ATF F 4473 (5300.9 Registro de Transacción de Armas de Fuego

Firearms Transaction Record/Registro de Transacción de Armas de Fuego

F 4473 (5300. 9) Pt. 1 Spanish Version draft (April 2020) with watermark

Firearms Transaction Record/Registro de Transacción de Armas de Fuego

OMB: 1140-0020

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Departamento de Justicia de los Estados Unidos
Negociado de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos

OMB No. 1140-0020

Registro de Transacción de Armas de
Fuego

ADVERTENCIA: La información que proporcione se utilizará para establecer si la ley le prohíbe recibir un arma de fuego. Ciertas contravenciones de la Ley de
Control de Armas de Fuego, secciones 921 et seq. del título 18, Código de los Estados Unidos, se castigan con un máximo de diez años de reclusión o el pago de una
multa de $250,000 o con ambas penas. Cualquier persona que exporte un arma de fuego sin la autorización apropiada del Departamento de Comercio o del
Departamento de Estado, segun aplicable, será sujeto a una multa de no más de $1,000,000 y hasta 20 años de encarcelamiento.

Número de serie
de transacción del
transferidor/vendedor

Lea los Avisos, Instrucciones y Definiciones de este formulario. Prepare el original sólo en los locales con licencia (incluye los negocios realizados temporalmente
en una exposición de armas calificado como tal o evento en el estado en que se encuentra el establecimiento autorizado) a menos que la transacción cumple las
condiciones bajo la sección 922(c) del título 18, Código de los Estados Unidos. Todas las entradas deben estar escritas a mano en tinta al menos que el
formulario es preparado según ATF Rul. 2016-2. POR FAVOR USE LETRA DE MOLDE.

Sección A - Debe ser completado por el Transferidor/Vendedor antes que el adquiriente/comprador complete la Sección B
3.
4.
1.
2.
5.
Fabricante e importador (de haberlos).
Modelo
Número de serie
Tipo
Calibre
(Si el fabricante y el importador son
(Si está designado)
diferentes, incluya ambos).
1.
2.
3.
6. Número total de armas a ser transferidas (Por favor deletree el número total,
por ejemplo, uno, dos, etc. No utilice los numerales.)

AF
T

7. Verifique si alguna parte de esta transacción es una redención de
arma de fuego empeñada.
Enliste el/los número(s) de la línea de la pregunta 1:
8. Compruebe si esta operación es para facilitar una transferencia privada.
Sección B - Debe ser completado personalmente por el adquiriente/comprador
9. Nombre completo del adquiriente/comprador (Si el nombre legal contiene solo una inicial, escriba “IO” entre comillas después de la inicial. Si no tiene inicial o segundo nombre, escriba “NMN”)
Apellido (Incluyendo sufijo (por ejemplo, Jr, Sr, II, III) Nombre
Segundo nombre
10.	 Estado Actual de Residencia y Dirección (abreviaturas postales del correo de los Estados Unidos son aceptables. No puede ser un apartado de correo).
Dirección (calle y número)
Ciudad
Estadoe Código postal Condado/Municipalidad/Barrio
(ZIP CODE)
11. Lugar de nacimiento
Ciudad y estado de los Estados Unidos -O- País extranjero

Hispano o latino

18.b. Raza (seleccione una o más razas en 18.b. Tanto 18.a. y 18.b. deben ser contestadas.)

D

18.a. Etnicidad

R

12. Estatura 13. Peso
14. Sexo
15. Fecha de nacimiento
Pies
Masculino Mes
(en libras)
Año
Día
Femenino
Pulgadas
No Binario
16.	 Número de seguro social (opcional, pero puede evitar identificación errónea)
17. Número único de identificación personal (UPIN, por sus siglas en inglés) o Identificación de
labasededatos delManejodeApelaciones (AMDID,porsus siglaseninglés)(siespertinente)

No Hispano o latino

Indio americano o nativo de Alaska

Negro o afroamericano

Asiático

Nativo de Hawai o de otras islas del Pacífico

Blanco

19. País de ciudadanía: (Marque/Anote más de uno, si aplica. Nacionales de los Estados Unidos puede marcar EE. UU.)
Estados Unidos de América (EE. UU.)

Otros País/Países (Especifique):

20.	 Si usted es un extranjero, escriba su número de extranjero o admisión a los Estados Unidos (AR#, #USCIS, o I94#):
21.	 Conteste las siguientes preguntas seleccionando el encasillado “sí” o “no” a la derecha de cada pregunta:
a. ¿Es usted el adquiriente/comprador actual del arma(s) de fuego que figuran en este formulario y en cualquier hoja(s) de continuación (ATF Formulario
5300.9A)? Advertencia: Usted no es el adquiriente/comprador actual, si usted está adquiriendo el arma(s) de fuego en nombre de otra persona. Si usted no
es el adquiriente/comprador real, el transferidor no puede transferirle el arma(s) de fuego a usted. Excepción: Si usted solamente va a recoger un arma(s) de
fuego reparado para otra persona, usted no está obligado a responder 21.a. y puede proceder con la pregunta 21.b.

Sí

No

b. ¿Está bajo acusación o información en cualquier tribunal por un delito grave, o cualquier otro delito por el cual el juez podría
encarcelarlo durante más de un año, o es un miembro actual de la militar que ha sido acusado de haber violado el Código Uniformar de
Justicia Militar, y cuyos cargos han sido transferidos a una corte marcial general?
c. ¿Alguna vez ha sido condenado en un militar por un delito grave, incluyendo una corte militar, o cualquier otro delito por el que el
juez podría haberle encarcelado por más de un año, aunque haya recibido una sentencia más corta entre ellos libertad condicionada?
d. 	 ¿Es usted un fugitivo de la justicia?
e. ¿Es usted un usuario ilegal de, o adicto a la marihuana o cualquier depresivo, estimulante, narcótico o cualquier otra sustancia
controlada? Advertencia: El uso o posesión de marihuana sigue siendo ilegal bajo la ley federal, independientemente de si se ha
legalizado o despenalizado con fines médicos o de recreo en el estado en el que usted reside.
Ediciones Anteriores Son Obsoletas

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NO SEPARE LAS PÁGINAS; ENGRÁPELAS SI SE SEPARAN

Formulario ATF 4473 (5300.9)
Revisado en (
)

f.

Sí

¿Alguna vez ha sido adjudicado como deficiente mentalmente O ha sido alguna vez admitido a una institución mental?

