
´
de contabilidad a base de lo
devengado. Incluya el ingreso en el ano
˜ en
que lo gano.
´ No importa cuando
´
lo haya
recibido. Deduzca los gastos cuando incurra
en ellos.

Parte V—Contribucion
´ sobre
el Ingreso del Trabajo por
Cuenta Propia
Si radica una planilla conjunta y tanto
usted como su conyuge
´
recibieron
´
PRECAUCION
ingresos que estan
´ sujetos a la
contribucion
´ sobre el ingreso del trabajo por
cuenta propia, cada uno de ustedes, ademas,
´
tiene que completar la Parte V por separado.
Esto incluye a los contribuyentes que optaron
conjuntamente para que se les graven
contribuciones como si fueran una empresa
conjunta calificada.

!

Lo que se Incluye en las
Ganancias Netas del Trabajo por
Cuenta Propia
Generalmente, las ganancias netas incluyen
las utilidades netas que obtiene al operar un
negocio tanto agropecuario como no
agropecuario. Si era socio de una sociedad
colectiva, vea las instrucciones siguientes.

-6-

Ganancia o Perdida
´
de una
Sociedad Colectiva
Al computar su ingreso neto total del trabajo
por cuenta propia, debera´ incluir la parte que
recibio´ del ingreso o que le correspondio´ de la
perdida
´
de una sociedad colectiva dedicada a
la operacion
´ de un negocio o comercio, as´ı
como todo pago garantizado que recibio´ por
prestar servicios o por el uso de capital de
dicha sociedad. Sin embargo, si era socio
comanditario, incluya solamente los pagos
garantizados que recibio´ de la sociedad por los
servicios que de hecho haya prestado a la
misma o en su beneficio.
Si era socio general, reduzca las l´ıneas 1 y
2 de la Parte V para reflejar toda deduccion
´
por gastos correspondiente a la seccion
´ 179,
agotamiento de pozos de petroleo
´
o gas y
gastos no reembolsados incurridos por la
sociedad colectiva.
Si su sociedad colectiva se dedicaba
solamente a la operacion
´ de un programa de
inversion
´ colectiva, las ganancias obtenidas de
dicha operacion
´ no son ganancias del trabajo
por cuenta propia ni para el socio general ni
para el socio comanditario.

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Instrucciones para el Formulario 1040-PR

15:07 - 31-DEC-2007

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Si fallecio´ un socio y la sociedad colectiva
continuo,
´ incluya en el ingreso ordinario del
trabajo por cuenta propia la porcion
´ repartible
del ingreso o perdida
´
ordinaria de la sociedad
correspondiente al difunto hasta el fin del mes
en que este
´
fallecio.
´ Vea la seccion
´ 1402(f).
Si estaba casado y tanto usted como su
conyuge
´
eran socios en una sociedad
colectiva, cada uno de ustedes tiene que pagar
por separado la contribucion
´ sobre el ingreso
del trabajo por cuenta propia sobre la porcion
´
del ingreso de la sociedad que le corresponda.
Si radican una planilla conjunta, cada conyuge
´
debe completar la Parte V de esta planilla por
separado. De lo contrario, cada conyuge
´
debe
radicar un Formulario 1040-PR por separado.

Aparceros
Se considera que usted trabaja por cuenta
propia si produjo cosechas o crio´ animales en
tierra ajena a cambio de una porcion
´ de dichas
cosechas o animales (o de una porcion
´ del
producto de su venta). Esto le corresponde
aun si usted le paga a un tercero (o agente)
para que le haga el trabajo por usted o que se
lo administre. Para mas
´ detalles, vea la Pub.
225, en ingles.
´

