Download:
pdf |
pdf2013
Instrucciones para el Anexo
H-PR (Formulario 1040-PR)
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Contribuciones sobre el Empleo de Empleados Domésticos
Contenido
Página
Fechas Importantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Antes de que comience . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Qué Hay de Nuevo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Recordatorio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
¿Quién tiene que radicar el Anexo H-PR? . . . . . . .
¿Tiene un número de identificación patronal
(EIN)? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
¿Puede trabajar legalmente su empleado en
Puerto Rico? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Cuándo y dónde radicar . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Formulario 499R-2/W-2PR y Formulario W-3PR . .
Cómo completar el Anexo H-PR, el Formulario
499R-2/W-2PR y el Formulario W-3PR . . . . . .
Información que también debe saber . . . . . . . . . .
¿Qué récords debo mantener? . . . . . . . . . . . . . .
Reglas para patronos de establecimientos
comerciales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pagos estatales por incapacidad . . . . . . . . . . . . .
Cómo se corrige el Anexo H-PR . . . . . . . . . . . . .
¿Cómo puedo obtener formularios y
publicaciones? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Ejemplo de cómo completar el Formulario 499R-2/
W-2PR, el Formulario W-3PR y el Anexo
H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Aviso sobre la Ley de Confidencialidad de
Información y la Ley de Reducción de
Trámites . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Fechas Importantes
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
... 3
... 3
... 3
... 4
... 4
... 8
... 8
... 8
... 8
... 8
... 9
... 9
. . 13
Para el:
Usted deberá:
31 de enero de 2014
Darle a su empleado el Formulario
499R-2/W-2PR.
31 de enero de 2014
Enviarle al Departamento de
Hacienda de Puerto Rico la
Copia A de su Formulario 499R-2/
W-2PR, junto con el Formulario
499 R-3.
28 de febrero de 2014 (31 de
marzo de 2014 si radica
electrónicamente)
Enviarle a la SSA el original del
Formulario 499R-2/W-2PR, junto
con el Formulario W-3PR. Visite el
sitio web de la SSA,
www.socialsecurity.gov/employer,
en inglés, para más detalles.
15 de abril de 2014 (vea
Excepciones en estas
instrucciones)
Radicar el Anexo H-PR y pagar sus
contribuciones sobre el empleo de
empleados domésticos con su
Formulario 1040-PR de 2013.
Jan 09, 2014
1
1
1
2
2
Antes de que comience
Acontecimientos Futuros
Si desea obtener la información más reciente sobre todo
acontecimiento relacionado con el Anexo H-PR (Formulario
1040-PR) y sus instrucciones, tal como legislación
promulgada después de que éstos fueron publicados,
acceda a www.irs.gov/form1040pr.
Qué Hay de Nuevo
Cambios a las tasas de contribución y el límite superior
de los salarios. La tasa de contribución al Seguro Social
que le corresponde a la parte del empleado es 6.2%.
Anteriormente, la tasa de contribución al Seguro Social que
le corresponde a la parte del empleado era 4.2%. La tasa de
la contribución al Seguro Social que le corresponde a la
parte del patrono no ha cambiado y sigue siendo 6.2%. La
base salarial para la retención de la contribución al Seguro
Social es $113,700. La tasa de Medicare que le corresponde
al empleado y al patrono es 1.45% por cada parte. Estas
tasas permanecen igual que en el año 2012. No hay ninguna
base salarial para la contribución al Medicare. Las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare aplican a los
salarios pagados a empleados domésticos en efectivo, u
otra forma de remuneración equivalente, de $1,800 o más en
2013.
Para información sobre las tasas y límites salariales que
aplicarán en 2014, vea la Pub. 926, Household Employer’s
Tax Guide (Guía de contribuciones para patronos de
empleados domésticos), en inglés.
Retención de la Contribución Adicional al Medicare.
Además de retener la cantidad de 1.45% para la contribución
al Medicare, usted tiene que retener una cantidad de 0.9%
para la Contribución Adicional al Medicare por salarios
pagados a un empleado en exceso de $200,000 en un año
natural. Se le requiere que comience la retención de la
Contribución Adicional al Medicare en el período de pago en
el que le paga a un empleado un salario de más de $200,000
y después continuar la retención en cada período de pago
hasta el final del año natural. La Contribución Adicional al
Medicare sólo se le impone al empleado. No hay una porción
correspondiente al patrono de la Contribución Adicional al
Medicare. Todos los salarios que están sujetos a la
contribución al Medicare, están sujetos a la retención de la
Contribución Adicional al Medicare si éstos se pagan en
exceso del límite de $200,000.
Para más información sobre la Contribución Adicional al
Medicare, visite el sitio web IRS.gov y escriba “Additional
Medicare Tax” (Contribución Adicional al Medicare) en el
encasillado Search (Buscar). Dicha información está
disponible en inglés.
Cat. No. 22119E
¿Quién tiene que radicar el Anexo
H-PR?
Estados con reducción en el crédito. Un estado que no
ha reintegrado ingresos que pidió prestados al gobierno
federal a fin de pagar beneficios para el desempleo se
denomina un estado con reducción en el crédito. El
Departamento del Trabajo de EE.UU. determina cuáles son
estos estados. Si un patrono paga salarios que están sujetos
a las leyes de compensación por desempleo de un estado
con reducción en el crédito, ese patrono tiene que pagar la
obligación adicional de la contribución federal para el
desempleo.
Puerto Rico no es un estado (territorio) con reducción en
el crédito para 2013. Para el 2013, hay estados con
reducción en el crédito. Si ha pagado salarios que están
sujetos a las leyes de compensación por desempleo de un
estado con reducción en el crédito, su crédito contra la
contribución federal para el desempleo será reducido en
base a la tasa de reducción del crédito (es
decir, .003, .006, .009 ó .015) para ese estado con reducción
en el crédito.
Tendrá que radicar el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) si
contesta “Sí” a cualesquiera de las preguntas de las líneas
A o B del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR).
¿Tuvo un empleado doméstico? Si contrató a una
persona para que le hiciera trabajo doméstico y usted podía
controlar lo que el empleado tenía que hacer y cómo se
hacía, entonces se considera que esa persona fue su
empleado doméstico. Esto es así aun cuando le haya
otorgado al empleado cierta autonomía al desempeñar su
trabajo. Lo más importante es que usted haya tenido el
derecho de controlar los pormenores o detalles de cómo se
debía cumplir el trabajo.
Ejemplo. Usted le pagó a Ana Rivera por cuidar a su
niño y hacer trabajo doméstico ligero cuatro días a la
semana en la casa de usted. Ana seguía sus instrucciones
específicas acerca de sus deberes domésticos y sobre el
cuidado de su hijo. Usted le provee a Ana el equipo
doméstico y los materiales necesarios que necesita para
hacer su trabajo. Ana es su empleada doméstica.
Se define el trabajo doméstico como el trabajo hecho en
su residencia o en sus alrededores. Algunos ejemplos de
trabajadores que hacen trabajo doméstico son:
Recordatorio
Externalización de las obligaciones de nómina. Los
patronos son responsables de asegurar que las planillas de
contribuciones se radiquen y que los depósitos y pagos se
hagan, aun si el patrono contrata los servicios de un tercero
para hacerlo. El patrono sigue siendo el responsable aun si
el tercero no cumple con la acción requerida. Si opta por
externalizar cualquiera parte de su nómina y las obligaciones
relacionadas con las contribuciones (es decir, retención,
declarar y pagar las contribuciones al Seguro Social, al
Medicare y FUTA) a un tercero proveedor de servicios de
nómina, visite el sitio web IRS.gov y escriba “outsourcing
payroll duties”(externalización de las obligaciones de
nómina) en el encasillado Search (Buscar), para información
útil sobre este tema. Dicha información está disponible en
inglés.