No

g.	 ¿Ha sido despedido de las Fuerzas Armadas bajo condiciones deshonorables?
h. ¿Está sujeto a algún orden judicial,incluye orden de protección emitido por juez or magistrado militar, por el que se le prohibe acosar,
acechar o amenazar a su hijo o hija, o a su pareja, a hijo de dicha pareja?
i. ¿Ha sido condenado en alguna corte de un delito menor de violencia doméstica, o es, o ha sido miembro de la militr y ha sido convicto de algún
crimen que incluye, como elemento, el uso de fuerza en contra de una persona, como indentificado en las instrucciones?
j.	 ¿Alguna vez ha renunciado a la ciudadanía de los Estados Unidos?
k.	 ¿Es usted un extranjero ilegal o está ilegalmente en los Estados Unidos?
21.l.1. ¿Es usted un extranjero que ha sido admitido en los Estados Unidos con una visa de no inmigrante?
21.l.2. Sicontestó“sí”alapreguntaanterior,¿seencuentrabajoalgunasdelasexcepcionesmencionadasenlasinstrucciones?(Ciudadanosestadounidenses/nacionalesdejen21.1.2enblanco)
Certifico que mis respuestas en la sección B son verdaderas, correctas y completas. He leído y entendido las notificaciones, instrucciones, y definiciones en
el Formulario 4473. Entiendo que contestar “sí” a la pregunta 21.a. si no soy el adquiriente real/comprador es un delito que se castiga como un delito grave
bajo la ley federal, y también puede violar leyes estatales y/o locales. Entiendo que una persona que responda “sí” a cualquiera de las preguntas 21.b. a
la 21.k. está prohibida de recibir o poseer un arma de fuego. Entiendo que una persona que responda “sí” a la pregunta 21.1.1. está prohibido recibir o
poseer un arma de fuego, a menos que la persona conteste “sí” a la pregunta 21.1.2 y proporcione la documentación requerida en 26.d. También entiendo
que hacer cualquier declaración oral o escrita falsa, o exhibir cualquier identificación falsa o tergiversada con respecto a esta transacción, es un delito que se
castiga como un delito grave bajo la ley federal, y también puede violar leyes estatales y/o locales. Además, entiendo que la compra repetitiva de armas de
fuego para fines de reventa para ganarse la vida y obtener ganacias sin una licencia federal de armas de fuego es una violación de la ley federal.
22.	 Firma del adquiriente/comprador
23.	 Fecha de certificación
Mes
Día
Año

AF
T

Sección C - Debe ser completado por el transferidor/vendedor antes de transferir la/las arma(s) de fuego
24. Categoría de armas de fuego por entregar (marque todo lo que corresponda): 25. Si la venta o transferencia es una exposición calificada de armas de
fuego o evento:
Armas cortas
Armas largas
Otras armas de fuego (armazón,
Nombre de la función:
(pistolas y
(rifles o
cajón de mecanismos, etc.)
Ciudad, estado:
revólveres)
escopetas)
26.a.	Documento de identidad (por ejemplo, licencia de manejar de Virginia u otro documento de identidad gubernamental válido con fotografía, incluyendo una identificación militar.)
Autoridad expedidora e Tipo de Documento de
Número del documento de identidad
Fecha de vencimiento (de si corresponde)
Identificación
Año
Mes
Día

R

26.b.	Documento complementario emitido por el Gobierno (si el documento de identificación no muestra el domicilio actual o su nombre legal completo)
26.c.	Órdenes Militares Oficiales Estableciendo Cambio Permanente de Estación (PCS, por sus siglas en inglés):
Base/Ciudad y Estado del PCS:
Fecha efectiva del PCS:
Número de Orden del PCS (si aplica):

D

26.d. Excepción a la prohibición de los extranjeros no imigrantes: Si el adquiriente/comprador respondió “si” a 21.1.2. registrar el tipo de documento que
indique la excepción a la prohibición y adjuntar una copia a este Formulario 4473:
27.a. Incluya fecha en que la información del adquiriente/comprador en la
sección B fue transmitida al NICS o la agencia estatal correspondiente:
Mes
Día
Año

27.b.	El número de transacción del NICS o del estado (si se conoce):

27.c. La respuesta inicialmente proporcionada por NICS o la agencia estatal
correspondiente fue:
Aplazamiento
Aprobación

27.d. Antes de la transferencia NICS o la agencia estatal correspondiente
luego han prorporcionado las siguientes respuestas:
Revocado
Aprobación
(fecha)

Denegación
Cancelación

[Las armas de fuego podrán entregarse el
si la ley del estado lo permite
(opcional)]

Denegación

(fecha)

Cancelación

(fecha)

No se proporcionaron una respuesta en el plazo de 3 días hábiles.

27.e.	Después de la transferencia del arma de fuego, la respuesta siguiente fue proporcionada por NICS o la agencia estatal apropiada (si aplica) en:
(fecha).

Aprobación

Denegación

27.f.	 Nombre y número de identificación (número Brady) del examinador del NICS. (Opcional)
(nombre)
28.

Cancelación

27.g.	Nombre del Empleado del FFL que completó el NICS Check (Opcional)

(número)

No se require una verificacíon del NICS ya que una verificación de antecedentes fue completada durante el proceso de aprobación de NFA
para el individuo que recibirá el arma de fuego, como reflejado en la aplicación aprobada de NFA.

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NO SEPARE LAS PÁGINAS; ENGRÁPELAS SI SE SEPARAN

Formulario ATF 4473 (5300.9)
Revisado en (
)

29.

No se require una verficación del NICS ya que el adquiriente/comprador tiene un permiso válido del estado en donde es tener lugar la
transferencia, que cualifica como una exención de NICS.

Estado emisor y tipo de permiso

Fecha de emisión (si corresponde) Fecha de vencimiento (si corresponde) Número del permiso (si corresponde)

Sección D - Debe responder personalmente el adquiriente/comprador
Si la transferencia del arma(s) de fuego se lleva a cabo en un día diferente de la fecha en que el adquiriente/comprador firmó la Sección B, el adquiriente/
comprador debe completar la Sección D inmediatamente antes de la transferencia del arma(s) de fuego.
Yo certifico que todas mis respuestas en la Sección B de este formulario siguen siendo verdaderas, correctas y completas.
30. Firma del adquiriente/comprador
31. Fecha de la recertificación
Mes
Año
Día
Sección E - Debe ser completado por transferidor/vendedor
33. Nombre commercial/corporación y dirección del transferidor/
32. Para uso por parte del titular de la licencia de armas de fuego
vendedor y el número de la licencia federal de armas de fuego
(debe contener por lo menos los primeros tres y los últimos cinco
dígitos X-XX-XXXXX; estampacion de mano pueden ser utilizado)

R

AF
T

El Individuo Transfiriendo La/Las Arma(s), Debe Completar Las Preguntas 34-36.
Para Transacciones Denegadas/Canceladas, El Individuo Que Completó La Sección C debe De Completar Las Preguntas 34-35.
Yo certifico que: (1) yo he leído y comprendo los avisos, instrucciones, y definiciones en esta Formulario 4473 de ATF; (2) la información grabada en la Sección A,
C, y E son verdadera, correcta y completa; y (3) este registro de transacción ha sido completado en su totalidad en las instalaciones comerciales del licenciatario
(“instalaciones del licenciatario” incluye actividades comerciales temporales realizadas desde una exposición de armas autorizadas o eventos dentro el mismo estado
en qual esta la instalación de licenciario) a menos que la transacción haya cumplido con los requisitos bajo 18 U.S.C 922(c). A menos que esta transacción haya sido
denegada o cancelada por NICS o la agencia del estado, además certifico a base de — (1) respuestas del adquiriente/comprador en la Sección B (y Sección D, si
corresponde); (2) la verificación de identidad grabada en la pregunta 26 (y la re-verificación al momento de ser transferida, si la Sección D fue completada); y (3)
leyes locales o estatales aplicables para los negocios de armas — creo que no es ilegal vender, entregar, transportar o de lo contrario disponer la/las arma(s) de fuego
enlistada(s) en esta formulario a la persona identificada en la Sección B.
36. Fecha de tranferencia
34. Nombre del transferidor o vendedor (en letra de molde) 35. Firma del transferidor/vendedor
Mes
Año
Día
RECORDATORIO - Al cierre de las operaciones, complete Formulario 3310.4 de ATF para Ventas Múltiples de armas cortas dentro de 5 días laborables consecutivos.
AVISOS, INSTRUCCIONES Y DEFINICIONES

