Anejo H-PR - (1040 (Sch H) PR); Contribuciones sobre el Empleo de Empleados Domesticos

Form 1040-SS - U.S. Self-Employment Tax Return; Form 1040-PR - Planilla Para La Declaracion De La Contribucion Federal Sobre El Trabajo Por Cuenta Propia-Puerto Rico; and Anejo H-PR,

2014 DRAFT Instructions Schedule H (Form 1040-PR)

Anejo H-PR - (1040 (Sch H) PR); Contribuciones sobre el Empleo de Empleados Domesticos

OMB: 1545-0090

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2014

Instrucciones para el Anexo
H-PR (Formulario 1040-PR)

Department of the Treasury
Internal Revenue Service

Contribuciones sobre el Empleo de Empleados Domésticos

DRAFT AS OF
September 30, 2014
Contenido

Página

Qué Hay de Nuevo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Recordatorios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
¿Quién tiene que radicar el Anexo H-PR? . . . . . . .
¿Quién debe radicar el Formulario 499R-2/W-2PR
y el Formulario W-3PR? . . . . . . . . . . . . . . . .
¿Tiene un número de identificación patronal
(EIN)? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
¿Puede trabajar legalmente su empleado en
Puerto Rico? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
¿Qué ocurre con las contribuciones al fondo de
desempleo estatal de Puerto Rico? . . . . . . . .
Cuándo y dónde radicar . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Anexo H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Formulario 499R-2/W-2PR y Formulario
W-3PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Cómo completar el Anexo H-PR, el Formulario
499R-2/W-2PR y el Formulario W-3PR . . . . . .
¿Qué récords debo mantener? . . . . . . . . . . . . . .
Reglas para patronos de establecimientos
comerciales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pagos estatales por incapacidad . . . . . . . . . . . . .
Cómo se corrige el Anexo H-PR . . . . . . . . . . . . .
Cómo obtener formularios y publicaciones . . . . . .
Ejemplo de cómo completar el Anexo H-PR, el
Formulario 499R-2/W-2PR y el Formulario
W-3PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Aviso sobre la Ley de Confidencialidad de
Información y la Ley de Reducción de
Trámites . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fechas Importantes

... 1
... 1
... 2
... 2

... 3

... 3

... 3
... 3
... 3
... 3
... 4
... 7
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... 8
. . 12

Para el:

Usted deberá:

31 de enero de 2015

Darle a su empleado el Formulario
499R-2/W-2PR.

31 de enero de 2015

Enviarle al Departamento de
Hacienda de Puerto Rico el
Formulario 499R-2/W-2PR, junto con
el Formulario 499 R-3.

2 de marzo de 2015 (31 de marzo
de 2015 si radica electrónicamente)

Enviarle a la SSA el Formulario
499R-2/W-2PR, junto con el
Formulario W-3PR. Visite el sitio web
de la SSA, www.socialsecurity.gov/
employer, en inglés, para más
detalles.

15 de abril de 2015 (vea
Excepciones en estas
instrucciones)

Radicar el Anexo H-PR y pagar sus
contribuciones sobre el empleo de
empleados domésticos con su
Formulario 1040-PR de 2014.

Sep 30, 2014

7
7
7
8

Acontecimientos Futuros

Si desea obtener la información más reciente sobre todo
acontecimiento relacionado con el Anexo H-PR y sus
instrucciones, tal como legislación promulgada después de que
éstos fueron publicados, acceda a www.irs.gov/form1040pr.

Qué Hay de Nuevo

Cambios a las tasas de contribución y el límite superior de
los salarios. La tasa de contribución al Seguro Social es 6.2%
para tanto el empleado como para el patrono. Esta cantidad no
cambió de la cantidad para el año 2013. La base salarial para la
retención de la contribución al Seguro Social es $117,000.
La tasa de Medicare que le corresponde al empleado y al
patrono es 1.45% por cada parte. Estas tasas permanecen igual
que en el año 2013. No hay ninguna base salarial para la
contribución al Medicare. Las contribuciones al Seguro Social y
al Medicare aplican a los salarios pagados a empleados
domésticos en efectivo, u otra forma de remuneración
equivalente, de $1,900 o más en 2014.
Para información sobre las tasas y límites salariales que
aplicarán en 2015, vea la Pub. 926, Household Employer’s Tax
Guide (Guía de contribuciones para patronos de empleados
domésticos), en inglés (publicada en diciembre de 2014).

Estados con reducción en el crédito. Un estado que no ha
reintegrado dinero que pidió prestado al gobierno federal a fin
de pagar beneficios para el desempleo se denomina un estado
con reducción en el crédito. El Departamento del Trabajo de
EE.UU. determina cuáles son estos estados. Si un patrono paga
salarios que están sujetos a las leyes de compensación por
desempleo de un estado con reducción en el crédito, ese
patrono tiene que pagar la obligación adicional de la
contribución federal para el desempleo.
Puerto Rico no es un estado (territorio) con reducción en el
crédito para 2014. Para el 2014, hay estados con reducción en
el crédito. Si ha pagado salarios que están sujetos a las leyes de
compensación por desempleo de un estado con reducción en el
crédito, su crédito contra la contribución federal para el
desempleo será reducido en base a la tasa de reducción del
crédito (por ejemplo, .003, .006, .009 ó .015) para ese estado
con reducción en el crédito.

Recordatorios

Retención de la Contribución Adicional al Medicare.
Además de retener la cantidad de 1.45% para la contribución al
Medicare, usted tiene que retener una cantidad de 0.9% para la
Contribución Adicional al Medicare por salarios pagados a un
empleado en exceso de $200,000 en un año natural. Se le
requiere que comience la retención de la Contribución Adicional
al Medicare en el período de pago en el que le paga a un
empleado un salario de más de $200,000 y después continuar la
retención en cada período de pago hasta el final del año natural.
La Contribución Adicional al Medicare sólo se le impone al
empleado. No hay una porción correspondiente al patrono de la
Contribución Adicional al Medicare. Todos los salarios que
están sujetos a la contribución al Medicare, están sujetos a la

Cat. No. 22119E

Se define el trabajo doméstico como el trabajo hecho en su
residencia o en sus alrededores. Algunos ejemplos de
trabajadores que hacen trabajo doméstico son:

retención de la Contribución Adicional al Medicare si éstos se
pagan en exceso del límite de $200,000.
Para más información sobre la Contribución Adicional al
Medicare, visite el sitio web IRS.gov e ingrese “Additional
Medicare Tax” (Contribución Adicional al Medicare) en el
encasillado Search (Buscar). Dicha información está disponible
en inglés.

Niñeras
Guardián (celador)
Personal de limpieza
Choferes
Profesionales de la salud
(auxiliares)

Externalización de las obligaciones de nómina. Los
patronos son responsables de asegurar que las planillas de
contribuciones se radiquen y que los depósitos y pagos se
efectúen, aun si el patrono contrata los servicios de un tercero
para hacerlo. El patrono sigue siendo el responsable aun si el
tercero no cumple con la acción requerida. Si opta por
externalizar cualquiera parte de su nómina y las obligaciones
relacionadas con las contribuciones (es decir, retención,
radicación y pago de las contribuciones al Seguro Social, al
Medicare y al fondo federal de desempleo (FUTA, por sus siglas
en inglés)) a un tercero pagador, tal como un proveedor de
servicios de nómina o agente de reportación, visite el sitio web
IRS.gov e ingrese “outsourcing payroll duties”(externalización de
las obligaciones de nómina) en el encasillado Search (Buscar),
para información útil sobre este tema. Dicha información está
disponible en inglés.