Niñeras
Guardián (celador)
Personal de limpieza
Choferes
Profesionales de la salud
(auxiliares)
Ama de llaves
Nodriza (institutriz)
Enfermeras privadas
Jardineros
Si un trabajador es su empleado, no importa si trabaja a
tiempo completo o parcial, o si lo contrató a través de una
agencia o de una lista provista por una agencia o asociación.
Tampoco importa si los salarios pagados se basan en
trabajo realizado por hora, por día, por semana o a destajo.
Si usted recibe servicios de cuidado en el hogar mediante
un programa administrado por una agencia federal, estatal o
agencia del gobierno local, y la persona que proporciona su
cuidado es su empleado doméstico, usted puede pedirle al
IRS para autorizar a un agente conforme a la sección 3504
para que informe, radique y pague de parte de usted toda la
contribución patronal sobre la nómina, incluida la
contribución federal para el desempleo (FUTA) por su parte.
Para más información, vea el Formulario 2678, Employer/
Payer Appointment of Agent (Nombramiento de agente para
un empleador/pagador), en inglés.
Requisito de firma para los preparadores remunerados.
Su preparador remunerado tiene que firmar la Parte IV del
Anexo H-PR a menos que usted esté adjuntando el Anexo
H-PR al Formulario 1040-PR. El preparador remunerado
tiene que firmar el Anexo H-PR y facilitar la información
solicitada en la sección del formulario titulada Para uso
exclusivo del preparador remunerado si el preparador
recibió remuneración por preparar el Anexo H-PR y no era su
empleado. El preparador tiene que darle una copia adicional
de la planilla además del original que será radicado ante el
Servicio Federal de Rentas Internas (IRS, por sus siglas en
inglés).
Si tiene que radicar el Formulario de Puerto Rico 499R-2/
W-2PR, Comprobante de Retención, de 2013 para su
empleado doméstico, deberá radicar además el Formulario
W-3PR, Informe de Comprobantes de Retención, junto con
el original del (de los) Formulario(s) 499R-2/W-2PR, ante la
Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en
inglés). Se le recomienda que radique sus Formularios
499R-2/W-2PR y Formularios W-3PR por medios
electrónicos. Visite el sitio web de la SSA, Employer W-2
Filing Instructions & Information (Información e instrucciones
para el patrono sobre la radicación del Formulario W-2), en
inglés, en www.socialsecurity.gov/employer, para leer sobre
la radicación por medios electrónicos.
Nota: Si una agencia del gobierno o un agente tercero
radica y paga las contribuciones de empleo por salarios
pagados al trabajador doméstico de usted por su parte,
usted no necesitará radicar el Anexo H-PR para informar
esas contribuciones.
Trabajadores que no son empleados suyos. Los
trabajadores que contrata por medio de una agencia no son
sus empleados si la agencia es responsable de quién hace
el trabajo y cómo se hace. Las personas que trabajan por
cuenta propia tampoco se consideran empleados suyos. Un
trabajador trabaja por cuenta propia si solamente él o ella
tiene el derecho de dirigir y de controlar cómo se hace el
trabajo. Los trabajadores por cuenta propia, por lo general,
-2-
Service (Servicio de Inmigración y Naturalización o INS, por
sus siglas en inglés). El Formulario I-9 está disponible en
español para uso exclusivo en Puerto Rico y puede
encontrarlo en el sitio web www.uscis.gov/files/form/
I-9_Spanish.pdf. Deberá verificar que el empleado sea
ciudadano de los Estados Unidos de América o sea un
extranjero que esté autorizado a trabajar y, además, deberá
mantener dicho formulario en los récords de usted. Puede
obtener del USCIS el formulario y el Manual para
empleadores (conocido como el documento M-274,
disponible en español), llamando al 1-800-870-3676 o
visitando el sitio web del USCIS, www.uscis.gov/espanol.
usan sus propias herramientas y ofrecen sus servicios al
público como empresa independiente.
Ejemplo. Contrató a Juan Rodríguez para que le cortara
la grama. Juan tiene su propia empresa mediante la cual
ofrece servicios para cortar la grama al público en general.
Juan contrata a sus propios ayudantes, les enseña cómo
hacer el trabajo y dispone de sus propias herramientas y
materiales. Ni Juan ni sus ayudantes son empleados
domésticos suyos.
Vea la Pub. 926, Household Employer's Tax Guide (Guía
de contribuciones para patronos de empleados domésticos),
en inglés, para más información.
¿Qué ocurre con las contribuciones
al fondo de desempleo estatal de
Puerto Rico?
¿Quién debe radicar el Formulario
499R-2/W-2PR y el Formulario
W-3PR?
Si tuvo un empleado doméstico en el 2013, es probable que
tenga que pagar contribuciones al fondo de desempleo
estatal para el 2013. Para saber si tiene que hacerlo,
comuníquese con el Negociado de Seguridad de Empleo de
Puerto Rico al 787-754-5818 o visite el sitio web
www.trabajo.pr.gov. Debe también averiguar si necesita
pagar o retener otras contribuciones estatales sobre el
empleo o si debe estar cubierto por un seguro de
compensación de obreros.
Tendrá que radicar un Formulario 499R-2/W-2PR por cada
empleado doméstico al cual durante el 2013 le haya pagado
en efectivo $1,800 o más en salarios sujetos a las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare. Para saber si
estos salarios están sujetos a estas contribuciones, vea en
las instrucciones sobre cómo completar las líneas 1, 3 y 5
del Anexo H-PR. Si los salarios no están sujetos a tales
contribuciones pero usted retuvo contribuciones estatales
sobre los mismos de un empleado doméstico, deberá
también radicar el Formulario 499R-2/W-2PR para ese
empleado.
Si desea obtener una lista completa de información que le
ayudará a comunicarse con las agencias estatales para el
desempleo, visite el sitio web del Departamento del Trabajo,
en www.workforcesecurity.doleta.gov/unemploy/
agencies.asp, en inglés.
Si radica uno o más Formularios 499R-2/W-2PR, tendrá
que radicar también el Formulario W-3PR.
¿Tiene un número de identificación
patronal (EIN)?
Cuándo y dónde radicar
Si tiene empleados domésticos, necesitará un número de
identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés), para
radicar el Anexo H-PR. Si no tiene un número de
identificación patronal (EIN), obtenga el Formulario SS-4PR,
Solicitud de Número de Identificación Patronal (EIN). No use
su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés)
en lugar de su EIN. Las Instrucciones para el Formulario
SS-4PR explican cómo puede obtener el EIN
inmediatamente por Internet, en cuatro días comerciales por
fax o en aproximadamente 4 semanas si lo solicita por
correo. Consulte ¿Cómo puedo obtener formularios y
publicaciones? para más detalles sobre cómo obtener
formularios y publicaciones, incluido el Formulario SS-4PR.
Para obtener un número de identificación patronal (EIN) a
través de Internet, visite IRS.gov y bajo la sección Tools
(Herramientas), pulse sobre “Apply for an EIN Online”
(Solicitar un número de identificación patronal en línea), en
inglés.
Anexo H-PR
Si radica el Formulario 1040-PR, Planilla para la Declaración
de la Contribución Federal sobre el Trabajo por Cuenta
Propia (Incluyendo el Crédito Tributario Adicional por Hijos
para Residentes Bona Fide de Puerto Rico), de 2013,
adjunte el Anexo H-PR a su planilla. Envíe el Formulario
1040-PR y el Anexo H-PR a más tardar el 15 de abril de
2014 a la dirección indicada en las Instrucciones para el
Formulario 1040-PR.
Excepciones. Si obtiene una prórroga para radicar su
planilla de contribución, radíquela junto con el Anexo H-PR a
más tardar en la fecha límite de dicha prórroga para radicar
la planilla. Si radica a base de año fiscal, deberá radicar su
planilla y el Anexo H-PR para la fecha de vencimiento de la
misma, prórrogas incluidas.
Nota: Si radica a base de año natural y no tuvo ningún
empleado doméstico durante el 2013, no tiene que radicar el
Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) para el 2013.