D

Fines de este formulario: La información y certificación del presente formulario
sirven para que él que posea una licencia conforme a la sección 923 del título
18, Código de los Estados Unidos, determine si él/ella puede vender o entregar
legalmente un arma de fuego a la persona indicada en la Sección B y para que el
adquiriente/comprador este alertado de las restricciones que se imponen al recibo
y la posesión de armas de fuego. El transferidor/vendedor del arma de fuego debe
determinar la legalidad de la transacción y guardar constancias adecuadas de la
misma. Por consiguiente, el transferidor/vendedor debe conocer las
disposiciones de las secciones 921-931 del título 18, Código de los Estados Unidos
y de los reglamentos que figuran en la partes 478 y 479 del título 27, Código de
los Reglamentos Federales. Al determinar la legalidad de la venta o entrega de un
rifle o escopeta al residente de otro estado, se presume que el transferidor/vendedor conoce las leyes y las ordenanzas publicadas pertinentes de los estados del
transferidor/vendedor y del adquiriente/comprador. (Véase la Publicación 5300.5
de ATF, (en https://www.atf.gov/.) Leyes Estatales y Ordenanzas Publicadas)
En general, Formulario ATF 4473 debe ser completado en los locales comerciales
con licencia cuando un arma de fuego se transfiere en una transacción directa. La
ley federal, sección 922(c) del título 18, Código de los Estados Unidos, permite a un
importador, fabricante o distribuidor con licencia vender un arma de fuego a una persona que no aparece personalmente en el establecimiento comercial del licenciatario
sólo si el adquiriente/comprador cumple con ciertos requisitos. Estos requisitos se
exponen en la sección 922(c), en la parte 478.96(b) del título 27, Código de
Reglamentos Federales y en el Procedimiento ATF 2013-2 (o actualizacion
subsequente)

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Una vez efectuada la transacción, el transferidor/vendedor debe mantener en su
archivo permanente el formulario original 4473 de ATF debidamente completado
(el cual incluye los Avisos, las Instrucciones y las Definiciones), así como cualquier
documento adicional en sus registros permanentes. Los formularios 4473 se
retendrán por lo menos durante veinte años y después de ese período podrán ser
sometidos a la ATF. El archivo se ordenará cronológicamente (por fecha de
disposición), alfabéticamente (por nombre de comprador) o numéricamente (por el
número de serie de la transacción), siempre y cuando todos los formularios 4473 del
mismo transferidor/vendedor, una vez llenados, se archiven de la misma manera.
DEBERÁN RETENERSE LOS FORMULARIOS 4473 PARA LAS TRANSFERENCIAS
DENEGADAS O CANCELADAS: Si el NCIS deniega o cancela la entrega de un
arma de fuego, o si por algún otro motivo no se efectúa la entrega después de
haberse iniciado la comprobación del NICS, el titular de la licencia, deberá retener el
formulario 4473 de ATF en sus archivos durante cinco años, como mínimo. Cuando
las ventas, entregas o transferencias no se hayan efectuado con respecto a los
correspondientes formularios 4473, estos se retendrán por separado en orden
alfabético (por nombre del adquiriente) o cronológico (por fecha de la certificación
del adquiriente).
Si el transferidor/vendedor o el adquiriente/comprador descubre, de la entrega del
arma de fuego, que el formulario 4473 de ATF está incompleto o no se ha llenado
correctamente y el transferidor/vendedor o el adquiriente/comprador desean corregir
la(s) omisión(es) o el/los error(es), se fotocopiará el formulario incorrecto y efectuarán todas las correciones o anotaciones en la fotocopia. El transferidor/vendedor
sólo debe hacer cambios en las secciones A, C y E; el adquiriente/comprador sólo
los hará en las secciones B y D. Quienquiera que haga los cambios deberá poner sus
iniciales y fecharlos. La fotocopia corregida deberá adjuntarse al formulario 4473
original y retenerse en los archivos permanentes del transferidor/vendedor.

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Formulario ATF 4473 (5300.9)
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)

Sección A
Preguntas 1-6. Descripción de las armas de fuego. Estos bloques deben de ser
completados con la información de las armas de fuego. Todas armas de fuego
manufacturada después de 1968 por un licenciatario federal de armas de fuego debe
ser marcada con un número de serie. Si se adquiere un arma de fuego que
legalmente no lleve un número de serie (pre-1968); la pregunta 3 se puede contestar
con las siglas “NSN” (significando que la arma es sin numero de serie) o “N/A” o
con la palabra “ninguno”.
Si más de tres armas de fuegos están involucrada en una transacción, favor de
proveer la información requerida por la sección A, Preguntas 1-5 en el Formulario
5300.0A de ATF, Hoja de Continuación del Registro de Transacción de Armas de
Fuego. La Forma 5300.9A completada, debe adjutar a esta el Formulario 4473.
Tipos de armas de fuego incluyen, pero no limitado a: pistola, revólver, rifle,
escopeta, cajón de mecanismo, o armazón y armas de fuego que no son ni armas
cortas ni armas largas (rifles o escopetas), tales como las armas de fuego que tiene
una empuñadura de pistola que expulsan un cartucho de escopeta (arma de fuego
con empuñadura de pistola) o armas de fuego NFA (ametralladoras, silenciadores,
escopeta de cañon corto, rifle de cañon corto, dispositivo destructivo o “cualquier
otra arma”).

Pregunta 8. Transferencia Privada: Marque esta casilla, si el titular de la licencia
está facilitando la venta o transferencia de un arma de fuego entre personas privadas
de conformidad con el Procedimiento ATF 2017-1. Esto ayudará al titular de la
licencia a documentar en sus registros cual de las transacciones corresponde con las
tranferencias entre partes privadas, y el por qué no hay entradas correspondientes en
el A&D cuando la transferencia no procedió debido a que fue denegada, retrasada o
cancelada.
Sección B

D

R

El adquiriente/comprador debe llenar personalmente la Sección B del presente
formulario y certificar (firmar y fechar) que las respuestas son veraces, correctas y
completas. Sin embargo, si el adquiriente/comprador no sabe leer o no sabe escribir,
las respuestas (aparte de la firma) las puede llenar otra persona, excluyendo al
transferidor/vendedor. En este caso, dos personas (excluyendo al transferidor/
vendedor) deben firmar como testigos de las respuestas del adquiriente/comprador y
firmar/certificar en la pregunta 22.

