8862 (SP) Instr

U.S. Individual Income Tax Return

8862 (SP) Instr

OMB: 1545-0074

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Instrucciones para el
Formulario 8862(SP)

Department of the Treasury
Internal Revenue Service

(Rev. diciembre de 2020)

Información Para Reclamar Ciertos Créditos Después de Haber Sido Denegados
Las secciones a las cuales se hace referencia abajo
corresponden al Código Federal de Impuestos Internos a
menos que se indique de otra manera.

Acontecimientos Futuros
Para obtener información sobre los más recientes
acontecimientos que afectan al Formulario 8862(SP) y sus
instrucciones, tales como legislación promulgada después
de que el formulario se haya publicado, visite IRS.gov/
Form8862SP.

Recordatorios
Retrasos en los reembolsos de las declaraciones que
reclaman ciertos créditos. El IRS no puede emitir
reembolsos antes de mediados de febrero para las
declaraciones de impuestos que reclaman el crédito por
ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés) o el crédito
tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en inglés).
Esta restricción aplica a su reembolso completo, no sólo a la
porción relacionada con estos créditos.
Necesita tener un número de identificación del contribuyente para la fecha de vencimiento de la declaración
de impuestos. Usted tiene que tener un número de
identificación del contribuyente expedido en o antes de la
fecha de vencimiento de su declaración para reclamar el
crédito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés),
el crédito tributario por hijos (CTC, por sus siglas en inglés),
el crédito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas
en inglés), el crédito por otros dependientes (ODC, por sus
siglas en inglés) o el crédito tributario de oportunidad para
estadounidenses (AOTC, por sus siglas en inglés). Vea la
información a continuación para más detalles de cada
crédito.
Crédito por ingreso del trabajo (EIC). Si usted no tiene
un número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés)
expedido en o antes de la fecha de vencimiento de su
declaración (incluyendo prórrogas), no puede reclamar el
EIC en su declaración original ni en su declaración
enmendada. Además, si su hijo no tenía un SSN expedido
en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración
(incluyendo prórrogas), usted no puede incluir a ese hijo
como su hijo calificado al calcular el EIC en su declaración
original o declaración enmendada.
Crédito tributario por hijos (CTC)/Crédito tributario
adicional por hijos (ACTC)/Credito por otros
dependientes (ODC). Su hijo tiene que haber recibido el
SSN requerido para ser un hijo calificado para el CTC o el
ACTC. Hijos identificados por un número de identificación
personal del contribuyente (ITIN, por sus siglas en inglés) o
un número de identificación del contribuyente para adopción
(ATIN, por sus siglas en inglés) no son hijos calificados para
el crédito tributario por hijos (CTC, por sus siglas en inglés) o
el crédito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas
en inglés). Si a su hijo no se le ha expedido un SSN que sea
Dec 16, 2020

válido para trabajar antes de la fecha de vencimiento de su
declaración (incluyendo prórrogas), no puede usar a ese hijo
para reclamar el CTC/ACTC en su declaración original o
enmendada. A los dependientes por los cuales reclama el
ODC se les tiene que haber expedido un SSN, ITIN o ATIN
en o antes de la fecha de vencimiento de la declaración
(incluyendo prórrogas).
Usted tiene que tener un SSN o ITIN para reclamar el
CTC, ACTC u ODC por un dependiente. Si a usted no le han
expedido un SSN o ITIN en o antes de la fecha de
vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas), no
puede reclamar el CTC, ACTC u ODC en su declaración
original ni en su declaración enmendada.
Crédito tributario de oportunidad para
estadounidenses (AOTC). Usted tiene que tener un SSN o
un ITIN para reclamar el crédito tributario de oportunidad
para estadounidenses (AOTC, por sus siglas en inglés). Si
usted no tiene un SSN o un ITIN en o antes de la fecha de
vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas), no
puede reclamar el AOTC en su declaración original ni en su
declaración enmendada. Además, el AOTC no es permitido
en su declaración original o enmendada para un estudiante
que no tenía un SSN, ITIN o ATIN en o antes de la fecha de
vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas).
Vea las instrucciones de su declaración de impuestos
para más información.

Instrucciones Generales
Propósito de este Formulario

Usted tiene que completar el Formulario 8862(SP) y
adjuntarlo a su declaración de impuestos para reclamar el
EIC, CTC, ACTC, ODC o AOTC si reúne los siguientes
criterios para cualquiera de los créditos.