¿Puede trabajar legalmente su
empleado en Puerto Rico?
Si no está obligado a radicar el Formulario 1040-PR para
el año 2013 (por ejemplo, debido a que su ingreso total no
llega al límite mínimo en dólares para tener que radicarlo),
deberá radicar el Anexo H-PR por sí solo para el 15 de abril
de 2014. Complete el Anexo H-PR e inclúyalo en el sobre
con su cheque o giro. No envíe dinero en efectivo. Envíe el
Anexo H-PR completado por correo a:
Es ilegal emplear a una persona si la misma no está
autorizada para trabajar legalmente en Puerto Rico. Cuando
contrata a un empleado doméstico para que éste trabaje
para usted con regularidad, tanto usted como el empleado
deberán completar parte del Formulario I-9, Employment
Eligibility Verification (Verificación de elegibilidad para el
empleo), del United States Citizenship and Immigration
Services (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los
Estados Unidos o USCIS, por sus siglas en inglés),
anteriormente llamado el Immigration and Naturalization
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Austin, TX 73301-0215
-3-
Haga su cheque o giro a la orden de “United States
Treasury” (Tesoro de los EE.UU.) por la cantidad total de sus
contribuciones sobre la nómina adeudadas por tener
empleados domésticos. Escriba su nombre, dirección,
número de Seguro Social, número de teléfono en donde nos
podamos comunicar con usted durante el día y “2013
Schedule H-PR” (Anexo H-PR de 2013) en su cheque o giro.
Los patronos de empleados domésticos de una organización
exenta de pagar contribuciones (tal como una iglesia)
pueden radicar el Anexo H-PR por sí solo.
Cómo completar el Anexo H-PR, el
Formulario 499R-2/W-2PR y el
Formulario W-3PR
Anexo H-PR
Si le informaron que un empleado doméstico suyo
recibió pagos de un plan estatal para individuos
´
PRECAUCION
incapacitados, vea la sección Pagos estatales por
incapacidad, más adelante.
!
Formulario 499R-2/W-2PR y Formulario W-3PR
Para el 31 de enero de 2014, deberá darle las Copias B y C
del Formulario 499R-2/W-2PR a cada empleado. Cumplirá
con este requisito si el formulario está debidamente rotulado,
si es enviado y si el matasellos ha sido imprimido a más
tardar el 31 de enero de 2014.
Número de Seguro Social (SSN). Anote su número de
Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) en el espacio
provisto.
Número de identificación patronal (EIN). El número de
identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés) es un
número de nueve dígitos expedido por el IRS. Los dígitos
están ordenados de la siguiente manera: 00-0000000. Anote
su EIN en el espacio provisto. Si no tiene un EIN, vea ¿Tiene
un número de identificación patronal (EIN)?,
anteriormente. Si ha solicitado un EIN, pero no lo ha recibido,
escriba en inglés “Applied for” (Solicitado) seguido por la
fecha en que lo solicitó. No anote su SSN en lugar de su EIN.
Para el 31 de enero de 2014, envíe todas las Copias A de
sus Formularios 499R-2/W-2PR junto con el Formulario 499
R-3, Estado de Reconciliación de Contribución sobre
Ingresos Retenida, al Departamento de Hacienda.
Para el 28 de febrero de 2014 (31 de marzo de 2014 si
radica electrónicamente), envíe el original de todos sus
Formularios 499R-2/W-2PR, junto con el Formulario W-3PR
a:
Línea A. Para calcular el salario total en efectivo que pagó
durante 2013 a cada empleado doméstico, no incluya las
cantidades pagadas a todas las siguientes personas:
Su cónyuge.
Su hijo que tenía menos de 21 años de edad.
Su padre o su madre. (Pero vea Excepción para los
padres, a continuación).
Su empleado que tenía menos de 18 años de edad en
cualquier momento de 2013. Si el empleado no era
estudiante, vea Excepción para los empleados menores
de 18 años, más adelante.
Excepción para los padres. Incluya los salarios en
efectivo que le pagó a su padre o su madre por trabajar en
su hogar o en sus alrededores si tanto el punto 1 como el 2 a
continuación le corresponden:
1. Su hijo que vivió con usted tenía menos de 18 años de
edad o padecía de una condición física o mental que
requería la atención personal de un adulto por lo menos
durante 4 semanas continuas de un trimestre natural. Un
trimestre natural es de enero a marzo, de abril a junio, de
julio a septiembre y de octubre a diciembre.
2. Usted estaba divorciado y no se ha vuelto a casar, era
viudo o estaba casado y vivía con una persona cuya
condición física o mental no le permitía cuidar de su hijo
durante ese período de 4 semanas.
Social Security Administration
Data Operations Center
Wilkes-Barre, PA 18769-0001
Si utiliza correo certificado, el código postal que debe
anotar es 18769-0002.
Si utiliza una empresa de entregas que no sea el Servicio
Postal de los Estados Unidos, utilice la siguiente dirección:
Social Security Administration
Data Operations Center
Attn: W-2 Process
1150 E. Mountain Drive
Wilkes-Barre, PA 18702-7997
!
´
PRECAUCION
Si radica los Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR
electrónicamente, no envíe dichos formularios en
papel a la Administración del Seguro Social.
Para más información, visite el sitio web de la SSA,
www.socialsecurity.gov/employer, en inglés.
Nota: Comuníquese con su departamento de contribución
estatal, municipal o local para saber si tiene que enviar la
Copia 1 del Formulario 499R-2/W-2PR y adónde debe
enviarla.
Excepción para los empleados menores de 18 años.
Incluya los salarios que pagó en efectivo a toda persona
menor de 18 años de edad y que no era estudiante si éste
desempeñaba servicios domésticos como ocupación
principal.
Salarios en efectivo. Los salarios en efectivo incluyen
los pagados con cheques, giros, etcétera. Los salarios en
efectivo no incluyen el valor de comidas, alojamiento, ropa ni
otros artículos proporcionados a su empleado doméstico que
no sean en efectivo.
Transportación (beneficios de transporte). Para el
2013, por lo general, usted puede darle a su empleado
beneficios de transporte, tales como $245 por mes por
transporte combinado en vehículos de desplazamiento de
Multas. Es posible que tenga que pagar una multa si no les
entrega a sus empleados el Formulario 499R-2/W-2PR o si
no radica el original de estos formularios ante la SSA para
las fechas de vencimiento indicadas anteriormente. Podría
también tener que pagar una multa si no anota el número de
Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) de su
empleado en el Formulario 499R-2/W-2PR o si no provee la
información correcta en dicho formulario.
-4-
www.socialsecurity.gov/espanol/10921.html, en español.
ida y vuelta al trabajo y pases o boletos de tránsito; $245 por
mes por estacionamiento calificado; o para un año
calendario, puede darle a su empleado $20 para el
desplazamiento calificado de ida y vuelta al trabajo en
bicicleta multiplicado por el número de meses, los cuales
reúnen los requisitos, en los que dicho desplazamiento se
haya realizado durante dicho año sin tener que incluir estos
beneficios en los salarios en efectivo. Sin embargo, el valor
de los beneficios de transporte que sean mayores de las
cantidades especificadas al mes se incluye en los salarios.
Vea Transportation (Commuting) Benefits (Beneficios para
transportación (desplazamiento de ida y vuelta al trabajo)),
en la Publicación 15-B, Employer's Tax Guide to Fringe
Benefits, (Guía contributiva sobre beneficios marginales para
patronos), en inglés, para más información.
Línea 1. Anote en la línea 1 el total de salarios en efectivo
pagados en 2013 (vea Salarios en efectivo, anteriormente)
a cada empleado doméstico que cumple con el requisito de
los $1,800, que se explicó anteriormente.
Si en el 2013 le pagó a un empleado doméstico
salarios en efectivo mayores de $113,700, incluya
´
PRECAUCION
en la línea 1 sólo los primeros $113,700 de los
salarios en efectivo de ese empleado.