Otros Ingresos y Perdidas
´
que se
Incluyen en el Ingreso Neto del
Trabajo por Cuenta Propia
1. Ingresos de alquiler de una finca si,
como arrendador, participo´ significativamente
en la produccion
´ o administracion
´ de la
produccion
´ de los productos de la finca. Este
ingreso es ingreso agr´ıcola. Para determinar si
participo´ significativamente en la produccion
´ o
administracion
´ agr´ıcola de la finca, no
considere el trabajo realizado por un agente o
representante suyo. Los requisitos de
participacion
´ significativa se explican en la
Pub. 225, en ingles.
´
2. Ingresos en efectivo o en especie del
Departamento de Agricultura por haber
participado en un programa de desviaciones
de terreno.
3. Ingresos recibidos por el uso de
habitaciones u otro espacio cuando usted
tambien
´ presta servicios substanciales (por
ejemplo, habitaciones en un hotel, casa de
huespedes,
´
albergue o residencia tur´ısticos,
espacios de estacionamiento, almacenes y
garajes).
4. Ingresos recibidos de la venta al por
menor de periodicos
´
o revistas, si es que usted
tiene 18 anos
˜ de edad o mas
´ y se queda con
las ganancias procedentes de las ventas.
5. Ingresos que reciba como vendedor
directo. Las personas que repartan periodicos
´
a domicilio o los distribuidores de cualquier
edad son vendedores directos si ciertas
condiciones les corresponden. Vea el cap´ıtulo
5 de la Pub. 334, en ingles,
´ para saber
detalles.
6. Ingresos recibidos por usted como
agente o vendedor de seguros que trabaja por
cuenta propia actualmente o en anos
˜
anteriores que sean:
a. Pagados despues
´ de su retiro, pero que
se han computado basandose
´
en un
porcentaje de las comisiones recibidas de la
empresa pagadora antes de su retiro;
b. Comisiones de renovacion;
´ o
c. Comisiones diferidas que le pagaron
despues
´ de su retiro por ventas que hab´ıa
hecho antes de su retiro.
No obstante, no se incluyen en las
ganancias netas del trabajo por cuenta propia
ciertos pagos que reciban los ex vendedores
de seguros como indemnizacion
´ por cese de
empleo (tal como se explica bajo el punto 9 en
Ingresos y Perdidas
´
que no se Incluyen en
el Ingreso Neto del Trabajo por Cuenta
Propia, en esta pagina).
´
7. Ingreso de ciertos tripulantes de barcos
pesqueros cuyas tripulaciones normalmente
consisten en menos de 10 tripulantes. Vea la
Pub. 334, en ingles,
´ para detalles.

8. Honorarios que reciba por servicios
prestados como empleado de un gobierno
estatal o local siempre que la compensacion
´
que reciba sea unicamente
´
a base de
honorarios y que la posicion
´ que desempene
˜
no este´ amparada por los beneficios del
seguro social mediante un acuerdo entre el
gobierno federal y el gobierno estatal.
9. Interes
´ recibido en el curso de algun
´
negocio u ocupacion,
´ tal como el interes
´
relacionado con un pagare´ o cuenta a cobrar.
10. Honorarios y otros pagos recibidos por
usted como director de una corporacion
´ por
servicios prestados en tal capacidad.
11. Cantidades recuperadas de acuerdo a
las secciones 179 y 280F incluidas en el
ingreso bruto porque el uso comercial de la
propiedad usada en su negocio u ocupacion
´
bajo´ al 50% o menos. No incluya cantidades
recuperadas al enajenar propiedades. Vea el
Formulario 4797, Sales of Business Property
(Ventas de bienes comerciales), en ingles.
´
12. Honorarios recibidos como fiduciario
profesional. Ademas,
´ pueden incluirse en esta
categor´ıa los honorarios pagados a usted
como fiduciario no profesional si los honorarios
estan
´ relacionados con la participacion
´ activa
en la operacion
´ del negocio de un caudal
hereditario (relicto), o la administracion
´ de un
caudal hereditario requer´ıa actividades
administrativas extensas durante un per´ıodo
largo de tiempo.
13. Ganancia o perdida
´
resultante de
negociar contratos definidos en la seccion
´
1256, o propiedad similar, en la que haya
incurrido un negociante de opciones o art´ıculos
de comercio en el desempeno
˜ normal del
negocio de tales contratos.