Ama de llaves
Nodriza (institutriz)
Enfermeras privadas
Jardineros

DRAFT AS OF
September 30, 2014
Si un trabajador es su empleado, no importa si trabaja a
tiempo completo o parcial, o si lo contrató a través de una
agencia o de una lista provista por una agencia o asociación.
Tampoco importa si los salarios pagados se basan en trabajo
realizado por hora, por día, por semana o a destajo.
Si usted recibe servicios de cuidado en el hogar mediante un
programa administrado por una agencia federal, estatal o
agencia del gobierno local, y la persona que proporciona su
cuidado es su empleado doméstico, usted puede pedirle al IRS
para autorizar a un agente conforme a la sección 3504 para que
informe, radique y pague de parte de usted toda la contribución
patronal sobre la nómina, incluida la contribución federal para el
desempleo (FUTA) por su parte. Para más información, vea el
Formulario 2678, Employer/Payer Appointment of Agent
(Nombramiento de agente para un patrono/pagador), en inglés.

Requisito de firma para los preparadores remunerados.
Su preparador remunerado tiene que firmar la Parte IV del
Anexo H-PR a menos que usted esté adjuntando el Anexo
H-PR al Formulario 1040-PR. El preparador remunerado tiene
que firmar el Anexo H-PR y facilitar la información solicitada en
la sección del formulario titulada Para Uso Exclusivo del
Preparador Remunerado si el preparador recibió
remuneración por preparar el Anexo H-PR y no era su
empleado. El preparador tiene que proveerle una copia
adicional de la planilla además del original que será radicado
ante el Servicio Federal de Rentas Internas (IRS, por sus siglas
en inglés).
Si tiene que radicar el Formulario 499R-2/W-2PR,
Comprobante de Retención, de 2014 para su empleado
doméstico, deberá radicar además el Formulario W-3PR,
Informe de Comprobantes de Retención, junto con el (los)
Formulario(s) 499R-2/W-2PR, ante la Administración del Seguro
Social (SSA, por sus siglas en inglés). Se le recomienda que
radique sus Formularios 499R-2/W-2PR y Formularios W-3PR
por medios electrónicos. Visite el sitio web de la SSA, Employer
W-2 Filing Instructions & Information (Información e
instrucciones para el patrono sobre la radicación del Formulario
W-2), en inglés, en www.socialsecurity.gov/employer, para leer
sobre la radicación por medios electrónicos.

Nota: Si una agencia del gobierno o un agente tercero radica y
paga las contribuciones de empleo por salarios pagados al
trabajador doméstico de usted por su parte, usted no necesitará
radicar el Anexo H-PR para informar esas contribuciones.
Trabajadores que no son empleados suyos. Los
trabajadores que contrata por medio de una agencia no son sus
empleados si la agencia es responsable de quién hace el
trabajo y cómo se hace. Las personas que trabajan por cuenta
propia tampoco se consideran empleados suyos. Un trabajador
trabaja por cuenta propia si solamente él o ella tiene el derecho
de dirigir y de controlar cómo se hace el trabajo. Los
trabajadores por cuenta propia, por lo general, usan sus propias
herramientas y ofrecen sus servicios al público como empresa
independiente.
Ejemplo. Contrató a Juan Rodríguez para que le cortara la
grama. Juan tiene su propia empresa mediante la cual ofrece
servicios para cortar la grama al público en general. Juan
contrata a sus propios ayudantes, les enseña cómo hacer el
trabajo y dispone de sus propias herramientas y materiales. Ni
Juan ni sus ayudantes son empleados domésticos suyos.
Vea la Pub. 926, Household Employer's Tax Guide (Guía de
contribuciones para patronos de empleados domésticos), en
inglés, para más información.

¿Quién tiene que radicar el Anexo
H-PR?

Tendrá que radicar el Anexo H-PR si contesta “Sí” a
cualesquiera de las preguntas de las líneas A o B del Anexo
H-PR.

¿Quién debe radicar el Formulario
499R-2/W-2PR y el Formulario
W-3PR?

¿Tuvo un empleado doméstico? Si contrató a una persona
para que le hiciera trabajo doméstico y usted podía controlar lo
que el empleado tenía que hacer y cómo se hacía, entonces se
considera que esa persona fue su empleado doméstico. Esto es
así aun cuando le haya otorgado al empleado cierta autonomía
al desempeñar su trabajo. Lo más importante es que usted haya
tenido el derecho de controlar los pormenores o detalles de
cómo se debía cumplir el trabajo.

Tendrá que radicar un Formulario 499R-2/W-2PR por cada
empleado doméstico al cual durante el 2014 le haya pagado en
efectivo $1,900 o más en salarios sujetos a las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare. Para saber si estos salarios están
sujetos a estas contribuciones, vea en las instrucciones sobre
cómo completar las líneas 1, 3 y 5 del Anexo H-PR. Si los
salarios no están sujetos a tales contribuciones pero usted
retuvo contribuciones estatales sobre los mismos de un
empleado doméstico, deberá también radicar el Formulario
499R-2/W-2PR para ese empleado.

Ejemplo. Usted le pagó a Ana Rivera por cuidar a su niño y
hacer trabajo doméstico ligero cuatro días a la semana en la
casa de usted. Ana seguía sus instrucciones específicas acerca
de sus deberes domésticos y sobre el cuidado de su hijo. Usted
le provee a Ana el equipo doméstico y los materiales necesarios
que necesita para hacer su trabajo. Ana es su empleada
doméstica.

Si radica uno o más Formularios 499R-2/W-2PR, tendrá que
radicar también el Formulario W-3PR.
-2-

Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)

¿Tiene un número de identificación
patronal (EIN)?

en la fecha límite de dicha prórroga para radicar la planilla. Si
radica a base de año fiscal, deberá radicar su planilla y el Anexo
H-PR para la fecha de vencimiento de la misma, prórrogas
incluidas.

Si tiene empleados domésticos, necesitará un número de
identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés), para
radicar el Anexo H-PR. Si no tiene un número de identificación
patronal (EIN), obtenga el Formulario SS-4PR, Solicitud de
Número de Identificación Patronal (EIN). No use su número de
Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) en lugar de su
EIN. Las Instrucciones para el Formulario SS-4PR explican
cómo puede obtener el EIN inmediatamente por Internet, en
cuatro días laborables por fax o en aproximadamente 4
semanas si lo solicita por correo. Consulte Cómo obtener
formularios y publicaciones para más detalles sobre cómo
obtener formularios y publicaciones, incluido el Formulario
SS-4PR. Para obtener un EIN a través de Internet, visite IRS.gov
e ingrese “EIN” en el encasillado Search (Buscar). La
información está disponible en inglés.

Nota: Si radica a base de año natural y no tuvo ningún
empleado doméstico durante el 2014, no tiene que radicar el
Anexo H-PR para el 2014.
Si no está obligado a radicar el Formulario 1040-PR para el
año 2014 (por ejemplo, debido a que su ingreso total no llega al
límite mínimo en dólares para tener que radicarlo), deberá
radicar el Anexo H-PR por sí solo para el 15 de abril de 2015.
Complete el Anexo H-PR e inclúyalo en el sobre con su cheque
o giro. No envíe dinero en efectivo. Haga su cheque o giro a la
orden de “United States Treasury” (Tesoro de los EE.UU.) por la
cantidad total de sus contribuciones sobre la nómina adeudadas
por tener empleados domésticos. Escriba su nombre, dirección,
número de Seguro Social, número de teléfono en donde nos
podamos comunicar con usted durante el día y “2014
Schedule H-PR” (Anexo H-PR de 2014) en su cheque o giro.
Los patronos de empleados domésticos de una organización
exenta de pagar contribuciones (tal como una iglesia) pueden
radicar el Anexo H-PR por sí solo.

DRAFT AS OF
September 30, 2014
¿Puede trabajar legalmente su
empleado en Puerto Rico?

Es ilegal emplear a una persona si la misma no está autorizada
para trabajar legalmente en Puerto Rico. Cuando contrata a un
empleado doméstico para que éste trabaje para usted con
regularidad, tanto usted como el empleado deberán completar
parte del Formulario I-9, Employment Eligibility Verification
(Verificación de elegibilidad para el empleo), del United States
Citizenship and Immigration Services (Servicios de Ciudadanía
e Inmigración de los Estados Unidos o USCIS, por sus siglas en
inglés). El Formulario I-9 está disponible en español para uso
exclusivo en Puerto Rico y puede encontrarlo en el sitio web
www.uscis.gov/files/form/I-9_Spanish.pdf. Deberá verificar que
el empleado sea ciudadano de los Estados Unidos de América o
sea un extranjero que esté autorizado a trabajar y, además,
deberá mantener dicho formulario en los récords de usted.
Puede obtener del USCIS el formulario y el Manual para
empleadores (conocido como el documento M-274, disponible
en español), llamando al 1-800-870-3676 o visitando el sitio web
del USCIS, www.uscis.gov/espanol.