!
Línea 2. Multiplique la cantidad de la línea 1 por el 12.4%
(.124) y anote el resultado en la línea 2.
Línea 3. En la línea 3, anote el total de salarios (vea
Salarios en efectivo, anteriormente) que se le pagó a cada
empleado que reunió el requisito de los $1,800 en el 2013.
No hay límite sobre la cantidad de salarios sujetos a la
contribución al Medicare.
Parte I. Contribuciones al Seguro Social y al
Medicare
Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare se usan
para pagar los beneficios de jubilación, de sobrevivientes,
por incapacidad y médico-hospitalarios que reciben los
trabajadores y sus familias. Tanto usted como su empleado
pagan por partes iguales estas contribuciones.
Línea 4. Multiplique la cantidad de la línea 3 por el 2.9%
(.029) y anote el resultado en la línea 4.
Línea 5. Anote en la línea 5 el total de salarios pagados en
efectivo (vea Salarios en efectivo, anteriormente) a cada
empleado en 2013 que fue en exceso de $200,000.
Para el año 2013, la tasa de contribución al Seguro Social
es 6.2% para cada parte, 6.2% para usted y 6.2% para su
empleado. La tasa de contribución al Medicare es 1.45%,
tanto para usted como para su empleado. El límite sobre los
salarios sujetos a la contribución al Seguro Social es de
$113,700. No hay límite sobre los salarios sujetos a la
contribución Medicare. Si no le dedujo la parte de la
contribución correspondiente al empleado de su salario,
entonces deberá usted mismo pagar la porción que le
corresponde al empleado, además de la parte que le
corresponde a usted (un total de 12.4% para el Seguro
Social y un total de 2.9% para el Medicare) de las
contribuciones. Vea Formulario 499R-2/W-2PR y
Formulario W-3PR, en estas instrucciones, para más
información.
Línea 6. Multiplique la cantidad de la línea 5 por el 0.9%
(.009) y anote el resultado en la línea 6.
Nota: La línea 7 no le corresponde a los patronos en Puerto
Rico.
Línea 8. Sume las cantidades de las líneas 2, 4 y 6 y anote
el resultado en la línea 8.
Línea 9. Revise los salarios en efectivo que pagó a todos
sus empleados domésticos en cada trimestre natural de
2012 y 2013. ¿Es el total de cualquier trimestre natural de
2012 ó 2013 $1,000 o más?
Sí. Complete la Parte II del Anexo H-PR.
No. Siga las instrucciones a continuación.
Personas que radican el Formulario 1040-PR. Anote la
cantidad de la línea 8 del Anexo H-PR en la línea 4 de la
Parte I del Formulario 1040-PR. Radique el Anexo H-PR
junto con su planilla.
Además de retener la cantidad de 1.45% para la
contribución al Medicare, usted tiene que retener una
cantidad de 0.9% para la Contribución Adicional al Medicare
por salarios pagados a un empleado en exceso de $200,000
en un año natural. Se le requiere que comience la retención
de la Contribución Adicional al Medicare en el período de
pago en el que le paga a un empleado un salario de más de
$200,000 y después continuar la retención en cada período
de pago hasta el final del año natural. La Contribución
Adicional al Medicare sólo se le impone al empleado. No hay
una porción correspondiente al patrono de la Contribución
Adicional al Medicare. Todos los salarios que están sujetos a
la contribución al Medicare, están sujetos a la retención de la
Contribución Adicional al Medicare si éstos se pagan en
exceso del límite de $200,000.
Todos los demás contribuyentes. Complete la Parte IV
del Anexo H-PR. Después siga las instrucciones que
aparecen en Cuándo y dónde radicar, anteriormente.
Parte II. Contribución Federal para el
Desempleo (FUTA)
La contribución federal para el desempleo (FUTA, por sus
siglas en inglés) junto con los sistemas de desempleo
estatales, provee pagos de compensación por desempleo a
los trabajadores que han perdido su empleo. La mayoría de
los patronos pagan ambas contribuciones: la contribución
FUTA y la contribución estatal para el desempleo.
Para más información sobre la Contribución Adicional al
Medicare, visite el sitio web IRS.gov y escriba “Additional
Medicare Tax” (Contribución Adicional al Medicare) en el
encasillado Search (Buscar). Dicha información está
disponible en inglés.
Requisito de los $1,800. Si le paga a un empleado
doméstico salarios en efectivo ascendentes a $1,800 o más
en 2013, tiene que declarar y pagar las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare. El requisito se aplica a salarios
en efectivo pagados en 2013, sin importar cuándo los
salarios fueron devengados. Vea la Pub. 926, en inglés, para
más información o visite el sitio web de la SSA,
La tasa de la contribución FUTA es 6.0% (.060). Pero vea
Crédito por contribuciones pagadas a su estado, a
continuación. No deduzca la contribución FUTA de los
salarios que le pague a su empleado. Debe pagarla de los
fondos suyos.
Crédito por contribuciones pagadas a su estado. Puede
obtener un crédito de hasta un máximo del 5.4% aplicado a
la contribución FUTA, lo cual resulta en una tasa contributiva
neta del 0.6% (.006). Pero para hacerlo, deberá pagar todas
las contribuciones requeridas de 2013 al fondo de
-5-
Hoja de Trabajo para el Crédito por Contribuciones Efectuadas Después de la Fecha de Vencimiento
Conserve para su récords.
1.
Anote la cantidad de la línea 22 del Anexo H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.
Anote la cantidad de la línea 19 del Anexo H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.
4.
Reste la línea 2 de la línea 1. Si es cero o menos, anote -0- . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Anote el total de las contribuciones pagadas al (a los) estado(s) después de la fecha de vencimiento
para la radicación del Formulario 1040-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5.
Anote la cantidad menor entre la línea 3 o la línea 4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
6.
Multiplique la línea 5 por 90% (.90) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
7.
Sume las líneas 2 y 6 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
8.
Anote la cantidad menor entre la cantidad de la línea 1 o la línea 7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
¿Efectuó pagos a un estado con reducción en el crédito?
Sí. Sume la cantidad de la línea 8 a la cantidad de la línea 5 de la Hoja de Trabajo para Patronos en Estados con
Reducción en el Crédito y anote el total en la línea 23 del Anexo H-PR.
No. Anote el total de la línea 8 en la línea 23 del Anexo H-PR.
9.
Si le pagó a un empleado doméstico más de $7,000 en
2013, incluya en la línea 15 sólo los primeros $7,000 de
salarios en efectivo que le pagó a ese empleado.
desempleo estatal de su estado o al Negociado de
Seguridad de Empleo de Puerto Rico para el 15 de abril de
2014. Las personas que radican usando el año fiscal
deberán pagar todas las contribuciones requeridas para
2013 a más tardar en la fecha de vencimiento requerida para
radicar su planilla federal (sin incluir prórrogas).
Las contribuciones son pagos que el estado requiere que
usted, en su capacidad de patrono, haga a su fondo de
desempleo para costear los pagos de la compensación por
desempleo. Sin embargo, las aportaciones no incluyen:
Cualquier pago deducido o deducible del salario pagado a
su empleado;
Multas, intereses o contribuciones administrativas
especiales que no están incluidas en la tasa de contribución
que el estado le asignó a usted; ni
Aportaciones voluntarias que pagó para obtener una tasa
de experiencia más baja. Para más información vea las
instrucciones para la línea 17.
Si efectuó pagos a un estado (o territorio) con reducción
en el crédito, vea las instrucciones para la línea 23.
Crédito para el año 2013. Para el año 2013, el crédito que
usted puede tomar por toda contribución que efectúe
después del 15 de abril de 2014 al fondo estatal para el
desempleo está limitado al 90% del crédito que pudo haber
tomado, si de otro modo hubiese efectuado los pagos a más
tardar el 15 de abril de 2014.