Ingresos y Perdidas
´
que no se
Incluyen en el Ingreso Neto del
Trabajo por Cuenta Propia
1. Salarios, honorarios, etc., sujetos a la
contribucion
´ al seguro social o al Medicare que
recibio´ prestando servicios como empleado,
incluyendo servicios prestados como
funcionario publico
´
(excepto cuando la
remuneracion
´ pagada a un funcionario publico
´
es a base de honorarios, segun
´ se explica en
el punto 8 bajo Otros Ingresos y Perdidas
´
que se Incluyen en el Ingreso Neto del
Trabajo por Cuenta Propia, anteriormente).
2. Honorarios recibidos por servicios
prestados como notario publico.
´
Si recibio´
otras remuneraciones de $400 o mas
´ que
esten
´ sujetas a la contribucion
´ sobre el ingreso
del trabajo por cuenta propia, escriba en la
l´ınea de puntos a la izquierda de la l´ınea 3 de
la Parte V “Exempt – Notary” (Exento – Notario)
y la cantidad de la ganancia neta de su trabajo
como notario publico
´
obtenida de la l´ınea 2.
Reste esa cantidad del total de la l´ınea 1 y la
l´ınea 2 y anote el resultado en la l´ınea 3.
3. Ingresos que recibio´ en su capacidad de
socio retirado periodicamente
´
de un plan de
retiro vitalicio establecido por escrito por la
sociedad colectiva, si no tiene otra
participacion
´ en dicha sociedad y, ademas,
´ no
le presto´ sus servicios a la sociedad en ningun
´
momento del ano.
˜
4. Ingreso recibido del alquiler de bienes
ra´ıces si no recibio´ el ingreso en el curso de
ejercer su profesion
´ de agente de bienes
ra´ıces.
5. Ingresos recibidos del alquiler de
propiedades agr´ıcolas (incluyendo alquileres
pagados en forma de lotes (o porciones de
lotes) de cultivos) si usted, como arrendador,
no participo´ substancialmente en la produccion
´
o direccion
´ de los productos agr´ıcolas
obtenidos de la tierra. Vea la Pub. 225 para
mas
´ detalles.
6. Dividendos de acciones e interes
´ sobre
bonos, notas, etc., si no recibio´ el ingreso en el
curso de ejercer su profesion
´ de vendedor o
agente de valores.
7. Ganancia o perdida
´
resultante de:

-7-

a. La venta o permuta de un bien de
capital;
b. Ciertas transacciones de madera,
carbon
´ o mineral de hierro nacional; o
c. La venta, permuta, conversion
´
involuntaria u otra enajenacion
´ de bienes, a no
ser que estos
´
sean valores o mercanc´ıas
incluibles en el inventario de un negocio
tenidos principalmente para la venta a clientes
en el curso normal de las operaciones de un
negocio.
8. Las perdidas
´
netas de operacion
´
sufridas en otros anos.
˜
9. Pagos por cese de empleo recibidos
como ex vendedor de seguros si se satisfacen
todas las condiciones siguientes:
a. Usted recibio´ el pago de una compan´
˜ ıa
de seguros por servicios prestados como
vendedor de seguros para tal compan´
˜ ıa.
b. Usted recibio´ el pago despues
´ de la
terminacion
´ del acuerdo contractual para
prestar servicios para tal compan´
˜ ıa.
c. Usted no presto´ ningun
´ servicio para la
compan´
˜ ıa despues
´ de la terminacion
´ y antes
del final del ano
˜ en que se recibio´ tal pago.
d. Se celebro´ un acuerdo para no competir
con la compan´
˜ ıa durante un per´ıodo de al
menos un ano
˜ que comenzo´ a partir de la
fecha de la terminacion
´ del acuerdo.
e. La cuant´ıa del pago depend´ıa
mayormente de las polizas
´
vendidas o
acreditadas a su cuenta durante el ultimo
´
ano
˜
del acuerdo, o hasta el per´ıodo durante el cual
las polizas
´
queden en vigor despues
´ de la
terminacion,
´ o ambas condiciones.
f. La cuant´ıa del pago no depend´ıa
mayormente de la duracion
´ del servicio ni de
las ganancias totales obtenidas de los
servicios prestados para la compan´
˜ ıa
(independientemente de si el derecho al pago
depend´ıa de la duracion
´ del servicio).

L´ınea 8b
Si recibio´ $20 o mas
´ en propinas en algun
´
mes, y no le declaro´ a su patrono la cantidad
completa, debe radicar el Formulario 4137
(vea las instrucciones para la l´ınea 5 de la
Parte I en la pagina
´
4), en ingles.
´ Haga caso
omiso de las referencias que se hacen al
Formulario 1040 en el Formulario 4137. Anote
en la l´ınea 8b la cantidad que aparece en la
l´ınea 10 del Formulario 4137.

L´ınea 8c
Si es un empleado que recibio´ salarios o
sueldos de un patrono que no retuvo las
contribuciones al seguro social y al Medicare,
usted tendra´ que radicar el Formulario 8919
(vea las instrucciones para la l´ınea 5 de la
Parte I, en la pagina
´
4), en ingles.
´ Anote en la
l´ınea 8c la cantidad de la l´ınea 10 del
Formulario 8919.