Envíe el Anexo H-PR completado por correo a:
Con un pago:
Internal Revenue Service
P.O. Box 1303
Charlotte, NC 28201-1303
Sin un pago:
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Austin, TX 73301-0215

Formulario 499R-2/W-2PR y Formulario W-3PR

Para el 31 de enero de 2015, deberá darle el Formulario
499R-2/W-2PR a cada empleado. Cumplirá con este requisito si
el formulario está debidamente rotulado, si es enviado y si el
matasellos ha sido imprimido a más tardar el 31 de enero de
2015.

¿Qué ocurre con las contribuciones
al fondo de desempleo estatal de
Puerto Rico?

Para el 31 de enero de 2015, envíe los Formularios 499R-2/
W-2PR junto con el Formulario 499 R-3, Estado de
Reconciliación de Contribución sobre Ingresos Retenida, al
Departamento de Hacienda.

Si tuvo un empleado doméstico en el 2014, es probable que
tenga que pagar contribuciones al fondo de desempleo estatal
para el 2014. Para saber si tiene que hacerlo, comuníquese con
el Negociado de Seguridad de Empleo de Puerto Rico al
787-754-5818 o visite el sitio web www.trabajo.pr.gov. Debe
también averiguar si necesita pagar o retener otras
contribuciones estatales sobre el empleo o si debe estar
cubierto por un seguro de compensación de obreros.
Si desea obtener una lista completa de información que le
ayudará a comunicarse con las agencias estatales para el
desempleo, visite el sitio web del Departamento del Trabajo de
los Estados Unidos, disponible en inglés, en
www.workforcesecurity.doleta.gov/unemploy/agencies.asp.

Para el 2 de marzo de 2015 (31 de marzo de 2015 si radica
electrónicamente), envíe todos sus Formularios 499R-2/W-2PR,
junto con el Formulario W-3PR a:
Social Security Administration
Data Operations Center
Wilkes-Barre, PA 18769-0001
Si utiliza correo certificado, el código postal que debe anotar
es 18769-0002.
Si utiliza una empresa de entregas que no sea el Servicio
Postal de los Estados Unidos, utilice la siguiente dirección:

Cuándo y dónde radicar

Social Security Administration
Data Operations Center
Attn: W-2 Process
1150 E. Mountain Drive
Wilkes-Barre, PA 18702-7997

Anexo H-PR

Si radica el Formulario 1040-PR, Planilla para la Declaración de
la Contribución Federal sobre el Trabajo por Cuenta Propia
(Incluyendo el Crédito Tributario Adicional por Hijos para
Residentes Bona Fide de Puerto Rico), de 2014, adjunte el
Anexo H-PR a su planilla. Envíe el Formulario 1040-PR y el
Anexo H-PR a más tardar el 15 de abril de 2015 a la dirección
indicada en las Instrucciones para el Formulario 1040-PR.

!

´
PRECAUCION

Excepciones. Si obtiene una prórroga para radicar su planilla
de contribución, radíquela junto con el Anexo H-PR a más tardar
Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)

Si radica los Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR
electrónicamente, no envíe dichos formularios en papel
a la Administración del Seguro Social.

Para más información, visite el sitio web de la SSA,
www.socialsecurity.gov/employer, en inglés.
-3-

transporte, tales como $130 por mes por transporte combinado
en vehículos de desplazamiento de ida y vuelta al trabajo y
pases o boletos de tránsito; $250 por mes por estacionamiento
calificado; o para un año calendario, puede darle a su empleado
$20 para el desplazamiento calificado de ida y vuelta al trabajo
en bicicleta multiplicado por el número de meses, los cuales
reúnen los requisitos, en los que dicho desplazamiento se haya
realizado durante dicho año sin tener que incluir estos
beneficios en los salarios en efectivo. Sin embargo, el valor de
los beneficios de transporte que sean mayores de las
cantidades especificadas al mes se incluye en los salarios. Vea
Transportation (Commuting) Benefits (Beneficios para
transportación (desplazamiento de ida y vuelta al trabajo)), en la
Publicación 15-B, Employer's Tax Guide to Fringe Benefits,
(Guía contributiva sobre beneficios marginales para patronos),
en inglés, para más información.

Multas. Es posible que tenga que pagar una multa si no les
entrega a sus empleados el Formulario 499R-2/W-2PR o si no
radica estos formularios ante la SSA para las fechas de
vencimiento indicadas anteriormente. Podría también tener que
pagar una multa si no anota el número de Seguro Social (SSN,
por sus siglas en inglés) de su empleado en el Formulario
499R-2/W-2PR o si no provee la información correcta en dicho
formulario.

DRAFT AS OF
September 30, 2014
Cómo completar el Anexo H-PR, el
Formulario 499R-2/W-2PR y el
Formulario W-3PR

Anexo H-PR

Parte I. Contribuciones al Seguro Social y al
Medicare

Si le informaron que un empleado doméstico suyo
recibió pagos de un plan estatal para individuos
´
PRECAUCION
incapacitados, vea la sección Pagos estatales por
incapacidad, más adelante.

!

Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare se usan para
pagar los beneficios de jubilación, de sobrevivientes, por
incapacidad y médico-hospitalarios que reciben los trabajadores
y sus familias. Tanto usted como su empleado pagan por partes
iguales estas contribuciones.

Número de Seguro Social (SSN). Anote su número de
Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) en el espacio
provisto.

Para el año 2014, la tasa de contribución al Seguro Social es
6.2% para cada parte, 6.2% para usted y 6.2% para su
empleado. La tasa de contribución al Medicare es 1.45%, tanto
para usted como para su empleado. El límite sobre los salarios
sujetos a la contribución al Seguro Social es de $117,000. No
hay límite sobre los salarios sujetos a la contribución Medicare.
Si no le dedujo la parte de la contribución correspondiente al
empleado de su salario, entonces deberá usted mismo pagar la
porción que le corresponde al empleado, además de la parte
que le corresponde a usted (un total de 12.4% para el Seguro
Social y un total de 2.9% para el Medicare) de las
contribuciones. Vea Formulario 499R-2/W-2PR y Formulario
W-3PR, en estas instrucciones, para más información.

Número de identificación patronal (EIN). El número de
identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés) es un
número de nueve dígitos expedido por el IRS. Los dígitos están
ordenados de la siguiente manera: 00-0000000. Anote su EIN
en el espacio provisto. Si no tiene un EIN, vea ¿Tiene un
número de identificación patronal (EIN)?, anteriormente. Si
ha solicitado un EIN, pero no lo ha recibido, escriba en inglés
“Applied for” (Solicitado) seguido por la fecha en que lo solicitó.
No utilice su SSN como si fuera un EIN.
Línea A. Para calcular el salario total en efectivo que pagó
durante 2014 a cada empleado doméstico, no incluya las
cantidades pagadas a todas las siguientes personas:
Su cónyuge.
Su hijo que tenía menos de 21 años de edad.
Su padre o su madre. (Pero vea Excepción para los
padres, a continuación).
Su empleado que tenía menos de 18 años de edad en
cualquier momento de 2014. Si el empleado no era estudiante,
vea Excepción para los empleados menores de 18 años,
más adelante.
Excepción para los padres. Incluya los salarios en efectivo
que le pagó a su padre o su madre por trabajar en su hogar o en
sus alrededores si tanto el punto 1 como el 2, a continuación, le
corresponden:
1. Su hijo que vivió con usted tenía menos de 18 años de
edad o padecía de una condición física o mental que requería la
atención personal de un adulto por lo menos durante 4 semanas
continuas de un trimestre natural. Un trimestre natural es de
enero a marzo, de abril a junio, de julio a septiembre y de
octubre a diciembre.
2. Usted estaba divorciado y no se ha vuelto a casar, era
viudo o estaba casado y vivía con una persona cuya condición
física o mental no le permitía cuidar de su hijo durante ese
período de 4 semanas.