Si efectuó contribuciones al fondo estatal para el
desempleo después de la fecha de vencimiento para la
radicación del Formulario 1040-PR, tiene que completar la
Hoja de Trabajo para el Crédito por Contribuciones
Efectuadas Después de la Fecha de Vencimiento para
calcular el crédito correspondiente.
Línea 16. Multiplique la porción de los salarios de la línea
15 por .6% (.006). Anote esta cantidad en la línea 16.
!
Líneas 10 a la 12. Conteste las preguntas de la línea 10 a
la línea 12 para determinar si tiene que completar la Sección
A o la Sección B de la Parte II.
Personas que radican a base de año fiscal. Si pagó
todas las contribuciones del desempleo estatal de 2013 para
la fecha de vencimiento de su planilla (sin incluir prórrogas),
marque el encasillado “Sí” en la línea 11. Marque el
encasillado “No” si no pagó todas sus contribuciones
estatales para la fecha de vencimiento de su planilla.
Complete las líneas 17 a la 24 sólo si marcó el
encasillado “No” en las líneas 10, 11 ó 12.
´
PRECAUCION
Línea 17. Complete todas las columnas que le
correspondan. De no hacerlo, no podrá obtener el crédito. Si
necesita más espacio adjunte una hoja usando el mismo
formato de la línea 17. El Negociado de Seguridad de
Empleo le proveerá una tasa de experiencia. Si no sabe cuál
es su tasa, comuníquese con el Negociado de Seguridad de
Empleo, llamando al 787-754-5818.
Tiene que llenar las columnas (a), (b) y (h) aun cuando
no se le haya asignado una tasa de experiencia. Si se le
asignó una tasa de experiencia del 5.4% o mayor, tendrá
que completar las columnas (c) y (d). Si se le asignó una
tasa de experiencia menor del 5.4%, deberá llenar todas las
columnas.
Si le fue asignada una tasa de experiencia por sólo una
parte del año o si la tasa le fue cambiada durante el año,
tiene que completar una línea separada para cada período
de tasa.
Columna (b). Anote los salarios tributables sobre los
cuales tiene que pagar contribuciones al fondo de
desempleo del estado que aparece en la columna (a). Si la
tasa de experiencia es del cero por ciento (0%), anote la
cantidad de salarios sobre la cual habría tenido que pagar
contribuciones si esta tasa de experiencia no hubiera sido
concedida.
Línea 14. Anote el total de las contribuciones (definidas
anteriormente) que pagó a su fondo estatal para el
desempleo en el 2013. Si no tuvo que hacer ninguna
aportación debido a que el estado le había asignado una
tasa de experiencia del cero por ciento, escriba “tasa del 0%”
en la línea 14.
Línea 15. Anote el total de salarios en efectivo (vea
Salarios en efectivo, anteriormente) que le pagó en el 2013
a cada empleado doméstico, incluidos los empleados a los
cuales les pagó menos de $1,000. Sin embargo, no incluya
los salarios en efectivo pagados durante 2013 a cualquiera
de las siguientes personas:
Su cónyuge.
Su hijo menor de 21 años de edad.
Su padre o su madre.
-6-
Hoja de Trabajo para Patronos en Estados con Reducción en el Crédito
Conserve para su récords.
1.
2.
3.
Marque
Aquí (X)
4.
5.
Anote la cantidad menor entre la línea 19 o la línea 22 del Anexo H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.
Anote el total de los salarios sujetos a la contribución FUTA, de la línea 20 del Anexo
H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.
Coloque una “X” en el encasillado para CADA estado (o territorio) en donde estuvo obligado a pagar contribuciones estatales
para el desempleo este año. Si todos los estados (o territorios) que marca tienen una reducción en el crédito de cero, no tiene
que completar esta hoja de trabajo. Si tiene un(unos) estado(s) con reducción en el crédito, anote los salarios sujetos a la
contribución FUTA, multiplique esta cantidad por la tasa de reducción y luego anote la cantidad de reducción en el crédito para
ese estado o territorio. Si algún estado o territorio no le corresponde, déjelo en blanco.
Estado o Territorio
Salarios Sujetos a la
Contribución FUTA
Tasa de Reducción
Reducción en el Crédito
Puerto Rico
.
× .000
=
.
Islas Vírgenes Estadounidenses
.
× .012
=
.
Total de la reducción en el crédito. Sume las cantidades que aparecen en las casillas
Reducción en el crédito. Anote el total aquí . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.
Reste la línea 4 de esta hoja de trabajo de la línea 1 de esta hoja de trabajo y anote el resultado
aquí y en la línea 23 del Anexo H-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.
Parte III. Total de contribuciones sobre el
empleo de empleados domésticos
Columna (h). Anote el total de contribuciones (definidas
anteriormente) que pagó al Negociado de Seguridad de
Empleo correspondiente a 2013 para el 15 de abril de 2014.
Los contribuyentes que radican en base al año fiscal
deberán anotar el total de contribuciones correspondiente a
2013 que pagaron al Negociado de Seguridad de Empleo
para la fecha de vencimiento de su planilla (sin incluir
prórrogas). Si reclama créditos en exceso como
aportaciones a la contribución estatal para el desempleo,
adjunte una copia de la carta que recibió del Negociado de
Seguridad de Empleo.
Línea 25. Anote la cantidad de la línea 8. Si no hay ninguna
cantidad en la línea 8, anote -0-.
Línea 26. Sume las cantidades de las líneas 16 y 25. Si se
le requirió completar la Sección B de la Parte II, sume las
cantidades de las líneas 24 y 25 y anote el total en la línea
26. Si tiene que radicar el Formulario 1040-PR, anote la
cantidad de la línea 26 del Anexo H-PR en la línea 4 de la
Parte I del Formulario 1040-PR. Si no tiene que radicar el
Formulario 1040-PR, complete la Parte IV del Anexo H-PR y
siga las instrucciones bajo Cuándo y dónde radicar.
Línea 18. Sume las cantidades de las columnas (g) y (h)
por separado y anote los totales en los espacios provistos.
Línea 19. Sume las cantidades indicadas en la línea 18 y
anote el resultado en la línea 19.
Preparadores remunerados
Para uso exclusivo del preparador remunerado. Tiene
que completar esta parte si le pagaron por preparar el Anexo
H-PR (Formulario 1040-PR) y no era empleado de la entidad
que radica la planilla y no está adjuntando el Anexo H-PR al
Formulario 1040-PR. Tiene que firmar en el espacio provisto
y entregarle al contribuyente una copia de la planilla además
del original de la misma que se radicará ante el IRS.
Línea 20. Anote el total de los salarios pagados en efectivo
sujetos a la Contribución Federal para el Desempleo (FUTA).
Vea las instrucciones para la línea 15 para más información.
Línea 21. Multiplique los salarios de la línea 20 por 6.0%
(.060). Anote el resultado en la línea 21.
Línea 22. Multiplique los salarios de la línea 20 por 5.4%
(.054). Anote el resultado en la línea 22.
Formulario 499R-2/W-2PR y Formulario W-3PR
Línea 23. Anote la cantidad que sea menor entre la que
aparece en la línea 19 y la de la línea 22.
Complete la Hoja de Trabajo para Patronos en
Estados con Reducción en el Crédito únicamente si
usted es un patrono de un empleado doméstico en un
estado con reducción en el crédito. Un estado (o territorio) es
un “estado con reducción en el crédito”, si la cantidad en la
columna Tasa de Reducción para el estado o territorio es
mayor que cero.
Si radica el Formulario 499R-2/W-2PR, también tiene que
radicar el Formulario W-3PR.
Los encabezamientos de los encasillados le indican qué
clase de información deberá anotar. Los Formularios
499R-2/W-2PR y W-3PR completados en el ejemplo de
estas instrucciones muestran cómo se hacen las
anotaciones.