Parte VI—Metodos
´
Opcionales para Computar la
Ganancia Neta
Los metodos
´
opcionales le pueden dar credito
´
para propositos
´
de los beneficios del seguro
social aunque usted haya tenido una perdida
´
o
haya recibido pocos ingresos del trabajo por
cuenta propia. Sin embargo, si usa estos
metodos
´
es posible que tenga que pagar la
contribucion
´ sobre el trabajo por cuenta propia
que de otra manera no tendr´ıa que pagar.
Si radica una planilla conjunta y tanto usted
como su conyuge
´
eligen usar el metodo
´
opcional para computar su ganancia neta del
trabajo por cuenta propia, cada uno de ustedes
tiene que completar y anexar una Parte VI por
separado.
Puede optar por cambiar de metodo
´
despues
´ de que haya radicado su planilla. O
sea, puede cambiar del metodo
´
regular al
metodo
´
opcional o viceversa. Para hacerlo,

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Instrucciones para el Formulario 1040-PR

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radique el Formulario 1040X, Amended U.S.
Individual Income Tax Return (Declaracion
´
enmendada del impuesto sobre el ingreso
personal de los EE.UU.), en ingles.
´ Para mas
´
informacion
´ sobre la fecha l´ımite para poder
hacer el cambio de metodo,
´
vea las
Instrucciones para el Formulario 1040X,
tambien
´ en ingles.
´
Los residentes bona fide de Puerto
CONSEJO Rico pueden calificar para el credito
´
tributario adicional por hijos o recibir un
credito
´
mayor si eligen usar uno de los
metodos
´
opcionales.

Metodo
´
Opcional –Negocio
Agropecuario
Puede usar este metodo
´
para computar su
ganancia neta del trabajo por cuenta propia de
un negocio agropecuario si su ingreso bruto
del negocio agropecuario para el ano
˜ fue de
$2,400 o menos o su ganancia neta del
negocio agropecuario fue menos de $1,733. La
ganancia neta del negocio agropecuario es el
total de las cantidades de la l´ınea 36 de la
Parte III y su parte de la distribucion
´ de una
sociedad agropecuaria.
No hay l´ımite en el numero
´
de anos
˜ que
puede utilizar este metodo.
´
De acuerdo a este metodo,
´
puede declarar
en la l´ınea 2 de la Parte VI dos tercios (2/3) de
su ingreso bruto del negocio agropecuario,
hasta $1,600, como si fuera su ganancia neta.
Este metodo
´
puede aumentar o reducir sus
ganancias netas del trabajo por cuenta propia
agropecuario. Puede usar este metodo
´
aun
cuando la operacion
´ de su negocio
agropecuario resultara en una perdida.
´
En el caso de sociedades agropecuarias,
compute su porcion
´ del ingreso bruto de
acuerdo al contrato de sociedad colectiva. Si
se trata de pagos garantizados, su parte del
ingreso bruto de la sociedad es la cantidad de
sus pagos garantizados, mas
´ su porcion
´ del
ingreso bruto restante despues
´ de que se
hayan descontado todos los pagos
garantizados hechos por la sociedad. Si es
socio comanditario, incluya solamente los
pagos garantizados recibidos por servicios que
haya prestado de hecho para, o en nombre de,
la sociedad.

Metodo
´
Opcional –Negocio No
Agropecuario
Quizas
´ pueda usar este metodo
´
para computar
su ganancia neta de negocio no agropecuario
si sus ganancias netas de negocio no
agropecuario fueron menos de $1,733 y
tambien
´ menos del 72.189% de su ingreso
bruto de negocio no agropecuario. La ganancia
neta de negocio no agropecuario es el total de
las cantidades de la l´ınea 27 de la Parte IV y
su parte de la distribucion
´ de fuentes que no
sean sociedades agropecuarias.
Para usar este metodo,
´
usted ademas
´ tiene
que trabajar por cuenta propia regularmente.
Satisface este requisito si sus ganancias netas
reales del trabajo por cuenta propia fueron de
$400 o mas
´ en 2 de los 3 anos
˜
inmediatamente anteriores al ano
˜ en el cual
opto´ por usar el metodo
´
opcional de negocio
no agropecuario. Las ganancias netas de $400
o mas
´ del trabajo por cuenta propia pueden
provenir tanto de un negocio no agropecuario
como de un negocio agropecuario o de ambos.
La ganancia neta incluye tambien
´ su parte de
la distribucion
´ de la ganancia o perdida
´
de una
sociedad, sujeta a la contribucion
´ sobre el
ingreso del trabajo por cuenta propia. Este
metodo
´
se puede usar solo
´ por un maximo
´
de
5 anos
˜ que no tienen que ser consecutivos.
De acuerdo a este metodo,
´
puede declarar
dos tercios (2/3) de su ingreso bruto de
negocio no agropecuario, hasta $1,600, como
ganancia neta en la l´ınea 4 de la Parte VI.
Pero no puede declarar menos de su ganancia
neta real del trabajo por cuenta propia de
negocio no agropecuario.