Si el adquiriente/comprador del arma de fuego es una empresa, compañía, asociación, sociedad u otra entidad legal, una persona responsable, que tenga autorización para actuar en nombre de la empresa, llenará la Sección B del formulario con
su información personal, firmará la Sección B y adjuntará una declaración escrita,
cuya falsedad se castigaría con pena de perjurio, en la que manifieste que: (A) el
arma de fuego se adquiere para uso y propiedad de la empesa y (B) el nombre y la
dirección de la empresa.
Pregunta 9. Nombre Completo del Adquiriente/Comprador: Si el nombre del
adquiriente/comprador resulta ilegible, el transferidor/vendedor ha de escribir el
nombre en letra de molde arriba del nombre escrito por el adquiriente/comprador.
Pregunta 10. Dirección de Residencia Actual: Una ruta rural (RR) podrá ser
aceptada siempre que el adquiriente/comprador viva en un estado o lugar donde se
considera la dirrección como una residencia legal.
Si el adquiriente/comprador es un miembro de las Fuerzas Armadas en servicio
activo, su estado de residencia es el estado en que se encuentra su puesto de servicio
permanente. Si el miembro del servicio esta adquiriendo un arma de fuego en un
estado donde se encuentra su puesto de servicio permanente, pero él/ella reside en
un estado diferente, el adquiriente/comprador debe incluir tanto su dirección de la
estación de servicio permanente y su dirección del estado donde mantiene residencia
permanente. Si el adquiriente/comprador tiene dos estados de residencia, el
adquiriente/comprador deberá escribir su dirección de residencia actual (por ejemplo,
si el adquiriente/comprador está comprando un arma de fuego mientras se aloja en su
casa de fin de semana en el estado X, indique la dirección en el estado X).

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Pregunta 17. Número único de identificación personal (UPIN, por sus siglas en
inglés) o identificación de la base de datos del manejo de apelaciones (AMD ID,
por sus siglas en inglés): Para los adquirientes/compradores aprobados de tener
información de ellos en el Archivo Voluntario de Apelaciones del FBI NICS, en
donde NICS les proveerá con un UPIN, cual el adquiriente/comprador debe registrar
en la pregunta 17. El AMD ID es un número que se le brindará a los apeladores en
cierto tipo de revocaciones apeladas y también debe ser registrada en la pregunta 17.
El transferidor/vendedor debe de brindar el UPIN/AMD ID cuando se lleve cabo una
verificación de antecedentes mediante NICS o el punto de contacto del estado.
Pregunta 18.a. y 18.b. Etnicidad y Raza: Las regulaciones federales, Sección 478.
124(c)(1) del título 27, Código de los Reglamentos Federales, require que el titular
de la licencia obtenga la raza del adquiriente/comprador. Esta información ayuda al
FBI y/o al Estado Punto de Contacto (POC) verificar o descartar posibles
coincidencias durante el proceso de verificación de antecedentes penales y puede
ayudar en investigaciones criminales.
Etnicidad se refiere a la herencia de una persona. Las personas de origen cubano,
mexicano, puertorriqueño, centro o sudamericano o de otra cultura u origen español,
sin importar la raza, se consideran hispanos o latinos.
Raza - una o más de las siguientes respuestas se debe seleccionar: (1) Indio Americano o Nativo de Alaska - Una persona que tiene orígenes en cualquiera de los pueblos
originales de Norte o Sur América (incluyendo América Central), y que mantienen
una afiliación tribal o enlace con la comunidad; (2) Asiático - Una persona que tiene
orígenes en cualquiera de los pueblos originales del Lejano Oriente, Sureste de Asia
o el subcontinente indio, incluyendo, por ejemplo, Camboya, China, India, Japón,
Corea, Malasia, Pakistán, Filipinas, Tailandia y Vietnam; (3) Negro o
Afroamericano - Una persona que tiene orígenes en cualquiera de los grupos raciales
negros de África; (4) Nativo de Hawai u otras islas del Pacifico - Una persona que
tiene orígenes en cualquiera de los pueblos originales de Hawai, Guam, Samoa u
otras islas del Pacífico; y (5) Blanco - Una persona que tiene orígenes en cualquiera
de los pueblos originales de Europa, Oriente Medio o África del Norte. Seleccione
la representación más cercana o cualquier otra raza o grupo étnico que no cae dentro
de los indicados.

AF
T

Armas de fuego adicionales compradas por el mismo adquiriente/comprador no
se pueden añadir a la forma después de que el transferidor/vendedor ha firmado y
fechado. Un adquiriente/comprador que desea adquirir armas de fuego adicionales
después de que el transferidor/vendedor ha firmado y fechado el formulario debe
completar un nuevo formulario 4473 de ATF y someterse a una nueva verificación
de NICS.

Pregunta 14. Sexo: Individuos que no sean identificados como masculino o
femenino en sus documento(s) de identificación, deben marcar No Binario.

Pregunta 20. Número de Extranjero emitido por los Estados Unidos o Número
de Admisión: Número de Extranjero emitido por los Estados Unidos o Número de
Admisión se pueden encontrar en los siguientes documentos del Departamento de
Seguridad Nacional de los Estados Unidos: tarjeta de residente legal o tarjeta de autorización de empleo (AR # o USCIS); Registro de Llegada/Salida, Formulario I-94,
o el Formulario I-797A (I-94#). Información adicional se puede obtener de www.
cpb.gov. Si usted es un ciudadano estadounidense o nacionalizado en los Estados
Unidos, esta pregunta debe dejarse en blanco.
Pregunta 21.a. Adquiriente/Comprador Actual: Para este formulario, una
persona es el adquiriente/comprador actual si él/ella compra el arma de fuego para sí
mismo o si la adquiere para sí mismo(a) de alguna otra manera. (Por ejemplo,
recupera el arma de fuego que estaba empeñada o en consignación, o gana el arma de
fuego en una rifa). Una persona es también adquiriente/comprador actual si él/ella
compra legalmente el arma de fuego como un regalo de buena fe para un tercero. Un
regalo no es de buena fe si la otra persona ofrece o le dió a la persona que completa
este formulario dinero, servicio(s), o elemento(s) de valor para adquirir el arma de
fuego para él/ella, o si la otra persona está prohibida por ley para recibir o poseer el
arma de fuego.
EJEMPLOS: El señor Smith le pide al señor García que le compre un arma de
fuego, (quien puede o no puede estar prohibido). El señor Smith le da al señor
García el dinero para el arma de fuego. El señor García NO ES EL ADQUIRIENTE/
COMPRADOR ACTUAL del arma de fuego y debe responder “NO” a la pregunta
21.a. El titular de la licencia no puede entregar el arma de fuego al señor García.
Sin embargo, si el señor Brown compra el arma de fuego con su propio dinero para
darle al señor Black como un regalo (sin servicio o cosa tangible del valor
proporcionado por el señor Black), el señor Brown es el adquiriente/comprador
actual del arma de fuego y debe responder “Sí” a la pregunta 21.a. No obstante, el
transferidor/vendedor no debe entregar un arma de fuego a una persona que él/
ella sepa o tenga causa razonable para considerar que esa entrega está prohibida
conforme a los incisos (g), (h), (n) o (x) de la sección 922, título 18 del Código de
los Estados Unidos.