Además de retener la cantidad de 1.45% para la contribución
al Medicare, usted tiene que retener una cantidad de 0.9% para
la Contribución Adicional al Medicare por salarios pagados a un
empleado en exceso de $200,000 en un año natural. Se le
requiere que comience la retención de la Contribución Adicional
al Medicare en el período de pago en el que le paga a un
empleado un salario de más de $200,000 y después continuar la
retención en cada período de pago hasta el final del año natural.
La Contribución Adicional al Medicare sólo se le impone al
empleado. No hay una porción correspondiente al patrono de la
Contribución Adicional al Medicare. Todos los salarios que
están sujetos a la contribución al Medicare, están sujetos a la
retención de la Contribución Adicional al Medicare si éstos se
pagan en exceso del límite de $200,000.
Para más información sobre la Contribución Adicional al
Medicare, visite el sitio web IRS.gov e ingrese “Additional
Medicare Tax” (Contribución Adicional al Medicare) en el
encasillado Search (Buscar). Dicha información está disponible
en inglés.
Requisito de los $1,900. Si le paga a un empleado
doméstico salarios en efectivo ascendentes a $1,900 o más en
2014, tiene que declarar y pagar las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare. El requisito se aplica a salarios en efectivo
pagados en 2014, sin importar cuándo los salarios fueron
devengados. Vea la Pub. 179, disponible en español, o la Pub.
926, en inglés, para más información, o visite el sitio web de la
SSA, disponible en español, en
www.socialsecurity.gov/espanol/10921.html.

Excepción para los empleados menores de 18 años.
Incluya los salarios que pagó en efectivo a toda persona menor
de 18 años de edad y que no era estudiante si éste
desempeñaba servicios domésticos como ocupación principal.
Salarios en efectivo. Los salarios en efectivo incluyen los
pagados con cheques, giros, etcétera. Los salarios en efectivo
no incluyen el valor de comidas, alojamiento, ropa ni otros
artículos proporcionados a su empleado doméstico que no sean
en efectivo.
Transportación (beneficios de transporte). Para el 2014,
por lo general, usted puede darle a su empleado beneficios de

Línea 1. Anote en la línea 1 el total de salarios en efectivo
pagados en 2014 (vea Salarios en efectivo, anteriormente) a
cada empleado doméstico que cumple con el requisito de los
$1,900, que se explicó anteriormente.
-4-

Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)

Multas, intereses o contribuciones administrativas especiales
que no están incluidas en la tasa de contribución que el estado
le asignó a usted ni
Aportaciones voluntarias que pagó para obtener una tasa de
experiencia más baja. Para más información vea las
instrucciones para la línea 17.
Si efectuó pagos a un estado (o territorio) con reducción en el
crédito, vea las instrucciones para la línea 23.

Si en el 2014 le pagó a un empleado doméstico salarios
en efectivo mayores de $117,000, incluya en la línea 1
´
PRECAUCION
sólo los primeros $117,000 de los salarios en efectivo
de ese empleado.

!

Línea 2. Multiplique la cantidad de la línea 1 por el 12.4% (.124)
y anote el resultado en la línea 2.
Línea 3. En la línea 3, anote el total de salarios (vea Salarios
en efectivo, anteriormente) que se le pagó a cada empleado
que reunió el requisito de los $1,900 en el 2014. No hay límite
sobre la cantidad de salarios sujetos a la contribución al
Medicare.

DRAFT AS OF
September 30, 2014
Líneas 10 a la 12. Conteste las preguntas de la línea 10 a la
línea 12 para determinar si tiene que completar la Sección A o
la Sección B de la Parte II.
Personas que radican a base de año fiscal. Si pagó todas
las contribuciones del desempleo estatal de 2014 para la fecha
de vencimiento de su planilla (sin incluir prórrogas), marque el
encasillado “Sí” en la línea 11. Marque el encasillado “No” si no
pagó todas sus contribuciones estatales para la fecha de
vencimiento de su planilla.

Línea 4. Multiplique la cantidad de la línea 3 por el 2.9% (.029)
y anote el resultado en la línea 4.
Línea 5. Anote en la línea 5 el total de salarios pagados en
efectivo (vea Salarios en efectivo, anteriormente) a cada
empleado en 2014 que fue en exceso de $200,000.

Línea 14. Anote el total de las contribuciones (definidas
anteriormente) que pagó a su fondo estatal para el desempleo
en el 2014. Si no tuvo que hacer ninguna aportación debido a
que el estado le había asignado una tasa de experiencia del
cero por ciento, escriba “tasa del 0%” en la línea 14.

Línea 6. Multiplique la cantidad de la línea 5 por el 0.9% (.009)
y anote el resultado en la línea 6.
Nota: La línea 7 no le corresponde a los patronos en Puerto
Rico.

Línea 8. Sume las cantidades de las líneas 2, 4 y 6 y anote el
resultado en la línea 8.

Línea 15. Anote el total de salarios en efectivo (vea Salarios
en efectivo, anteriormente) que le pagó en el 2014 a cada
empleado doméstico, incluidos los empleados a los cuales les
pagó menos de $1,000. Sin embargo, no incluya los salarios en
efectivo pagados durante 2014 a cualquiera de las siguientes
personas:
Su cónyuge.
Su hijo menor de 21 años de edad.
Su padre o su madre.
Si le pagó a un empleado doméstico más de $7,000 en 2014,
incluya en la línea 15 sólo los primeros $7,000 de salarios en
efectivo que le pagó a ese empleado.

Línea 9. Revise los salarios en efectivo que pagó a todos sus
empleados domésticos en cada trimestre natural de 2013 y
2014. ¿Es el total de cualquier trimestre natural de 2013 ó 2014
$1,000 o más?
Sí. Complete la Parte II del Anexo H-PR.
No. Siga las instrucciones a continuación.
Personas que radican el Formulario 1040-PR. Anote la
cantidad de la línea 8 del Anexo H-PR en la línea 4 de la Parte I
del Formulario 1040-PR. Radique el Anexo H-PR junto con su
planilla.

Crédito para el año 2014. Para el año 2014, el crédito que
usted puede tomar por toda contribución que efectúe después
del 15 de abril de 2015 al fondo estatal para el desempleo está
limitado al 90% del crédito que pudo haber tomado, si de otro
modo hubiese efectuado los pagos a más tardar el 15 de abril
de 2015.
Si efectuó contribuciones al fondo estatal para el desempleo
después de la fecha de vencimiento para la radicación del
Formulario 1040-PR, tiene que completar la Hoja de Trabajo
para el Crédito por Contribuciones Efectuadas Después de
la Fecha de Vencimiento para calcular el crédito
correspondiente.

Todos los demás contribuyentes. Complete la Parte IV del
Anexo H-PR. Después siga las instrucciones que aparecen en
Cuándo y dónde radicar, anteriormente.

Parte II. Contribución Federal para el
Desempleo (FUTA)

La contribución federal para el desempleo (FUTA, por sus siglas
en inglés) junto con los sistemas de desempleo estatales,
provee pagos de compensación por desempleo a los
trabajadores que han perdido su empleo. La mayoría de los
patronos pagan ambas contribuciones: la contribución FUTA y
la contribución estatal para el desempleo.

Línea 16. Multiplique los salarios de la línea 15 por .6% (.006).
Anote esta cantidad en la línea 16.

La tasa de la contribución FUTA es 6.0% (.060). Pero vea
Crédito por contribuciones pagadas a su estado, a
continuación. No deduzca la contribución FUTA de los salarios
que le pague a su empleado. Debe pagarla de los fondos suyos.

!