Compute su porcion
´ del ingreso bruto de
una sociedad no agropecuaria de la misma
manera que lo har´ıa en el caso de una
sociedad agropecuaria. Vea Metodo
´
Opcional – Negocio Agropecuario,
anteriormente.

Uso de Ambos Metodos
´
Opcionales
Si puede usar ambos metodos,
´
puede declarar
menos del total real de su ganancia neta del
trabajo por cuenta propia de un negocio
agropecuario o no agropecuario, pero no
puede declarar menos de la cantidad real de
su ganancia neta del trabajo por cuenta propia
de negocio no agropecuario.
Si usa ambos metodos
´
para computar su
ganancia neta del trabajo por cuenta propia, no
puede declarar mas
´ de $1,600 por concepto
de ganancias netas del trabajo por cuenta
propia.
Aviso sobre la Ley de Divulgacion
´ y
Confidencialidad de Informacion
´ y la Ley de
Reduccion
´ de Tramites.
´
La IRS
Restructuring and Reform Act of 1998 (Ley de
la Reorganizacion
´ y Reformacion
´ del IRS de
1998), la Privacy Act of 1974 (Ley de
Confidencialidad de Informacion
´ de 1974) y la
Paperwork Reduction Act of 1980 (Ley de
Reduccion
´ de Tramites
´
de 1980) requieren
que, cuando le solicitamos informacion,
´
tengamos que informarle primero de lo
siguiente: nuestro derecho legal de solicitarle
la informacion,
´ la razon
´ por la cual se la
solicitamos y como
´
la pensamos utilizar.
Tenemos que informarle tambien
´ de lo que le
puede suceder si no la recibimos y sobre si su
respuesta es voluntaria, necesaria para
obtener un beneficio u obligatoria de acuerdo a
la ley.
Este aviso corresponde a todo documento
o planilla que usted radique ante el IRS,
incluyendo la presente planilla de contribucion.
´
Tambien
´ le corresponde a toda pregunta que
le debamos hacer de modo que podamos
completar, corregir o tramitar su planilla;
computar su contribucion;
´ y recaudar dicha
contribucion,
´ mas
´ los intereses o multas
correspondientes.
Nuestro derecho legal de solicitarle
informacion
´ se halla en las secciones 6001,
6011 y 7651 y su reglamentacion
´
correspondiente. Estas disposiciones dicen
que usted debe radicar una planilla de
contribucion
´ o un documento similar ante el
IRS y pagarle al “United States Treasury”
(Tesoro de los Estados Unidos) toda
obligacion
´ contributiva que adeude. Su
respuesta es obligatoria segun
´ estas
secciones. La seccion
´ 6109 requiere que
incluya su numero
´
de seguro social (SSN) en
los documentos que radique. As´ı podemos
saber quien
´ es usted y tramitar su planilla y
otros documentos por el estilo. Debe llenar
todas las partes de esta planilla que le
correspondan.
Usted no esta´ obligado a facilitar la
informacion
´ solicitada en un formulario que
este´ sujeto a la Paperwork Reduction Act (Ley
de Reduccion
´ de Tramites),
´
a menos que el
mismo muestre un numero
´
de control valido
´
de
la Office of Management and Budget (Oficina
de Administracion
´ y Presupuesto, conocida por
sus siglas en ingles,
´ OMB). Los libros o
records
´
relativos a este formulario o sus
instrucciones deberan
´ ser conservados
mientras que su contenido pueda ser utilizado
en la administracion
´ de toda ley contributiva
federal.
Solicitamos la informacion
´ relacionada con
su planilla de contribucion
´ para cumplir con las
leyes que regulan la recaudacion
´ de los
impuestos internos de los Estados Unidos. La
necesitamos para poder computar y cobrar la
cantidad correcta de contribucion.
´