Formulario ATF 4473 (5300.9)
Revisado en (
)

Preguntas 21.b. - 21.I. Personas Prohibidas: Por lo general, la sección 922(g)
del título 18, Código de los Estados Unidos, prohíbe el envío, transporte, recibo o
posesión en comercio interstatal o que se efectúe el comercio interestatal de un arma
de fuego por una persona que: ha sido condenado por un delito grave en cualquier
corte federal, incluyendo una corte marcial general, estatal o local, o por cualquier
otro delito, castigado con una pena de prisión superior a un año: es prófugo de la
justicia; es consumidor ilícito de marihuana o de cualquier deprimente, estimulante o
estupefaciente o de otra sustancia controlada; ha sido declarado deficiente mental por
alguna autoridad competente o recluído en una institución para enfermos mentales;
ha sido dado de baja de las fuerzas armadas en circunstancias deshonrosas; está sujeto a ciertas órdenes de protección: ha sido encontrado(a) culpable y condenado(a)
por un delito menor de violencia doméstica o familiar bajo las leyes federales,
incluyendo una corte marcial general, estatales o tribales; ha renunciado a su nacionalidad estadounidense; es un extranjero que se encuentra ilegalmente en el país o
un extranjero admitido a los Estados Unidos bajo Visa de No inmigrante. Además,
la sección 922(n) prohíbe el envío, transporte, recibo o posesión en el comercio
interestatal, o que afecte a dicho comercio, de un arma de fuego por una persona que
esté acusada por un jurado indagatorio o información de un delito grave en cualquier
corte federal, incluyendo una corte marcial general estatal, o local, o cualquier otro
delito castigable con reclusión de más de un año. Una información es una acusación
formal de un delito verificado por un fiscal.
Un miembro de las fuerzas armadas debe de responder “sí” a la pregunta 21.b. si ha
sido acusado con una ofensa, referido a una corte marcial general. Un ex o actual
miembro militar debe de responder “sí” a la pregunta 21.c. si fue convicto por una
corte marcial general.

Pregunta 21.h. Órdenes restricciones calificados: Conforme a la sección 922 del
título 18, Código de los Estados Unidos, no podrá comprar ni recibir armas de fuego
una persona que están sujetos de una orden judicial: (A) que fue expedida después de
una audiencia de la cual fue notificada adequadamente y en la cual tuvo la oportunidad de participar; (B) por la que se le prohíbe acosar, acechar o amenazar a su hijo o
hija, o a su pareja, o al hijo o hija de ésta, o comportarse de manera que infunda en
dicha pareja un temor razonable a sufrir lesiones físicas o a que las sufra un menor;
y (C) (i) a la que se incorpora la determinación de que esa persona representa una
amenaza real para la seguridad física de la pareja o para la de un menor, o (ii) que
prohíbe explícitamente el uso, intento de uso, o amenaza del uso de la fuerza contra
la pareja o contra un menor, cuando sea razonable suponer que la misma cause daños
físicos. Por “pareja” de una persona se entiende o ex-cónyuge de la persona, el
progenitor de un hijo o hija de la persona, o alguien que cohabita o haya cohabitado
con la persona íntimamente.

AF
T

Le dieron de baja “bajo circunstancias deshonrosas” significa la separación de las
Fuerzas Armadas como resultado de una baja deshonrosa o despido adjudicado por
una corte marcial general. Ese término no incluye cualquier otro tipo de segregación
o separación.

EXCEPCIÓN: En virtud de la Ley de Enmiendas de Mejoras al NICS de 2007,
una persona que haya sido declarada deficiente mental o recluída en una institución
para enfermos mentales en un procedimiento del estado no se considerará “persona
prohibida” por la adjudicación u obligación si la persona ha sido otorgado el relevo
por el estado que le adjudicó u obligó en virtud de un relevo de la calificación del
programa por discapacidad de salud mental. Además, una persona que ha sido
juzgada como deficiente mental o ha sido sometido a una institución mental por un
departamento o agencia del Gobierno Federal no está prohibida por la adjudicación
u obligación si (a) se dejarán de lado la adjudicación u obligación de la persona o
expurgado por la agencia que se lo adjudicó; (b) la persona ha sido puesta plenamente en libertad o exonerada de todo tratamiento, supervisión o vigilancia de parte
del organismo; (c) el organismo ha llegado a la conclusión de que la persona ya no
sufre de la aflicción mental que motive la declaración original de incompetencia; (d)
la adjudicación o cometimiento, respectivamente, se basa únicamente en un hallazgo
médico de la discapacidad, sin tener la oportunidad de ser oído por un tribunal, junta,
comisión, u otra autoridad legal, y la persona no ha sido juzgado como trastornado
mental defectuoso consistente con la sección 922(g)(4) del título 18 del Código de
Estados Unidos; o (e) la agencia que adjudicó/le concedió un relevo a la persona de
conformidad con un relevo de programa de salud mental calificado. Esta excepción
a una adjudicación o compromiso por parte de un departamento o agencia federal
no se aplica a cualquiera que haya sido absuelto a causa de demencia o de falta de
responsabilidad mental, o considerado incompetente para someterse a juicio, en
cualquier caso penal o conforme al Código Uniforme de Justicia Militar (Uniform
Code of Military Justice). Las personas que caen dentro de una de las excepciones
anteriores deben responder “no” a la pregunta 21.f.