Cat. No. 69598T

SI...

Y...

ENTONCES...

Su EIC fue reducido o
denegado por
cualquier razón que no
sea un error
matemático o
administrativo para un
año después de 1996

Usted ahora reúne
todos los requisitos y
desea reclamar el EIC

Tiene que presentar el
Formulario 8862(SP)

Su CTC, ACTC u ODC
fue reducido o
denegado por
cualquier razón que no
sea un error
matemático o
administrativo para un
año después de 2015

Usted ahora reúne
todos los requisitos y
desea reclamar el
CTC, ACTC u ODC

Tiene que presentar el
Formulario 8862(SP)

Su AOTC fue reducido
o denegado por
cualquier razón que no
sea un error
matemático o
administrativo para un
año después de 2015

Usted ahora reúne
todos los requisitos y
desea reclamar el
AOTC

Tiene que presentar el
Formulario 8862(SP)

¿Necesita más espacio para un artículo? Si necesita
más espacio para un artículo, adjunte una declaración
escrita al final de su declaración que incluya su nombre y
SSN (o ITIN). Numere cada artículo en la declaración escrita
para que le corresponda al número de la línea en el
Formulario 8862(SP).

Instrucciones Específicas
Parte I —Todos los Declarantes
Línea 1. Anote el año para el cual está presentando este
formulario (por ejemplo, 2020). No anote el año que el (los)
crédito(s) fue(ron) denegado(s).
Línea 2. Seleccione la(s) casilla(s) que aplique(n) para el
(los) crédito(s) que usted está reclamando ahora. Usted
puede marcar una casilla para cada crédito que le fue
previamente reducido o denegado.

Parte II —Crédito por Ingreso del
Trabajo
Línea 4. Si usted (o su cónyuge si presenta conjuntamente)
era un hijo calificado de otro contribuyente para el año que
anotó en la línea 1, usted no puede reclamar el EIC.
Seleccione “Sí” en la línea 4. Esto es cierto aun si el
contribuyente para quien usted (o su cónyuge si presenta
conjuntamente) es un hijo calificado, no reclama el EIC o
cumple todos los requisitos para reclamar el EIC. Para más
información, vea la Pub. 596SP, Crédito por Ingreso del
Trabajo (EIC).
Seleccione “No” en la línea 4 si usted puede ser
reclamado como hijo calificado de otro contribuyente para el
año que anotó en la línea 1 pero ese otro contribuyente no
está requerido a presentar, y no presenta, una declaración
de impuestos para ese año o sólo presenta para reclamar un
reembolso.

Usted tiene que adjuntar todos los anexos y
formularios que apliquen para cada crédito que
´
PRECAUCION
reclame en su declaración. Se le puede pedir que
provea información adicional antes de que cualquier
reembolso sea emitido.

!

Excepciones. No presente el Formulario 8862(SP) si:
• Después de que su EIC, CTC/ACTC/ODC o AOTC fue
reducido o denegado en un año anterior (a) usted presentó
el Formulario 8862(SP) (u otros documentos) y luego su
crédito fue aprobado y (b) su crédito no ha sido reducido ni
denegado nuevamente por cualquier razón que no sea un
error matemático o administrativo.
• Usted está reclamando el EIC sin un hijo calificado y la
única razón por la que su EIC fue reducido o denegado en el
año anterior fue porque se determinó que un hijo indicado en
el Anexo EIC no era su hijo calificado.
En cualesquiera de estos casos, usted puede reclamar el
(los) crédito(s) sin presentar el Formulario 8862(SP) si reúne
todos los requisitos.
No presente el Formulario 8862(SP) por:
• 2 años después del año tributario más reciente para el
cual se determinó definitivamente que su EIC, CTC/
ACTC/ODC o AOTC fue reclamado debido a indiferencia
negligente o intencionada hacia las reglas; o
• 10 años después del año tributario más reciente para el
cual se determinó definitivamente que su EIC, CTC/
ACTC/ODC o AOTC fue reclamado debido a fraude.
En cualesquiera de estos casos, usted no puede reclamar
el (los) crédito(s).