´
PRECAUCION

Crédito por contribuciones pagadas a su estado. Puede
obtener un crédito de hasta un máximo del 5.4% aplicado a la
contribución FUTA, lo cual resulta en una tasa contributiva neta
del 0.6% (.006). Pero para hacerlo, deberá pagar todas las
contribuciones requeridas de 2014 al fondo de desempleo
estatal de su estado o al Negociado de Seguridad de Empleo de
Puerto Rico para el 15 de abril de 2015. Las personas que
radican usando el año fiscal deberán pagar todas las
contribuciones requeridas para 2014 a más tardar en la fecha de
vencimiento requerida para radicar su planilla federal (sin incluir
prórrogas).
Las contribuciones son pagos que el estado requiere que
usted, en su capacidad de patrono, haga a su fondo de
desempleo para costear los pagos de la compensación por
desempleo. Sin embargo, las aportaciones no incluyen:
Cualquier pago deducido o deducible del salario pagado a su
empleado;
Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)

Complete las líneas 17 a la 24 sólo si marcó el
encasillado “No” en las líneas 10, 11 ó 12.

Línea 17. Complete todas las columnas que le correspondan.
De no hacerlo, no podrá obtener el crédito. Si necesita más
espacio, adjunte una hoja usando el mismo formato de la línea
17. El Negociado de Seguridad de Empleo le proveerá una tasa
de experiencia. Si no sabe cuál es su tasa, comuníquese con el
Negociado de Seguridad de Empleo, llamando al 787-754-5818.
Tiene que llenar las columnas (a), (b) y (h) aun cuando no
se le haya asignado una tasa de experiencia. Si se le asignó una
tasa de experiencia del 5.4% o mayor, tendrá que completar las
columnas (c) y (d). Si se le asignó una tasa de experiencia
menor del 5.4%, deberá llenar todas las columnas.
Si le fue asignada una tasa de experiencia por sólo una parte
del año o si la tasa le fue cambiada durante el año, tiene que
completar una línea separada para cada período de tasa.
Columna (b). Anote los salarios tributables sobre los cuales
tiene que pagar contribuciones al fondo de desempleo del
estado que aparece en la columna (a). Si la tasa de experiencia
-5-

Hoja de Trabajo para el Crédito por Contribuciones Efectuadas
Después de la Fecha de Vencimiento
1.
2.
3.
4.

Guarde para Sus Registros

Anote la cantidad de la línea 22 del Anexo H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.
Anote la cantidad de la línea 19 del Anexo H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.
Reste la línea 2 de la línea 1. Si es cero o menos, anote -0- . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.
Anote el total de las contribuciones pagadas al (a los) estado(s) después de la fecha de vencimiento
para la radicación del Formulario 1040-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.
Anote la cantidad menor entre la línea 3 o la línea 4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.

DRAFT AS OF
September 30, 2014
5.

6.

7.

8.

9.

Multiplique la línea 5 por 90% (.90) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.
Sume las líneas 2 y 6 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.

Anote la cantidad menor entre la cantidad de la línea 1 o la línea 7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.
¿Efectuó pagos a un estado con reducción en el crédito?
Sí. Anote la cantidad de la línea 8 en la línea 1 de la Hoja de Trabajo para Patronos en Estados con Reducción en el
Crédito y anote el total en la línea 23 del Anexo H-PR.
No. Anote la cantidad de la línea 8 en la línea 23 del Anexo H-PR.

Hoja de Trabajo para Patronos en Estados con Reducción en el
Crédito
1.

2.
3.

Marque
Aquí (X)

4.
5.

Guarde para Sus Registros

Anote la cantidad menor entre la línea 19 o la línea 22 del Anexo H-PR (Si ha completado la
Hoja de Trabajo para el Crédito por Contribuciones Efectuadas Después de la Fecha de
Vencimiento, anote la cantidad de la línea 8 de esa hoja de trabajo) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.
Anote el total de los salarios sujetos a la contribución FUTA, de la línea 20 del Anexo
H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.
Coloque una “X” en el encasillado para CADA estado (o territorio) en donde estuvo obligado a pagar contribuciones estatales
para el desempleo este año. Si todos los estados (o territorios) que marca tienen una reducción en el crédito de cero, no tiene
que completar esta hoja de trabajo. Si tiene un (unos) estado(s) con reducción en el crédito, anote los salarios sujetos a la
contribución FUTA, multiplique esta cantidad por la tasa de reducción y luego anote la cantidad de reducción en el crédito para
ese estado o territorio. Si algún estado o territorio no le corresponde, déjelo en blanco.
Estado o Territorio

Salarios Sujetos a la
Contribución FUTA

Tasa de Reducción

Reducción en el Crédito

Puerto Rico

.

× .000

=

.

Islas Vírgenes Estadounidenses

.

× .XXX

=

.

Total de la reducción en el crédito. Sume las cantidades que aparecen en las casillas
Reducción en el crédito. Anote el total aquí . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.
Reste la línea 4 de esta hoja de trabajo de la línea 1 de esta hoja de trabajo y anote el resultado
aquí y en la línea 23 del Anexo H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.

es del cero por ciento (0%), anote la cantidad de salarios sobre
la cual habría tenido que pagar contribuciones si esta tasa de
experiencia no hubiera sido concedida.
Columna (h). Anote el total de contribuciones (definidas
anteriormente) que pagó al Negociado de Seguridad de Empleo
correspondiente a 2014 para el 15 de abril de 2015. Los
contribuyentes que radican en base al año fiscal deberán anotar
el total de contribuciones correspondiente a 2014 que pagaron
al Negociado de Seguridad de Empleo para la fecha de
vencimiento de su planilla (sin incluir prórrogas). Si reclama
créditos en exceso como aportaciones a la contribución estatal
para el desempleo, adjunte una copia de la carta que recibió del
Negociado de Seguridad de Empleo.

Línea 21. Multiplique los salarios de la línea 20 por 6.0% (.060).
Anote el resultado en la línea 21.
Línea 22. Multiplique los salarios de la línea 20 por 5.4% (.054).
Anote el resultado en la línea 22.
Línea 23. Anote la cantidad que sea menor entre la que
aparece en la línea 19 y la de la línea 22.
Complete la Hoja de Trabajo para Patronos en Estados
con Reducción en el Crédito únicamente si usted es un
patrono de un empleado doméstico en un estado con reducción
en el crédito. Un estado (o territorio) es un “estado con
reducción en el crédito”, si la cantidad en la columna Tasa de
Reducción para el estado o territorio es mayor que cero.

Línea 18. Sume las cantidades de las columnas (g) y (h) por
separado y anote los totales en los espacios provistos.

Para el año 2014, Puerto Rico no es un estado con
reducción en el crédito. Si pagó salarios sujetos a la
contribución FUTA en Puerto Rico únicamente, no tiene
que completar la Hoja de Trabajo para Patronos en Estados
con Reducción en el Crédito.
CONSEJO

Línea 19. Sume las cantidades indicadas en la línea 18 y anote
el resultado en la línea 19.
Línea 20. Anote el total de los salarios pagados en efectivo
sujetos a la Contribución Federal para el Desempleo (FUTA).
Vea las instrucciones para la línea 15 para más información.
-6-

Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)

Parte III. Total de Contribuciones sobre el
Empleo de Empleados Domésticos

Los pagos de la contribución estimada deberán hacerse
a medida que la deuda contributiva se incurra, a más
´
PRECAUCION
tardar el: 15 de abril de 2014, 16 de junio de 2014, 15
de septiembre de 2014 y el 15 de enero de 2015. Si usted
presenta el Formulario 1040-PR para el 2 de febrero de 2015 y
paga la cantidad de contribuciones que adeuda, no va a tener
que hacer el pago de la contribución estimada que se debe para
el 15 de enero de 2015.

!

Línea 25. Anote la cantidad de la línea 8. Si no hay ninguna
cantidad en la línea 8, anote -0-.
Línea 26. Sume las cantidades de las líneas 16 y 25. Si se le
requirió completar la Sección B de la Parte II, sume las
cantidades de las líneas 24 y 25 y anote el total en la línea 26. Si
tiene que radicar el Formulario 1040-PR, anote la cantidad de la
línea 26 del Anexo H-PR en la línea 4 de la Parte I del
Formulario 1040-PR. Si no tiene que radicar el Formulario
1040-PR, complete la Parte IV del Anexo H-PR y siga las
instrucciones bajo Cuándo y dónde radicar.