D

R

EXCEPCIÓN: Una persona no es prohibida de recibir o poseer un arma de fuego
si: (1) ha sido convicto de una ofensa federal o estatal pertanesca a una violación
antimonopolia, practicas injustas de comercios, u otras ofenzas similares relacionadas a las regulaciones de practicas de negocios; (2) ha sido convicto de un delito
menor en un estado en donde se es castigado con dos años o menos de encarcelamiento; o (3) por consiguiente a una convicción por delitos graves o algún otro
crimen en donde el juez haya encarcelado a la persona por más de un año, o un delito
menor por violencia doméstica, haya recibido un perdón, un arrase de convicción, o
retirado la convicción, o haya perdido y recuperado sus derechos civiles (derecho a
votar, de sentarse en un jurado, y de ocupar funciones públicas) bajo la jurisdicción
de donde fue convicto, Y que la leyes judiciales de donde fue convicto no prohiban
a la persona de recibir o poseer un arma de fuego. Personas sujetas a algunas de
estas excepciones, o que reciban un alivio por discapacidad bajo el título 18, Código
de los Estados Unidos 925(c), estipula el que debe de responder “no” a la pregunta
aplicable.
Pregunta 21.d. Prófugo de la Justicia: Cualquier persona que ha huido de
cualquier estado para evitar ser procesado por un delito grave o un delito menor;
o cualquier persona que deja el estado para evitar dar testimonio en cualquier
procedimiento penal. El término también incluye a cualquier persona que sabe que
tiene delitos menores o graves pendientes en su contra y se va del estado donde sería
procesado.
Pregunta 21.f. Adjudicado como Deficiente Mental: La conclusión de un
tribunal, junta, comisión u otra autoridad legítima de que una persona, a
consecuencia de poseer un grado de inteligencia evidentemente subnormal, o de
padecer una enfermedad mental o de otro orden o incompetencia o afección: (1)
repesenta un peligro para él mismo o para otros; o (2) es incompetente para
administrar o gestionar sus propios asuntos. Esta expresión comprende, con respecto
a esa misma persona: (1) un fallo de demencia dictado por un tribunal en causa
penal; y (2) aquellas personas encontradas incompetentes para someterse a juicio por
falta de responsabilidad mental.
Reclusión en Una institución para enfermos mentales: La reclusión oficial de
una persona en una institución para enfermos mentales, por decisión de un tribunal,
junta, comisión u otra autoridad legítima. Por esta expresión también se entiende
la reclusión involuntaria: la reclusión por deficiencia o enfermedad mental, y la
reclusión por otros motivos, como el consumo de estupefacientes. La misma, sin
embargo, no incluye la reclusión en una institución para enfermos mentales, para
observación o de forma voluntaria.

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Pregunta 21.i. Delito Menos Grave De Violencia Doméstica: Una infracción de
las leyes federales, incluyendo una corte marcial general, estatales, locales o tribales
que constituye falta conforme a esas leyes y de la que, como elemento, el uso o el
intento del uso de fuerza física, o la amenaza del uso de un arma mortífera, cometida
por el cónyuge, progenitor o tutor de la víctima, actual o pasado, o por una persona
con la cual la víctima tenga un hijo o hija en común, o por una persona que cohabita
o ha cohabitado con la víctima como cónyuge, progenitor o tutor, o por una persona
que tiene vínculos íntimos con respecto a un cónyuge, progenitor o tutor de la víctima. Por esta expresión se entiende cualquier falta que tenga como elemento el uso o
la tentativa de uso de la fuerza física o la amenaza de uso de un arma mortífera (por
ejemplo, agresión con lesiones) si la infracción la comete una de las partes definidas.
(Véase las excepciones a 21.b.- 21.l.). No se considerará persona prohibida la que
haya sido condenada por infracción delictiva de violencia familiar a menos que: (1)
esa persona hubiera estado representada por un abogado o hubiera renunciado al
derecho a esa representación, o (2) si esa persona tenía derecho al juicio por jurado,
ha sido juzgada por un jurado. Las personas que tengan derecho a estas excepciones
responderán “no” a la pregunta 21.i
Un ex o actual miembro militar quien haya sido convicto de haber violado el Código
Uniformado de Justicia Militar, que incluye, como elemento de causa, el uso de
fuerza en contra de una persona, como se identifica bajo la pregunta 21.i, debe de
responder “sí” a esta pregunta. Esto puede incluir ofensas que hayan sido
transferidos a una corte especial o una corte marcial general.
Pregunta 21.l. Estado Migratorio: Un extranjero admitido a los Estados Unidos
bajo Visa de No Inmigrante entre estos figuran los que viajan temporalmente a los
Estados Unidos con fines recreativos o comerciales, los que estudian en los Estados
Unidos pero tienen una residencia en país extranjero, y ciertos trabajadores
extranjeros. Estos extranjeros deben responder “sí” a esta pregunta y proporcionar
la documentación adicional requerida en la pregunta 26.d. para establecer que son
exentos’ de la prohibición de extranjeros no inmigrantes. Extranjeros residentes
permanentes y los extranjeros legalmente admitidos en los Estados Unidos de
conformidad con el Programa de Exención de Visa o regulaciones que los eximen de
Formulario ATF 4473 (5300.9)
Revisado en (
)

los requisitos de visado pueden responder “no” a está pregunta, dejar 21.I.2 en blanco,
y no están obligados a presentar la documentación adicional en la pregunta 26.d.
Pregunta 22. Certificación de Adquiriente/Comprador: Conforme a la sección
922(a)(1) del título 18, Código de los Estados Unidos, es ilícito dedicarse sin licencia
al negocio de la compraventa de armas de fuego. Se considera que una persona se
dedica al negocio de la compraventa de armas de fuego si él/ella destina tiempo,
atención y trabajo a la compraventa de armas de fuego como parte normal de su
negocio o comercio, con el objetivo principal de ganarse la vida y lucrarse mediante
la compra y reventa reiteradas de armas de fuego. No se exige licencia a las pesonas
que sólo efectúan ventas, compras o canjes esporádicos de armas de fuego para
mejorar su colección pesonal o que lo hacen como afición, o que él/ella venden, en
todo o en parte, su colección personal de armas de fuego.
Sección C
Pregunta 24. Categoria de armas de fuego. Por “otras” se entiende los armazones,
cajones de mecanismos u otras armas de fuegos que no sean ni armas cortas ni largas
(rifles y escopetas): por ejemplo, armas de fuego que tengan empuñadura de pistola
por la que se expulsen casquillos de escopeta, o un arma de fuego conforme a la Ley
Nacional de Armas de Fuego (National Firearms Act, NFA), incluyendo silenciadores.

Pregunta 26.c. Órdenes Militares Oficiales Estableciendo Cambio Permanente de
Estación (PCS, por sus siglas en inglés): El tutular de la licencia de armas puede
acceptar órdenes electrónicos de cambio permanente de estación (PCS) para establecer
residencia.
Pregunta 26.d. Excepciones a la Prohibición Extranjero No Inmigrante: Un extranjero
admitido en los Estados Unidos con una visa de no inmigrante no le está prohibido
comprar, recibir o poseer un arma de fuego si el extranjero: (1) se encuentra en posesión
de una licencia de caza o permiso legalmente emitido por el gobierno federal, un gobierno
estatal o local, o una tribu indígena reconocida al nivel federal por la Oficina de Asuntos
indígenas, que es válido y vigente; (2) fue admitido en los Estados Unidos legalmente para
cazar u otros propósitos deportivos; (3) ha recibido una dispensa a la prohibición por el
Fiscal General de Estados Unidos; (4) es un representante oficial de un gobierno extranjero
que está acreditado con el Gobierno de Estados Unidos o una misión o entidad
gubernamental o de una organización internacional que tiene su sede en los Estados
Unidos; (5) es un representante oficial de un gobierno extranjero que está en ruta hacia o
desde otro país al que ha acreditado al extranjero; (6) es un representante oficial de un
gobierno extranjero o un visitante extranjero distinguido que ha sido designado como tal
por el Departamento de Estado; o (7) es un agente de la ley de un gobierno extranjero
amigable entrando a los Estados Unidos en asuntos oficiales de aplicación de ley.
Pregunta 27. Verificaciones de Antecedentes del NICS: La sección 922(t) del título 18,
Código de los Estados Unidos, estipula que antes de la entrega de cualquier arma de fuego
a una persona que no sea titular de una licencia, una que lo sea (en calidad de importador,
fabricante o comerciante de armas) debe comunicarse con el Sistema Nacional Instantáneo
de Comprobación de Antecedentes Penales (National Instant Criminal Background Check
System, NICS). El NICS notificará al titular de la licencia si halla información que indique
que al presunto comprador se le prohíbe por ley poseer o recibir un arma de fuego. A
efectos del presente formulario, por comunicarse con el NICS se entiende comunicarse con
cualquier organismo Estatal Punto de Contacto o (POCs) que esté facultado para efectuar
esas averiguaciones para el Gobierno Federal.