Contribuciones correspondientes al empleado pagadas
por el patrono. Si pagó en su totalidad la parte
correspondiente al empleado de las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare sin deducirlas de los salarios del
empleado, siga los pasos 1 al 3, a continuación. (Vea el
ejemplo en estas instrucciones):
1. Anote la cantidad total que pagó por el empleado en
los encasillados 18 y 20. (No incluya la parte de estas
contribuciones que le corresponde a usted).
Para el año 2013, Puerto Rico no es un estado con
reducción en el crédito. Si pagó salarios sujetos a la
contribución FUTA en Puerto Rico únicamente, no
tiene que completar la Hoja de Trabajo para Patronos en
Estados con Reducción en el Crédito.
CONSEJO
-7-
2. Sume las cantidades de los encasillados 17, 18 y 20.
(Sin embargo, si la cantidad del encasillado 19 es mayor que
la cantidad del encasillado 17, sume las cantidades de los
encasillados 18, 19 y 20.)
3. Anote el resultado en el encasillado 7 del Formulario
499R-2/W-2PR.
CONSEJO
Toda contribución al Medicare retenida correspondiente al
empleado.
Reglas para patronos de
establecimientos comerciales
No use el Anexo H-PR si optó por declarar las contribuciones
sobre la nómina de sus empleados domésticos junto con las
de los otros empleados suyos en el Formulario 941-PR,
Planilla para la Declaración Federal TRIMESTRAL del
Patrono, en el Formulario 943-PR, Planilla para la
Declaración Anual de la Contribución Federal del Patrono de
Empleados Agrícolas, o en el Formulario 944(SP),
Declaración Federal ANUAL de Impuestos del Patrono o
Empleador. Si decide declarar de esta manera, asegúrese
de incluir los salarios de sus empleados domésticos en el
Formulario 940-PR, Planilla para la Declaración Federal
Anual del Patrono de la Contribución Federal para el
Desempleo (FUTA).
Marque una “X” en el encasillado Doméstico del
recuadro a, Clase de pagador, del Formulario
W-3PR.
Para más información sobre la radicación electrónica de
los Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR, visite el sitio web
Business Services Online (Servicios en línea para las
empresas) de la SSA, www.socialsecurity.gov/bso/
bsowelcomespanish.htm, en español.
Información que también debe saber
Pagos estatales por incapacidad
Multa por el pago de la contribución estimada
Es posible que necesite realizar pagos de contribuciones
estimadas para así evitar la Multa por la Contribución
Estimada, la cual se calcula en base a las contribuciones por
su empleado doméstico indicadas en la línea 26 del Anexo
H-PR (Formulario 1040-PR). Haga el pago de la contribución
estimada radicando el Formulario 1040-ES(PR),
Contribuciones Federales Estimadas del Trabajo por Cuenta
Propia y sobre el Empleo de Empleados
Domésticos—Puerto Rico. Para más información, vea la
Pub. 179, (Circular PR), Guía Contributiva Federal para
Patronos Puertorriqueños.
Ciertos pagos del plan estatal para individuos incapacitados
efectuados a empleados domésticos son tratados como
salarios sujetos a la contribución al Seguro Social y a la
contribución al Medicare. Si su empleado recibió pagos de
esa clase de plan estatal, el estado (Hacienda) le
proporcionará un comprobante anual que le indicará el
importe total de los pagos y las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare. Si el estado le retuvo las contribuciones
al Seguro Social y al Medicare sobre esos pagos, reste la
cantidad de dichas contribuciones retenidas por el estado de
la cantidad de la línea 8. Escriba en inglés la palabra
“Disability” (Incapacidad) y anote la cantidad del ajuste en la
línea de puntos junto a la línea 8. Vea el comprobante
emitido por el estado (Hacienda) para más información.
Los pagos de la contribución estimada deberán
hacerse a medida que la deuda contributiva se
´
PRECAUCION
incurra, a más tardar el: 15 de abril, 17 de junio, 16
de septiembre y el siguiente 15 de enero. Si usted presenta
el Formulario 1040-PR para el 31 de enero y paga la
cantidad de contribuciones que adeuda, no va a tener que
hacer el pago de la contribución estimada que se debe para
el 15 de enero.
!
Cómo se corrige el Anexo H-PR
Si necesita corregir un Anexo H-PR que ha radicado
anteriormente junto con el Formulario 1040-PR, radique un
Formulario 1040-PR corregido y adjunte un Anexo H-PR
corregido. En la parte superior de su Anexo H-PR corregido
y también del Formulario 1040-PR, escriba en inglés la
palabra “CORRECTED” (Corregido) en negrillas o con tinta
roja, si es posible, seguido por la fecha en que descubrió el
error.
Excepción. Usted no será multado por no hacer el pago de
contribuciones estimadas si tanto el punto (1) y (2),
indicados a continuación, le corresponden para el año:
1. Usted no tendrá contribuciones federales sobre los
ingresos retenidas de su salario o sueldo, pensión o
cualesquier otros pagos que usted reciba.
2. Sus contribuciones federales sobre los ingresos, sin
incluir la contribución sobre el Empleo de Empleados
Domésticos, no sería lo suficiente para requerirle el pago de
la contribución estimada.
Si necesita corregir un Anexo H-PR autónomo (por sí
sólo), radique otro Anexo H-PR autónomo con la información
corregida. En la parte superior derecha de su Anexo H-PR
corregido, escriba en inglés la palabra “CORRECTED”
(Corregido) en negrillas o con tinta roja, si es posible,
seguido por la fecha en que descubrió el error.
Si adeuda contribuciones, pague el saldo completo con
su Formulario 1040-PR corregido o con el Anexo H-PR
autónomo corregido. Si pagó contribución en exceso en un
Anexo H-PR previamente radicado, dependiendo de si usted
ajusta o reclama un reembolso, tendrá que certificar que le
devolvió o reembolsó al empleado la parte que le
corresponde a dicho empleado de las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare, o que usted ha obtenido el
consentimiento de sus empleados para reclamar un
reembolso de las contribuciones de los empleados. Vea la
Pub. 926, Household Employer's Tax Guide (Guía de
contribuciones para patronos de empleados domésticos), en
inglés, para ver las instrucciones en su totalidad.
¿Qué récords debo mantener?
Tiene que mantener copias del Anexo H-PR y los
Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR durante un período de
4 años después de la fecha de vencimiento para radicar el
Anexo H-PR o la fecha en que se pagaron las
contribuciones, la que sea más tarde. Si tiene que radicar el
Formulario 499R-2/W-2PR, mantenga también un récord con
el nombre y el SSN de cada empleado. Cada día de pago,
deberá mantener un récord en el que consten las fechas y
las cantidades de:
Los pagos de salarios tanto en efectivo como en especie,
Toda contribución al Seguro Social retenida
correspondiente al empleado y
Si desea ajustar los salarios de un empleado sujetos a la
contribución al Seguro Social o al Medicare de un año
-8-
anterior, debe radicar también el Formulario 499R-2c/
W-2cPR, Corrección al Comprobante de Retención, junto
con el Formulario W-3c PR, Transmisión de Comprobantes
de Retención Corregidos.
Al Medicare
. . . . . . . . . .
$33.35
($2,300 x 1.45% (.0145))
Total de salarios en efectivo pagados a Juana durante cada
trimestre natural:
1er trimestre . . . . . . . . . .
$350.00 ($50 x 7 semanas)
2do trimestre . . . . . . . . .
$650.00 ($50 x 13 semanas)
3er trimestre . . . . . . . . . .
$650.00 ($50 x 13 semanas)
4to trimestre . . . . . . . . . .
$650.00 ($50 x 13 semanas)
¿Cómo puedo obtener formularios y
publicaciones?
Puede obtener los formularios y publicaciones del IRS
mencionados en estas instrucciones visitando el sitio web
del IRS, www.irs.gov/espanol, o llamando al 1-800TAX-FORM (1-800-829-3676).