-8-

Si no radica una planilla ni provee la
informacion
´ que solicitamos o si nos provee
informacion
´ fraudulenta, puede estar sujeto a
pagar multas y puede estar sujeto a
procesamiento penal. Podemos desaprobar
ciertas deducciones reclamadas en su planilla
de contribucion.
´ Todo esto puede aumentar su
obligacion
´ contributiva o demorar la expedicion
´
de su reembolso y tambien
´ puede afectar el
computo
´
de sus beneficios del seguro social.
Se le puede cobrar interes
´ tambien.
´
Por regla general, las planillas de
contribucion
´ y toda informacion
´ pertinente son
confidenciales, como lo requiere la seccion
´
6103. No obstante, la seccion
´ 6103 permite o
requiere que el IRS divulgue o provea tal
informacion
´ a otros, tal como se describe en el
Codigo.
´
Por ejemplo, podemos divulgar la
informacion
´ facilitada en esta planilla a la
Adminstracion
´ del Seguro Social (SSA, siglas
en ingles)
´ para que la misma pueda computar
sus beneficios del seguro social, al
Departamento de Justicia para hacer cumplir
las leyes contributivas en casos de litigio civil y
penal y a las ciudades, estados, el Distrito de
Columbia, los territorios o estados libres
asociados con los EE.UU. y a ciertos
gobiernos extranjeros a fin de ayudarlos en
aplicar sus leyes contributivas respectivas.
Podemos divulgar la informacion
´ contenida
en su planilla de contribucion
´ a otras personas,
si es necesario hacerlo, para obtener
informacion
´ que no podamos conseguir de
ninguna otra manera, a fin de determinar la
cantidad de contribucion
´ que usted debe o
para recaudar la misma. Podemos divulgar su
informacion
´ contributiva al Contralor General
de los Estados Unidos para que el mismo
pueda evaluar al IRS. Ademas,
´ podemos
divulgar su informacion
´ contributiva
relacionada con su planilla a los Comites
´ del
Congreso; a las agencias locales, estatales y
federales dedicadas a velar por la
manutencion
´ de los menores; y a otras
agencias federales a fin de determinar su
derecho a recibir beneficios o para determinar
su derecho a recibir o reintegrar prestamos.
´
Podemos tambien
´ divulgar dicha informacion
´ a
otros pa´ıses segun
´ lo estipulado en un tratado
contributivo o a las agencias del gobierno
federal y estatal para ejecutar las leyes
penales federales que no tengan que ver con
las contribuciones o a agencias federales
encargadas de ejecutar las leyes y a agencias
federales de inteligencia para combatir el
terrorismo.
Conserve este aviso con los demas
´ records
´
suyos. El mismo puede serle beneficioso si le
solicitamos mas
´ informacion.
´ Si tiene alguna
duda acerca de las reglas para radicar o para
facilitar informacion,
´ llame o visite cualquier
oficina local del IRS.
El tiempo que se necesita para completar y
radicar el Formulario 1040-PR var´ıa de
acuerdo a las circunstancias individuales de
cada contribuyente. Los promedios de tiempo
estimados son los siguientes:
Mantener los records
´
. . .
Aprendiendo acerca de la
ley o de este formulario . .
Preparando este formulario
Copiar, organizar y enviar
este formulario al IRS . . .

5 h y 34 min.
49 min.
3 h y 43 min.
1 h y 16 min.

Si desea hacer algun
´ comentario acerca de
la exactitud de estos estimados de tiempo o si
tiene alguna sugerencia que ayude a que este
formulario sea mas
´ sencillo, env´ıenoslos.
Puede escribirnos a: Internal Revenue Service,
Tax Products Coordinating Committee,
SE:W:CAR:MP:T:T:SP, 1111 Constitution Ave.
NW, IR-6526, Washington, DC 20224. No
env´ıe este formulario a esta direccion.
´ En vez
de hacer eso, vea Donde
´
Debera´ Radicarse,
en la pagina
´
1.


File Typeapplication/pdf
File Title2007 Instruction 1040 (PR)
SubjectInstructions for Form 1040 (PR), Self-Employment Tax Return (Puerto Rico)
AuthorW:CAR:MP:FP
File Modified2008-01-07
File Created2008-01-07

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