DRAFT AS OF
September 30, 2014
Excepción. Usted no será multado por no hacer el pago de
contribuciones estimadas si tanto el punto (1) y (2), indicados a
continuación, le corresponden para el año:
1. Usted no tendrá contribuciones federales sobre los
ingresos retenidas de su salario o sueldo, pensión o cualesquier
otros pagos que usted reciba.
2. Sus contribuciones federales sobre los ingresos, sin
incluir la contribución sobre el Empleo de Empleados
Domésticos, no sería lo suficiente para requerirle el pago de la
contribución estimada.

Preparadores remunerados

Para uso exclusivo del preparador remunerado. Tiene que
completar esta parte si le pagaron por preparar el Anexo H-PR y
no era empleado de la entidad que radica la planilla y no está
adjuntando el Anexo H-PR al Formulario 1040-PR. Tiene que
firmar en el espacio provisto y entregarle al contribuyente una
copia de la planilla además del original de la misma que se
radicará ante el IRS.

¿Qué récords debo mantener?

Tiene que conservar copias del Anexo H-PR y los Formularios
499R-2/W-2PR y W-3PR durante un período de 4 años después
de la fecha de vencimiento para radicar el Anexo H-PR o la
fecha en que se pagaron las contribuciones, la que sea más
tarde. Si tiene que radicar el Formulario 499R-2/W-2PR,
mantenga también un récord con el nombre y el SSN de cada
empleado. Cada día de pago, deberá mantener un récord en el
que consten las fechas y las cantidades de:
Los pagos de salarios tanto en efectivo como en especie,
Toda contribución al Seguro Social retenida correspondiente
al empleado y
Toda contribución al Medicare retenida correspondiente al
empleado.

Formulario 499R-2/W-2PR y Formulario W-3PR
Si radica el Formulario 499R-2/W-2PR, también tiene que
radicar el Formulario W-3PR.

Los encabezamientos de los encasillados le indican qué
clase de información deberá anotar. Los Formularios 499R-2/
W-2PR y W-3PR completados en el ejemplo de estas
instrucciones muestran cómo se hacen las anotaciones.
Contribuciones correspondientes al empleado pagadas
por el patrono. Si pagó en su totalidad la parte
correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare sin deducirlas de los salarios del empleado,
siga los pasos 1 al 3, a continuación. (Vea el ejemplo en estas
instrucciones):
1. Anote la cantidad total que pagó por el empleado en los
encasillados 18 y 20. (No incluya la parte de estas
contribuciones que le corresponde a usted).
2. Sume las cantidades de los encasillados 17, 18 y 20.
(Sin embargo, si la cantidad del encasillado 19 es mayor que la
cantidad del encasillado 17, sume las cantidades de los
encasillados 18, 19 y 20).
3. Anote el resultado en el encasillado 7 del Formulario
499R-2/W-2PR.
CONSEJO

Reglas para patronos de
establecimientos comerciales

No use el Anexo H-PR si optó por declarar las contribuciones
sobre la nómina de sus empleados domésticos junto con las de
los otros empleados suyos en el Formulario 941-PR, Planilla
para la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono, en el
Formulario 943-PR, Planilla para la Declaración Anual de la
Contribución Federal del Patrono de Empleados Agrícolas, o en
el Formulario 944(SP), Declaración Federal ANUAL de
Impuestos del Patrono o Empleador. Si decide declarar de esta
manera, asegúrese de incluir los salarios de sus empleados
domésticos en el Formulario 940-PR, Planilla para la
Declaración Federal Anual del Patrono de la Contribución
Federal para el Desempleo (FUTA).

Marque una “X” en el encasillado Doméstico del
recuadro a, Clase de pagador, del Formulario W-3PR.

Pagos estatales por incapacidad

Ciertos pagos del plan estatal para individuos incapacitados
efectuados a empleados domésticos son tratados como salarios
sujetos a la contribución al Seguro Social y a la contribución al
Medicare. Si su empleado recibió pagos de esa clase de plan
estatal, el estado (Hacienda) le proporcionará un comprobante
anual que le indicará el importe total de los pagos y las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare. Si el estado le
retuvo las contribuciones al Seguro Social y al Medicare sobre
esos pagos, reste la cantidad de dichas contribuciones
retenidas por el estado de la cantidad de la línea 8. Escriba en
inglés la palabra “Disability” (Incapacidad) y anote la cantidad
del ajuste en la línea de puntos junto a la línea 8. Vea el
comprobante emitido por el estado (Hacienda) para más
información.

Para más información sobre la radicación electrónica de los
Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR, visite el sitio web
Servicios para empresas por Internet de la SSA,
www.socialsecurity.gov/bso/bsowelcomespanish.htm, en
español.

Información que también debe saber
Multa por la contribución estimada

Es posible que necesite realizar pagos de contribuciones
estimadas para así evitar la Multa por la Contribución Estimada,
la cual se calcula a base de las contribuciones por su empleado
doméstico indicadas en la línea 26 del Anexo H-PR. Haga el
pago de la contribución estimada radicando el Formulario
1040-ES(PR), Contribuciones Federales Estimadas del Trabajo
por Cuenta Propia y sobre el Empleo de Empleados
Domésticos—Puerto Rico. Para más información, vea la Pub.
179, (Circular PR), Guía Contributiva Federal para Patronos
Puertorriqueños.
Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)

Cómo se corrige el Anexo H-PR

Si necesita corregir un Anexo H-PR que ha radicado
anteriormente junto con el Formulario 1040-PR, radique un
Formulario 1040-PR corregido y adjunte un Anexo H-PR
corregido. En la parte superior de su Anexo H-PR corregido y
-7-

también del Formulario 1040-PR, escriba en inglés la palabra
“CORRECTED” (Corregido) en negrillas o con tinta roja, si es
posible, seguido por la fecha en que descubrió el error.
Si necesita corregir un Anexo H-PR autónomo (por sí sólo),
radique otro Anexo H-PR autónomo con la información
corregida. En la parte superior derecha de su Anexo H-PR
corregido, escriba en inglés la palabra “CORRECTED”
(Corregido) en negrillas o con tinta roja, si es posible, seguido
por la fecha en que descubrió el error.
Si adeuda contribuciones, pague el saldo completo con su
Formulario 1040-PR corregido o con el Anexo H-PR autónomo
corregido. Si pagó contribución en exceso en un Anexo H-PR
previamente radicado, dependiendo de si usted ajusta o
reclama un reembolso, tendrá que certificar que le devolvió o
reembolsó al empleado la parte que le corresponde a dicho
empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare,
o que usted ha obtenido el consentimiento de sus empleados
para reclamar un reembolso de las contribuciones de los
empleados. Vea la Pub. 926, Household Employer's Tax Guide
(Guía de contribuciones para patronos de empleados
domésticos), en inglés, para ver las instrucciones en su
totalidad.
Si desea ajustar los salarios de un empleado sujetos a la
contribución al Seguro Social o al Medicare de un año anterior,
debe radicar también el Formulario 499R-2c/W-2cPR,
Corrección al Comprobante de Retención, junto con el
Formulario W-3c PR, Transmisión de Comprobantes de
Retención Corregidos.

Juana trabajó para Hilda el resto del año (un total de 46
semanas). A continuación aparece parte de la información que
Hilda va a necesitar para completar el Anexo H-PR, el
Formulario 499R-2/W-2PR y el Formulario W-3PR.
Total de salarios pagados en efectivo a
Juana . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Parte de la contribución que le
corresponde a Juana:
Al Seguro Social . . .

$2,300.00
($50 x 46 semanas)

DRAFT AS OF
September 30, 2014
Al Medicare

. . . . .

. . . . . . . . . . .