Cantidad incluida en el encasillado 7 del Formulario 499R-2/W-2PR y el
encasillado 1 del Formulario W-3PR:
Salarios en efectivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
$2,300.00
Parte pagada por Hilda de la contribución al Seguro
Social correspondiente a Juana . . . . . . . . . . .
142.60
Parte pagada por Hilda de la contribución al Medicare
33.35
correspondiente a Juana . . . . . . . . . . . . . . . .
Ejemplo de cómo completar el
Formulario 499R-2/W-2PR, el
Formulario W-3PR y el Anexo H-PR
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
$2,475.95
Debido a que Hilda pagó menos de $1,000 por trimestre a
empleados domésticos durante 2012 (no tuvo empleados) y
2013 (vea anteriormente), ella no está sujeta a la
contribución FUTA.
El 12 de febrero de 2013, Hilda del Valle empleó a Juana
Peña para que limpiara su casa todos los miércoles. Hilda no
tuvo ningún empleado doméstico en 2012 y no tuvo ningún
otro empleado doméstico además de Juana en 2013.
Hilda le pagó a Juana $50 todos los miércoles por haber
trabajado ese día. Hilda decidió no retenerle a Juana la parte
correspondiente de las contribuciones al Seguro Social y al
Medicare del salario que le pagaba a Juana. En vez de hacer
eso, Hilda paga de sus fondos personales la parte
correspondiente a Juana.
Juana trabajó para Hilda el resto del año (un total de 46
semanas). A continuación aparece parte de la información
que Hilda va a necesitar para completar el Anexo H-PR, el
Formulario 499R-2/W-2PR y el Formulario W-3PR.
Total de salarios pagados en efectivo a
Juana . . . . . . . . . . . . . . . . . .
$2,300.00
($50 x 46 semanas)
Parte de la contribución que le
corresponde a Juana:
Al Seguro Social . . . . . . .
$142.60
($2,300 x 6.2% (.062))
-9-
Formulario
Form 499R-2/W-2PR
Rev. 08.13
222
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO - COMMONWEALTH OF PUERTO RICO
DEPARTAMENTO DE HACIENDA - DEPARTMENT OF THE TREASURY
COMPROBANTE DE RETENCION - WITHHOLDING STATEMENT
1. Nombre - First Name
Juana
Apellido(s) - Surname(s)
Peña
Dirección Postal del Empleado - Employee's Mailing Address
Calle Principal #1
San Juan, PR 00930
2. Nombre y Dirección Postal del Patrono
Employer's Name and Mailing Address
Hilda del Valle
Paseo Covadonga #1
San Juan, PR 00900
Número de Teléfono del Patrono
Employer's Telephone Number
Fecha Cese de Operaciones: Día
Mes
Año
Cease of Operations Date:
Day ______ Month ______ Year ______
Número Confirmación de Radicación Electrónica
Electronic Filing Confirmation Number
Número Control - Control Number
INFORMACION PARA EL DEPARTAMENTO DE
HACIENDA
DEPARTMENT OF THE TREASURY INFORMATION
7. Sueldos - Wages
3. Núm. Seguro Social
Social Security No.
000-00-4567
4 . Núm. de Ident. Patronal
Employer Ident. No. (EIN)
00-1234567
5. Fecha en que comenzó a recibir la
pensión - Date on which you started
to receive the pension
Día
Mes
Año
Day _____ Month _____ Year _____
6. Costo de Pensión o Anualidad
Cost of Pension or Annuity
2,475.95
8. Comisiones - Commissions
9. Concesiones - Allowances
10. Propinas - Tips
11. Total = 7 + 8 + 9 + 10
2,475.95
12. Gastos Reemb. y Beneficios Marginales
6A. Costo de cubierta de salud auspiciada
por el patrono - Cost of employersponsored health coverage
6B. Donativos
Charitable Contributions
Reimb. Expenses and Fringe Benefits
13. Cont. Retenida - Tax Withheld
2013
17. Total Sueldos Seguro Social
Social Security Wages
2300.00
18. Seguro Social Retenido
Social Security Tax Withheld
142.60
19. Total Sueldos y Pro. Medicare
Medicare Wages and Tips
2300.00
20. Contrib. Medicare Retenida
Medicare Tax Withheld
33.35
14. Fondo de Retiro Gubernamental
Governmental Retirement Fund
Original
15. Aportaciones a Planes Cualific.
Contributions to CODA PLANS
Envíe a: - Send to:
Social Security Administration
Data Operations Center 16. Salarios bajo Ley 324-2004
Wilkes-Barre, PA 18769-0001
Salaries under Act 324-2004
W-3PR
Con la
With the
16A. Aportaciones al Programa Ahorra y
Año:
Year:
INFORMACION PARA EL SEGURO SOCIAL
SOCIAL SECURITY INFORMATION
Duplica tu Dinero - Contributions to the
Save and Double your Money Program
21. Propinas Seguro Social
Social Security Tips
22. Seguro Social no Retenido
en Propinas - Uncollected
Social Security Tax on Tips
23. Contrib. Medicare no Retenida
en Propinas - Uncollected
Medicare Tax on Tips
Fecha de radicación: 31 de enero - Filing date: January 31
Instrucciones al dorso de Copia D - Instructions on back of Copy D
No redondee las cantidades, escriba la porción de
centavos en la cantidad.
Al llenar el Formulario 499R-2/W-2PR y el Formulario
W-3PR, por favor—
Escriba a maquinilla o use letra de molde en tinta negra, si
es posible.
Escriba todas las cantidades monetarias sin el signo de
dólar ($) ni la coma, pero sí escriba el punto decimal (por
ejemplo, 2475.95, no $2,475.95).
Nota: Aunque no se muestra, Hilda también tendrá que
llenar la información sobre la retención local, o sea la
información requerida por el Departamento de Hacienda, en
el Formulario 499R-2/W-2PR.
-10-
Contribuciones sobre el Empleo
de Empleados Domésticos
ANEXO H-PR
(Formulario 1040-PR)
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Nombre del patrono
OMB No. 1545-0090
2013
(Para las Contribuciones al Seguro Social, Medicare y Federal para el Desempleo (FUTA))
▶ Adjúntelo al Formulario 1040-PR.
▶ Para más información sobre el Anexo H-PR y sus Instrucciones por separado vea
www.irs.gov/form1040pr
Secuencia
de unión núm. 44
Número de Seguro Social
000-11-1111
Número de identificación patronal (EIN)
Hilda del Valle
0 0
1
2
3 4
5
6
7
Los contribuyentes que radican a base de año natural que no tenían empleados domésticos en 2013 no tienen que llenar este formulario.
A
Internal Use Only
¿Le pagó a algún empleado doméstico salarios en efectivo ascendentes a $1,800 o más en 2013? (Si alguno de sus
empleados domésticos era su cónyuge, hijo menor de 21 años de edad, uno de sus padres o cualquier persona menor de
18 años de edad, vea las instrucciones para la línea A antes de contestar esta pregunta).
✓ Sí.
PROOF AS OF
September 9, 2013
Haga caso omiso de la pregunta B y siga hasta la línea 1.
No. Siga a la pregunta B.
B
¿Le pagó a todos los empleados domésticos salarios en efectivo en su totalidad ascendentes a $1,000 o más en
cualquier trimestre natural de 2012 ó 2013? (No cuente los salarios en efectivo pagados en 2012 ó 2013 a su cónyuge,
hijo menor de 21 años de edad o a uno de sus padres).
No. No siga. No radique este anexo.
Sí. Haga caso omiso de la Parte I y siga hasta la línea 10.
Parte I
1
Contribuciones al Seguro Social y al Medicare
Total de salarios pagados en efectivo sujetos a la contribución al
Seguro Social . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2300 00
1
2
Contribución al Seguro Social. Multiplique la línea 1 por el 12.4% (.124)
3
Total de salarios pagados en efectivo sujetos a la contribución al
Medicare . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
.
.