AF
T

Aunque un armazón o cajón de mecanismos sólo se pueda convertir en un arma larga
(rifle o escopeta), sigue siendo un armazón o cajón de mecanismos, no un arma corta
ni una larga. Sin embargo, cajón de mecanismo o armazón también sigue siendo
“arma de fuego,” por definición legal, sujeta a las mismas restricciones de la Ley de
Control de Armas de Fuego (GCA, por sus siglas en inglés) como las demás. (Véase
la sección 921(a)(3)(B)). Según la sección 922(b)(1) del mismo título y Código, es
ilícito que un titular de la licencia venda un arma de fuego que no sea una escopeta ni
un rifle a una persona que sea menor de 21 años. Puesto que un armazón o cajón de
mecanismos para un arma de fuego, aunque sólo se pueda convertir en un arma larga,
es un “arma de fuego que no sea una escopeta o un rifle,” no se puede entregar a un
menor de 21 años, ni pueden estas armas de fuego ser transferidas a cualquier persona
que no sea residente del estado en que la transferencia ha de tener lugar. Cabe observar
también que no hace falta formularios para ventas múltiples en el caso de armazones o
cajones de mecanismos de cualquier arma de fuego, o para las escopetas con empuñadura
de pistola, puesto que no son “pistolas ni revólveres conforme a la sección 923(g)(3)(A).

y desea adquirir/comprar un arma de fuego en el estado X, puede presentar una
licencia de manejar (que muestre su nombre, fecha de nacimiento y fotografía)
expedida por el estado Y, más otro documento oficial (como un documento de los
impuestos) expedido por el estado X en que se indique la dirección de su
residencia. Un documento electrónico válido de un portal electrónico del gobierno puede
ser utilizado como documentación suplementaria, siempre que contenga el nombre y la
dirección de residencia actual del adquiriente/comprador.

R

Pregunta 25. Exposición de armas o evento calificado: Según se define en la sección
478.100 título 27, Código de los Reglamentos Federales, una exposición de armas o evento
cualificado es una función patrocinada por cualquier organización nacional, estatal o local,
dedicada a la colección, uso competitivo, o cualquier otro uso deportivo de armas de fuego,
o una organización o asociación que patrocina funciones dedicadas a la colección, uso
competitivo, o cualquier otro uso deportivo de armas de fuego en la comunidad.

D

Pregunta 26.a. Identificación de identidad: Antes de que el titular de la licencia pueda
vender o entregar un arma de fuego a quien no sea titular de la licencia, el transferidor/vendedor
debe establecer la identidad, dirección de la residencia y edad del adquiriente/comprador.
El adquiriente/comprador debe presentar al transferidor/vendedor un documento de identidad
oficial válido, que muestre su fotografía e indique su nombre, la dirección de la residencia
y la fecha de nacimiento del adquiriente/comprador. Se aceptará la licencia de manejar o
una tarjeta de identidad expedida por el estado. No se aceptarán tarjetas del seguro social
porque no indican la dirección ni la fecha de nacimiento ni llevan una fotografía.
Documentos de identificación como la licencia de manejar or tarjeta de identidad expedida
con designación binaria, no binario, o sexo no determinado puede ser utilizada como
documento de identificación. Una combinación de documentos expedidos por el gobierno
pueden ser proporcionado. Véase las instrucciones para pregunta 26.b Documentación
Suplementaria.
Si el adquiriente/comprador es un miembro activo de las fuerzas armadas adquiriendo un
arma de fuego en el estado en donde él/ella está asignado permanentemente, pero él/ella
tiene una licencia de manejar de otro estado, el transferidor/vendedor debe de enlistar la
identificación militar del adquiriente/comprador en respuesta a la pregunta 26.a, ademas de
las órdenes indicando el cambio permanente de estación (PCS, por sus siglas en inglés) como
indicada en pregunta 26.c.
Pregunta 26.b. Documentación Suplementaria: Los títulares de licencias aceptarán una
combinación de documentos oficiales válidos para satisfacer los requisitos legales de
identificación. Se exige un documento oficial válido que lleve el nombre, la fotografía y la
fecha de nacimiento del adquiriente/comprador, lo cual se puede suplementar por medio de
otros documentos oficiales válidos que muestren la dirección de residencia del adquiriente/
comprador. Esta documentación suplementaria deben ser indicada en la respuesta para
pregunta 26.b. junto con el nombre de la autoridad que la expide y el tipo de la documentación
que se presenta. Por ejemplo, si el adquiriente/comprador tiene dos estados de residencia

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El titular de la licencia NO debe comunicarse con el NICS sino poner fin a la transacción si existe una causa razonable para creer que el adquiriente/comprador está
prohibido de recibir o poseer un arma de fuego, incluyendo si: el adquiriente/comprador responde “no” a la pregunta 21.a.; el adquiriente/comprador responde “sí” a
cualquier pregunta en 21b.– 21.k., el adquiriente/comprador ha contestado “sí” a la
pregunta 21.l.1., y respondió “no” a la pregunta 21.l.2.; o el adquiriente/comprador
no puede proporcionar la documentación requerida por la pregunta 26.a, b, c, o d.
ADVERTENCIA: Cualquier persona que transfiere un arma de fuego a cualquier
persona que él/ella sepa o tenga motivos razonables para creer que está prohibido de
recibir o poseer un arma de fuego viola la ley, bajo la sección 922(d) del título 18,
Código de los Estados Unidos, incluso si el transferidor/vendedor ha cumplido con
los requisitos de verificación de antecedentes penales federales.
Las Rrespuestas del NICS. Si el NICS responde “proceed” (aprobación), se puede
continuar la transacción. Si el NICS responde “denied” (negado) o “cancelled”
(cancelado) (y no provee inmediatamente un número de transacción nuevo), se prohíbe
al transferidor/vendedor que entregue el arma de fuego al adquiriente/comprador. Si el
NICS responde “delayed” (aplazamiento), se prohíbe al transferidor/vendedor que
entregue el arma de fuego a menos que hayan transcurrido tres días hábiles y, antes de
la entrega, el NICS o el estado no haya notificado al transferidor/vendedor que el
recibo o la posesión del arma de fuego por el adquiriente/comprador constituiría una
contravención de la ley. (Para saber cómo se calculan los “tres dias hábiles,” véase
el ejemplo de la sección 478.102(a) del título 27, Código de los Reglamentos
Federales). Si el NICS responde “delayed” (aplazamiento), el NICS también facilitará
una fecha en el caso de falta de información para la resolución de la solicitud (Missing
Disposition Information MDI); esa fecha, que ya tiene en cuenta los tres días hábiles,
significa cuándo se puede entregar el arma de fuego conforme a la ley federal. Los
estados pudieran no facilitar una fecha MDI. Algunos estados no proporcionan el
número de la transacción para las denegaciones. Sin embargo, si el arma se entrega en
el plazo de tres días hábiles, es obligatorio indicar el número de la transacción. Debe
recordarse que la ley del estado puede imponer un plazo de espera para la entrega de
armas de fuego.