$142.60
($2,300 x 6.2% (.062))
$33.35
($2,300 x 1.45% (.0145))

Total de salarios en efectivo pagados a Juana durante cada
trimestre natural:
1er trimestre . . . . . . . . . .
$350.00 ($50 x 7 semanas)
2do trimestre . . . . . . . . . .
$650.00 ($50 x 13 semanas)
3er trimestre . . . . . . . . . .
$650.00 ($50 x 13 semanas)
4to trimestre . . . . . . . . . .
$650.00 ($50 x 13 semanas)

Cantidad incluida en el encasillado 7 del Formulario 499R-2/W-2PR y el
encasillado 1 del Formulario W-3PR:
Salarios en efectivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
$2,300.00
Parte pagada por Hilda de la contribución al Seguro
Social correspondiente a Juana . . . . . . . . . . . .
142.60
Parte pagada por Hilda de la contribución al Medicare
33.35
correspondiente a Juana . . . . . . . . . . . . . . . .
Total

Cómo obtener formularios y
publicaciones

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

$2,475.95

Debido a que Hilda pagó menos de $1,000 por trimestre a
empleados domésticos durante 2013 (no tuvo empleados) y
2014 (vea anteriormente), ella no está sujeta a la contribución
FUTA.

Puede obtener los formularios y publicaciones del IRS
mencionados en estas instrucciones visitando el sitio web del
IRS, www.irs.gov/espanol, o llamando al 1-800-TAX-FORM
(1-800-829-3676).

Al llenar el Formulario 499R-2/W-2PR y el Formulario
W-3PR, por favor—
Escriba a maquinilla o use letra de molde en tinta negra, si es
posible.
Escriba todas las cantidades monetarias sin el signo de dólar
($) ni la coma, pero sí escriba el punto decimal (por ejemplo,
2475.95, no $2,475.95).
No redondee las cantidades, escriba la porción de centavos
en la cantidad.

Ejemplo de cómo completar el Anexo
H-PR, el Formulario 499R-2/W-2PR y
el Formulario W-3PR

El 12 de febrero de 2014, Hilda del Valle empleó a Juana Peña
para que limpiara su casa todos los miércoles. Hilda no tuvo
ningún empleado doméstico en 2013 y no tuvo ningún otro
empleado doméstico además de Juana en 2014.
Hilda le pagó a Juana $50 todos los miércoles por haber
trabajado ese día. Hilda decidió no retenerle a Juana la parte
correspondiente de las contribuciones al Seguro Social y al
Medicare del salario que le pagaba a Juana. En vez de hacer
eso, Hilda paga de sus fondos personales la parte
correspondiente a Juana.

Nota: Aunque no se muestra, Hilda también tendrá que llenar la
información sobre la retención local, o sea la información
requerida por el Departamento de Hacienda, en el Formulario
499R-2/W-2PR.

-8-

Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)

ANEXO H-PR
(Formulario 1040-PR)

Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Nombre del patrono

Contribuciones sobre el Empleo
de Empleados Domésticos

OMB No. 1545-0090

2014

(Para las Contribuciones al Seguro Social, Medicare y Federal para el Desempleo (FUTA))
▶ Adjúntelo al Formulario 1040-PR.
▶ Para más información sobre el Anexo H-PR y sus Instrucciones por separado vea
www.irs.gov/form1040pr.

Secuencia
de unión núm. 44
Número de Seguro Social

DRAFT
AS
OF
Internal Use Only
September
30,
DRAFT AS
OF2014
000-11-1111

Número de identificación patronal (EIN)

Hilda del Valle

0

0

1

2

3

4

5

6

7

Los contribuyentes que radican a base de año natural que no tenían empleados domésticos en 2014 no tienen que llenar este formulario para el
año 2014.

A

¿Le pagó a algún empleado doméstico salarios en efectivo ascendentes a $1,900 o más en 2014? (Si alguno de sus
empleados domésticos era su cónyuge, hijo menor de 21 años de edad, uno de sus padres o cualquier persona menor de
18 años de edad, vea las instrucciones para la línea A antes de contestar esta pregunta).

 Sí.

Haga caso omiso de la pregunta B y siga hasta la línea 1.
No. Siga a la pregunta B.

B

September 8, 2014

¿Le pagó a todos los empleados domésticos salarios en efectivo en su totalidad ascendentes a $1,000 o más en
cualquier trimestre natural de 2013 ó 2014? (No cuente los salarios en efectivo pagados en 2013 ó 2014 a su cónyuge,
hijo menor de 21 años de edad o a uno de sus padres).
No. No siga. No radique este anexo.
Sí. Haga caso omiso de la Parte I y siga a la línea 10.

Parte I
1

Contribuciones al Seguro Social y al Medicare

Total de salarios pagados en efectivo sujetos a la contribución al
Seguro Social . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2300

1

00
2

285

20

.

4

66

70

Retención de la Contribución Adicional al Medicare. Multiplique la línea 5 por el 0.9% (.009) .

6

8

Total de contribuciones al Seguro Social y al Medicare. Sume las líneas 2, 4 y 6 .

8

351

90

9

¿Le pagó a todos los empleados domésticos salarios en efectivo en su totalidad ascendentes a $1,000 o más en
cualquier trimestre natural de 2013 ó 2014? (No cuente los salarios en efectivo pagados en 2013 ó 2014 a su cónyuge,
hijo menor de 21 años de edad o a uno de sus padres).

2

Contribución al Seguro Social. Multiplique la línea 1 por el 12.4% (.124)

3

Total de salarios pagados en efectivo sujetos a la contribución al
Medicare . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4

Contribución al Medicare. Multiplique la línea 3 por el 2.9% (.029) .

5

Total de salarios pagados en efectivo sujetos a la retención de
la Contribución Adicional al Medicare . . . . . . . . . .

6

.

.

.

.

.

.

2300

3
.

.

.

.

.

.

.

.

.

00

5

7

 No.
Sí.

.

.

.

No siga. Incluya la cantidad de la línea 8 de este formulario en la línea 4 de la Parte I del Formulario 1040-PR. Si
no está obligado a radicar el Formulario 1040-PR, vea las instrucciones para la línea 9 de este formulario.
Siga a la línea 10.

Para el Aviso sobre la Ley de Confidencialidad de Información
y la Ley de Reducción de Trámites, vea las instrucciones.

Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)

Cat. No. 21446E

-9-

Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 2014

Formulario
Form 499R-2/W-2PR
Rev. 09.14

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO - COMMONWEALTH OF PUERTO RICO
DEPARTAMENTO DE HACIENDA - DEPARTMENT OF THE TREASURY

COMPROBANTE DE RETENCION - WITHHOLDING STATEMENT

222

1. Nombre - First Name

3. Núm. Seguro Social
Social Security No.

Juana

000-00-4567

INFORMACION PARA EL DEPARTAMENTO DE
HACIENDA - DEPARTMENT OF THE TREASURY
INFORMATION

INFORMACION PARA EL SEGURO SOCIAL

7. Sueldos - Wages

17. Total Sueldos Seguro Social
Social Security Wages

2475.95

8. Comisiones - Commissions

SOCIAL SECURITY INFORMATION

2300.00

DRAFT AS OF
September 30, 2014
4 . Núm. de Ident. Patronal
Employer Ident. No. (EIN)

Apellido(s) - Surname(s)

Peña

00-1234567

Dirección Postal del Empleado - Employee's Mailing Address

Calle Principal #1
San Juan, PR 00930

2. Nombre y Dirección Postal del Patrono
Employer's Name and Mailing Address

Hilda del Valle
Paseo Covadonga #1
San Juan, PR 00900

Número de Teléfono del Patrono
Employer's Telephone Number
Fecha Cese de Operaciones:
Cease of Operations Date:

Día
Mes
Año
Day ______ Month ______ Year ______

Número Confirmación de Radicación Electrónica
Electronic Filing Confirmation Number

Número Control - Control Number

9. Concesiones - Allowances

5. Costo de cubierta de salud auspiciada 10. Propinas - Tips
por el patrono - Cost of employersponsored health coverage
11. Total = 7 + 8 + 9 + 10

6. Donativos
Charitable Contributions

Patrono: - Employer:

2475.95

12. Gastos Reemb. y Beneficios Marginales
Reimb. Expenses and Fringe Benefits
13. Cont. Retenida - Tax Withheld

Envíe a: - Send to:
Social Security Administration
14. Fondo de Retiro Gubernamental
Data Operations Center
Governmental Retirement Fund
Wilkes-Barre, PA 18769-0001
Con la
With the W-3PR
15. Aportaciones a Planes Cualific.
Contributions to CODA PLANS
Envíe al Departamento de Hacienda
electrónicamente
Send to Department of the Treasury
16. Salarios Exentos (Ver instrucciones)
electronically
Exempt Salaries (See instructions)
(www.hacienda.gobierno.pr)
Entregue dos copias al empleado
Deliver two copies to employee 16A. Código de Salarios Exentos
Conserve copia para sus récords
Exempt Salaries Code
Keep copy for your records

Año:
Year:

2014

16B. Aportaciones al Programa Ahorra y
Duplica tu Dinero - Contributions to the
Save and Double your Money Program

18. Seguro Social Retenido
Social Security Tax Withheld

142.60

19. Total Sueldos y Pro. Medicare
Medicare Wages and Tips

2300.00

20. Contrib. Medicare Retenida
Medicare Tax Withheld

33.35

21. Propinas Seguro Social
Social Security Tips

22. Seguro Social no Retenido
en Propinas - Uncollected
Social Security Tax on Tips

23. Contrib. Medicare no Retenida
en Propinas - Uncollected
Medicare Tax on Tips

Fecha de radicación: 31 de enero - Filing date: January 31

-10-

Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)

NO USE GRAPAS NI LO DOBLE
3333
a

▶

OMB No. 1545-0008
941-PR 943-PR

Clase
de
pagador

DO NOT STAPLE OR FOLD

For Official Use Only

b Total de Formularios 499R-2/W-2PR

944(SP)

adjuntos (Terceros pagadores deberán ver
las instrucciones por separado.)
Total number of Forms 499R-2/W-2PR
(See the separate instructions if you are a
3rd-party payer.)

1 Sueldos—Wages

10 Total Sueldos Seg. Soc.
Soc. Security Wages

2,300.00

2,475.95

DRAFT AS OF
September 30, 2014
Doméstico
Household

Comp. por enferm.
de tercero pagador
3rd-party sick pay

2 Comisiones—Commissions

11 Contribución al Seguro Social
Retenida—Soc. Sec. Tax Withheld

3 Concesiones—Allowances

12a Total Sueldos y Prop. Medicare
Medicare Wages and Tips

Employer identification number (EIN)

4 Propinas—Tips

12b

Employer’s name

5 Total = 1 + 2 + 3 + 4

142.60

X

Kind
of payer

Sólo empleados Medicare
Medicare employees only

c Número de identificación patronal (EIN)

2,300.00

00-1234567

d Nombre del patrono

Hilda del Valle

13 Contrib. Medicare Retenida
Medicare Tax Withheld

2,475.95

6 Gastos Reemb. y Benef. Margin.
Reimb. Expenses and Fringe Benefits

Paseo Covadonga #1
San Juan, PR 00900

7 Contribución Retenida
Tax Withheld

Otro número de identificación patronal usado este año—Other EIN used this year

Persona de contacto—Contact person

Hilda del Valle

15 Contribución del Seguro
Social No Retenida en Propinas—
Uncollected Soc. Sec. Tax on Tips

8 Fondo de Retiro
Retirement Fund

e Dirección y código postal (ZIP) del patrono
Employer’s address and ZIP code
f

33.35

14 Propinas (Seguro Social)
Social Security Tips

No. de teléfono—Telephone number

123-456-7890

9 Aportaciones a Planes Calificados
Contributions to CODA PLANS

No. de Fax—Fax number

16 Contrib. Medicare No Retenida
en Propinas—Uncollected
Medicare Tax on Tips

Dirección de email—Email address

Bajo pena de perjurio, declaro que he examinado esta planilla y los documentos adjuntos, y que a mi leal saber y entender, son verídicos, correctos y completos.
Under penalties of perjury, I declare that I have examined this return and accompanying documents and, to the best of my knowledge and belief, they are true, correct, and
complete.
Firma ▶
Signature

Formulario
Form

Hilda del Valle

W-3PR

Cargo
Title

Fecha
Date

▶

Informe de Comprobantes de Retención
Transmittal of Withholding Statements

Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)

-11-

▶

2014

1/29/15
Department of the Treasury
Internal Revenue Service

que el IRS divulgue o provea tal información a terceros, tal como
se describe en el Código. Por ejemplo, podemos divulgar su
información contributiva al Departamento de Justicia para casos
de litigio civil y penal y a las ciudades, estados, el Distrito de
Columbia, estados libres asociados con los Estados Unidos y
territorios no autónomos de los Estados Unidos a fin de
ayudarlos en la aplicación de sus respectivas leyes
contributivas. Podemos también divulgar esta información a
otros países si los mismos tienen un tratado tributario con los
EE.UU., a las agencias del gobierno federal y estatal para hacer
cumplir las leyes penales federales no contributivas o a las
agencias federales encargadas de hacer cumplir la ley y a
agencias de inteligencia para combatir el terrorismo.

Aviso sobre la Ley de
Confidencialidad de Información y la
Ley de Reducción de Trámites
Solicitamos la información requerida en este formulario para
cumplir con las leyes que regulan la recaudación de las rentas
internas de los Estados Unidos. Usted está obligado a darnos
esta información. La necesitamos para asegurarnos de que
usted cumpla con dichas leyes y también para calcular y cobrar
la cantidad correcta de contribución. Si no nos da la información
que le solicitamos o si nos da información falsa o fraudulenta,
puede estar sujeto a multas.

DRAFT AS OF
September 30, 2014
Los promedios de tiempo requeridos para completar y
radicar este formulario variarán dependiendo de las
circunstancias individuales. Los promedios de tiempo estimado
están aprobados bajo el número de control 1545-0090 de la
OMB y son los siguientes: Mantener los récords, 33 min.;
Aprender acerca de la ley o sobre este formulario, 6 min.;
Preparar este formulario, 1 hr.; Copiar, organizar y enviar
este formulario al IRS, 34 min.

No está obligado a facilitar la información solicitada en un
formulario sujeto a la Ley de Reducción de Trámites, a menos
que el mismo muestre un número de control válido de la Office
of Management and Budget (Oficina de Administración y
Presupuesto, u OMB, por sus siglas en inglés). Los libros o
récords relativos a un formulario o sus instrucciones deberán ser
conservados mientras su contenido pueda ser utilizado en la
aplicación de toda ley contributiva federal.

Si desea hacer algún comentario acerca de la exactitud de
estos estimados de tiempo o si desea hacer alguna sugerencia
que ayude a que este formulario sea más sencillo, por favor,
envíenoslos. Nos puede enviar comentarios desde la página
web www.irs.gov/formspubs. Pulse sobre el enlace Give us
feedback (Proveer comentarios). O puede enviar sus
comentarios al Internal Revenue Service, Tax Forms and
Publications Division, 1111 Constitution Ave. NW, IR-6526,
Washington, DC 20224. No envíe el Anexo H-PR a esta
dirección. En vez de eso, vea Cuándo y dónde radicar,
anteriormente.

El Subtítulo C, Employment Taxes (Contribuciones sobre la
nómina) del Código Federal de Rentas Internas impone dichas
contribuciones sobre los salarios. Se usa este formulario para
declarar la cantidad de contribuciones que usted debe. La
sección 6011 requiere que provea la información solicitada si le
corresponde la contribución. La sección 6109 requiere que
usted incluya su número de identificación.
Por regla general, las planillas de contribución y toda
información pertinente son confidenciales, conforme a la
sección 6103. No obstante, la sección 6103 permite o requiere

-12-

Instrucciones para el Anexo H-PR (1040-PR) (2014)


File Typeapplication/pdf
File Title2014 Instrucciones para el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR)
SubjectInstrucciones para el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el Empleo de Empleados Domésticos
AuthorW:CAR:MP:FP
File Modified2014-12-05
File Created2014-12-05

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