.
.
.
.
.
2
285 20
4
66 70
2300 00
3
4
Contribución al Medicare. Multiplique la línea 3 por el 2.9% (.029) .
5
Total de salarios pagados en efectivo sujetos a la retención de la Contribución Adicional al
Medicare . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5
Retención de la Contribución Adicional al Medicare. Multiplique la línea 5 por el 0.9% (.009) .
6
8
Total de contribuciones al Seguro Social y al Medicare. Sume las líneas 2, 4 y 6 .
8
9
¿Le pagó a todos los empleados domésticos salarios en efectivo en su totalidad ascendentes a $1,000 o más en
cualquier trimestre natural de 2012 ó 2013? (No cuente los salarios en efectivo pagados en 2012 ó 2013 a su cónyuge,
hijo menor de 21 años de edad o a uno de sus padres).
6
.
.
.
.
.
.
.
.
.
7
✓ No.
Sí.
.
.
.
351 90
No siga. Incluya la cantidad de la línea 8 de este formulario en la línea 4 de la Parte I del Formulario 1040-PR. Si
no está obligado a radicar el Formulario 1040-PR, vea las instrucciones para la línea 9 de este formulario.
Siga hasta la línea 10.
Para el Aviso sobre la Ley de Confidencialidad de Información
y la Ley de Reducción de Trámites, vea las instrucciones.
Cat. No. 21446E
-11-
Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 2013
NO USE GRAPAS NI LO DOBLE
3333
a
▶
OMB No. 1545-0008
941-PR 943-PR
Clase
de
pagador
DO NOT STAPLE OR FOLD
For Official Use Only
Doméstico
Household
b Total de Formularios 499R-2/W-2PR
944(SP)
Comp. por enferm.
de tercero pagador
3rd-party sick pay
adjuntos (Terceros pagadores deberán ver
las instrucciones por separado.)
Total number of Forms 499R-2/W-2PR
(See the separate instructions if you are a
3rd-party payer.)
1 Sueldos—Wages
10 Total Sueldos Seg. Soc.
Soc. Security Wages
2,300.00
2,475.95
2 Comisiones—Commissions
11 Contribución al Seguro Social
Retenida—Soc. Sec. Tax Withheld
3 Concesiones—Allowances
12a Total Sueldos y Prop. Medicare
Medicare Wages and Tips
Employer identification number (EIN)
4 Propinas—Tips
12b
Employer’s name
5 Total = 1 + 2 + 3 + 4
X
Kind
of payer
142.60
Sólo empleados Medicare
Medicare employees only
2,300.00
c Número de identificación patronal (EIN)
00-1234567
d Nombre del patrono
Hilda del Valle
13 Contrib. Medicare Retenida
Medicare Tax Withheld
2,475.95
6 Gastos Reemb. y Benef. Margin.
Reimb. Expenses and Fringe Benefits
Paseo Covadonga #1
San Juan, PR 00900
7 Contribución Retenida
Tax Withheld
Otro número de identificación patronal usado este año—Other EIN used this year
Persona de contacto—Contact person
Hilda del Valle
15 Contribución del Seguro
Social No Retenida en Propinas—
Uncollected Soc. Sec. Tax on Tips
8 Fondo de Retiro
Retirement Fund
e Dirección y código postal (ZIP) del patrono
Employer’s address and ZIP code
f
33.35
14 Propinas (Seguro Social)
Social Security Tips
No. de teléfono—Telephone number
9 Aportaciones a Planes Calificados
Contributions to CODA PLANS
No. de Fax—Fax number
16 Contrib. Medicare No Retenida
en Propinas—Uncollected
Medicare Tax on Tips
Dirección de email—Email address
123-456-7890
Bajo pena de perjurio, declaro que he examinado esta planilla y los documentos adjuntos, y que a mi leal saber y entender, son verídicos, correctos y completos.
Under penalties of perjury, I declare that I have examined this return and accompanying documents and, to the best of my knowledge and belief, they are true, correct, and
complete.
Firma ▶
Signature
Formulario
Form
Cargo
▶
Title
Hilda del Valle
Informe de Comprobantes de Retención
W-3PR Transmittal of Withholding Statements
-12-
Fecha
Date
▶
2013
1/29/14
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
terceros, tal como se describe en el Código. Por ejemplo,
podemos divulgar su información contributiva al
Departamento de Justicia para casos de litigio civil y penal y
a las ciudades, estados, el Distrito de Columbia, estados
libres asociados con los Estados Unidos y territorios no
autónomos de los Estados Unidos a fin de ayudarlos en la
aplicación de sus respectivas leyes contributivas. Podemos
también divulgar esta información a otros países si los
mismos tienen un tratado tributario con los EE.UU., a las
agencias del gobierno federal y estatal para hacer cumplir
las leyes penales federales no contributivas o a las agencias
federales encargadas de hacer cumplir la ley y a agencias de
inteligencia para combatir el terrorismo.
Aviso sobre la Ley de
Confidencialidad de Información y la
Ley de Reducción de Trámites
Solicitamos la información requerida en este formulario para
cumplir con las leyes que regulan la recaudación de las
contribuciones internas de los Estados Unidos. Usted está
obligado a darnos esta información. La necesitamos para
asegurarnos de que usted cumpla con dichas leyes y
también para calcular y cobrar la cantidad correcta de
contribución. Si no nos da la información que le solicitamos o
si nos da información falsa o fraudulenta, puede estar sujeto
a multas.
No está obligado a facilitar la información solicitada en un
formulario sujeto a la Ley de Reducción de Trámites, a
menos que el mismo muestre un número de control válido de
la Office of Management and Budget (Oficina de
Administración y Presupuesto, u OMB, por sus siglas en
inglés). Los libros o récords relativos a un formulario o sus
instrucciones deberán ser conservados mientras su
contenido pueda ser utilizado en la aplicación de toda ley
contributiva federal.
El Subtítulo C, Employment Taxes (Contribuciones sobre
la nómina) del Código Federal de Rentas Internas impone
dichas contribuciones sobre los salarios. Se usa este
formulario para declarar la cantidad de contribuciones que
usted debe. La sección 6011 requiere que provea la
información solicitada si le corresponde la contribución. La
sección 6109 requiere que usted incluya su número de
identificación.
Por regla general, las planillas de contribución y toda
información pertinente son confidenciales, conforme a la
sección 6103. No obstante, la sección 6103 permite o
requiere que el IRS divulgue o provea tal información a
Los promedios de tiempo requeridos para completar y
radicar este formulario variarán dependiendo de las
circunstancias individuales. Los promedios de tiempo
estimado están aprobados bajo el número de control
1545-0090 de la OMB y son los siguientes: Mantener los
récords, 33 min.; Aprender acerca de la ley o sobre este
formulario, 6 min.; Preparar este formulario, 1 hr.;
Copiar, organizar y enviar este formulario al IRS, 34 min.
Si desea hacer algún comentario acerca de la exactitud
de estos estimados de tiempo o si desea hacer alguna
sugerencia que ayude a que este formulario sea más
sencillo, por favor, envíenoslos. Nos puede enviar
comentarios desde la página web www.irs.gov/formspubs.
Pulse sobre el enlace “More information" (Más información) y
luego sobre el enlace “Comment on Tax Forms and
Publications" (Comentarios sobre los formularios de
contribución y las publicaciones). O puede enviar sus
comentarios al Internal Revenue Service, Tax Forms and
Publications Division, 1111 Constitution Ave. NW, IR-6526,
Washington, DC 20224. No envíe el Anexo H-PR (Formulario
1040-PR) a esta dirección. En vez de eso, vea Cuándo y
dónde radicar.
-13-
File Type | application/pdf |
File Title | 2013 Instrucciones para el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) |
Subject | Instrucciones para el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el Empleo de Empleados Domésticos |
Author | W:CAR:MP:FP |
File Modified | 2014-12-05 |
File Created | 2014-01-09 |