Formulario ATF 4473 (5300.9)
Revisado en (
)

En el momento que NICS está contactado, el titular de la licencia debe de registrar
en pregunta 27.a. – 27.c.: la fecha de contacto, el número de transacción de NICS, la
respuesta inicial dada por NICS o el estado. El titular de la licencia puede registrar
la fecha en la que podrá transferir el arma de fuego al adquiriente/comprador
(también conocida como la fecha que falta información sobre la disposición “MDI”,
por sus sigla en inglés); en la 27.c. que NICS provee para las transacciones aplazadas
(podría ser que estados no proveer esta fecha). Si el titular de la licencia recibe una
respuesta subsiguiente antes de transferrir el arma de fuego, tiene registrar en la
pregunta 27.d cualquier respuesta posterior dada del NICS, o del estado, o indicar
que no se comunicó la resolución en el plazo de tres días laborales. Si el titular de
la licencia recibe una respuesta del NICS o del estado después de transferir la arma
de fuego, él/ella deberá anotar esa información en la pregunta 27.e. Si la transacción
fue denegada y posteriormente revertida, además de marcar “Proceder” e incluir la
fecha, el titular de la licencia también debe marcar la casilla “Revertida” y, si se
proporciona, adjuntar el certificado de reversión emitido por NICS o el POC del
estado en el Formulario 4473 de ATF. Si ha pasado más de treinta (30) días y una
nueva comprobación del NICS es requerida, registra el nuevo número de transacción, fecha de contacto y la respuesta del NICS o el POC del estado en el Formulario
4473 de ATF en las preguntas 27.a. – 27.c. Nota: Los estados que actúan como
punto de contacto (POC) intermediarios para las comprobaciones del NICS tal vez
empleen términos que no sean “aprobación” (proceed) “aplazamiento” (delayed),
“cancelación” (cancelled) o “denegación” (denied).

Aviso Conforme a la Ley de Reducción del Papeleo
La información que se pide en el presente formulario está en conforme a la Ley
de Reducción del Papeleo de 1995. Esa información tiene el fin de establecer si el
adquiriente tiene derecho a recibir y poseer armas de fuego conforme a la ley federal.
Está información la pueden inspeccionar los funcionarios de ATF y es obligatorio
proporcionarla conforme a la secciones 922 y 923 del título 18, Código de los
Estados Unidos.
El tiempo que se necesita para la recopilación de los datos que se piden se calcula en
unos 30 minutos por formulario pero variará según las circunstancias de cada caso.
Los comentarios sobre la precisión de ese cálculo de carga sugerencias para reducir
ese tiempo se deben dirigir al Resource Management Staff, Bureau of Alcohol,
Tobacco, Firearms and Explosives, Washington, DC 20226.
Ningún organismo podrá solicitar información ni patrocinar su recolección y nadie
estará obligado a responder a esa solicitud, a menos que el formulario correspondiente
muestre un número de control de OMB (Office of Management and Budget), válido
en el momento de la solicitud. No se garantiza la confidencialidad.

AF
T

Preguntas 28 y 29. Excepciones de NICS: No se exige la comprobación del NICS
cuando a la entrega del arma de fuego se aplican cualquiera de las excepciones que
figuran en la sección 478.102(d) del título 27, Código de los Reglamentos Federales. En
general, esas excepciones son: (a) transferencias a un individuo que se ha sometido
al proceso de verificación de antecendentes penales durante el proceso de
aprobación sujeto a la Ley Nacional de Armas; (b) transferencias donde el
adquiriente/comprador ha presentado al titular de la licencia o un permiso licencia que
permite al adquiriente/comprador poseer, adquirir, o llevar un arma de fuego, y el
permiso ha sido reconocido por ATF como una alternativa válida a la comprobación
del requisito de NICS; o (c) las entregas que hayan quedado exentas del requisito de
comprobación del NICS, por haber certificado a ATF que el cumplimiento con dicho
requisito sería impracticable. Si la entrega se puede atener a cualquiera de estas excepciones, el
titular de la licencia debe obtener la documentación que exige la sección 478.131 del
título 27, Código de los Reglamentos Federales. Un arma de fuego no se entregará al
adquiriente/comprador alguno que no proporcione dicha documentación.

R

Una verificación del NICS debe llevarse a cabo si un arma de fuego NFA ha sido
aprobado para su transferencia a un fideicomiso, o a una entidad legal, com una
corporación, y no se llevó a cabo una verificación de antecedentes penales como parte
del proceso de aprobación de la NFA al individuo que recibirá el arma de fuego. Las
personas que se han sometido a una verificación de antecedentes penales durante el
proceso de aplicación de la NFA se enumeran en el formulario de transferencia de NFA
aprobado.

D

Sección D

Preguntas 30 y 31. Transferencia en Fecha Diferente y Recertificación: Si la
transferencia se efectúa en una fecha que no sea la de la firma de la sección B por el
adquiriente/comprador, el titular de la licencia debe verificar de nuevo la fotografía de
identidad del adquiriente/comprador en el momento de la entrega.
Sección E
Pregunta 32. Para Uso por Parte del Titular de la Licencia: Este encasillado es
para uso del titular de la licencia en el que puede registrar cualquier información que
él/ella considere necesaria para realizar negocios, o cualquier información adicional
recibida por el NICS que no haya sido registrado en las preguntas 27.a - 27.e.
Información Estipulada en la Ley de Privacidad
La solicitud de esta información está autorizada conforme a la sección 923(g) y 922(b)
(5) del título 18, Código de los Estados Unidos. La divulgación de esta información
por parte del adquiriente/comprador es obligatoria para la transferencia del arma de
fuego. La divulgación del número de seguro social de la persona es voluntaria. El
número puede ser utilizado para verificar la identidad del adquiriente/comprador.
Para obtener información acerca de los usos de rutina de esta forma vease Sistema de
Notificación de Registros Justicia/ATF-008, Sistema de aplicación de reglamentación
(68 FR 163558, 24 de enero de 2003).

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Formulario ATF 4473 (5300.9)
Revisado en (
)


File Typeapplication/pdf
File TitleRegistro de Transacción de Armas de Fuego
SubjectATF Form 4473 (5300.9) Pt 1 Spanish Version Registro de Transacción de Armas de Fuego
AuthorATF
File Modified2020-04-21
File Created2020-04-21

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