Sección A: Declarantes con Hijo(s) Calificado(s)
Línea 6. Un hijo calificado para el EIC es un hijo que:
1. Es su hijo, hija, hijastro, hijo de crianza, hermano,
hermana, medio hermano, media hermana, hermanastro,
hermanastra o cualquier descendiente de cualquiera de ellos
(por ejemplo, su nieto, sobrina o sobrino);
2. Era (a) menor de 19 años al final del año que usted
anotó en la línea 1 y menor que usted (o su cónyuge si
presenta conjuntamente), (b) menor de 24 años al final del
año que anotó en la línea 1, un estudiante y menor que usted
(o su cónyuge si presenta conjuntamente) o (c) cualquier
edad y estaba total y permanentemente incapacitado;
3. No está presentando una declaración en conjunto
para el año que anotó en la línea 1 o está presentando una
declaración en conjunto para el año que anotó en la línea 1
sólo para reclamar un reembolso de impuestos retenidos o
pagos de impuestos estimados; y
4. Vivió con usted en los Estados Unidos por más de la
mitad del año que anotó en la línea 1.

¿Tiene un ITIN en vez de un SSN? Usted tiene que tener
un SSN válido para reclamar el EIC. Un SSN es válido para
propósitos del EIC si le es expedido en o antes de la fecha
de vencimiento de la declaración de 2020 (incluyendo
prórrogas) y le permite trabajar. Usted puede tener un ITIN
en vez de un SSN para reclamar el CTC, ACTC, ODC o
AOTC. Si usted tiene un ITIN, anótelo en el espacio del
formulario para el “social security number” (número de
Seguro Social).

Hijo adoptivo. Un hijo adoptivo siempre se trata como un
hijo propio. Un hijo adoptivo incluye a un hijo que ha sido
puesto legalmente bajo su tutela para ser legalmente
adoptado.

-2-

Instrucciones para el Formulario 8862(SP) (Rev. 12-2020)

cónyuge tuvo 25 años al momento de fallecer. Sin embargo,
si su cónyuge hubiera fallecido el 12 de febrero de 2020, no
hubiese tenido 25 años al momento de fallecer y, por lo
tanto, no tenía 25 años de edad al final de 2020.

Para más información sobre quién es un hijo calificado,
vea las instrucciones de su declaración de impuestos o la
Pub. 596SP.
Línea 7. Usted no puede reclamar el crédito para un hijo
que vivió con usted la mitad del año o menos, aun si usted
pagó la mayoría de los gastos de manutención del hijo. El
IRS le puede pedir documentación que demuestre que usted
vivió con cada hijo calificado. Los documentos que usted
puede mantener para este propósito incluyen registros de la
escuela o cuidado de menores y otros registros que
muestren la dirección física del hijo.
Las ausencias temporales de usted o su hijo por
circunstancias especiales, tales como asistencia a una
escuela, vacaciones, negocios, cuidado médico, servicio
militar o detención en una institución penal para jóvenes,
cuentan como tiempo que su hijo vivió con usted.
Si su hijo nació o falleció durante el año que anotó en la
línea 1 y su residencia era la residencia de su hijo por más
de la mitad del tiempo que él o ella estuvo vivo durante el
año, anote “365” (“366” si es un año bisiesto) en la línea 7 y
complete la línea 8.
Para más información, vea las instrucciones de su
declaración de impuestos o la Pub. 596SP.

Parte III —Crédito Tributario por
Hijos/Crédito Tributario Adicional por
Hijos/Crédito por Otros Dependientes
Línea 14. Por lo general, un hijo tiene que vivir con usted
por más de la mitad del año para usted poder reclamar el
crédito. Un hijo se considera que vivió con usted por más de
la mitad del año si el hijo nació o falleció durante el año que
anotó en la línea 1 y su residencia era la residencia de su hijo
por más de la mitad del tiempo que estuvo vivo. Las
ausencias temporales de usted o su hijo por circunstancias
especiales, tales como escuela, vacaciones, negocios,
cuidado médico, servicio militar o detención en una
institución penal para jóvenes, cuenta como tiempo que su
hijo vivió con usted.
No obstante, hay excepciones para hijos secuestrados e
hijos de padres divorciados o separados. Si usted cumple
los requisitos de una de estas excepciones, conteste “Sí” en
la pregunta 14 para ese hijo. Para más detalles, vea las
instrucciones de su declaración de impuestos.

Sección B: Declarantes sin Hijo(s) Calificado(s)

Línea 15. Un hijo calificado para propósitos del crédito
tributario por hijos (CTC, por sus siglas en inglés) es un hijo
que:
1. Es su hijo, hija, hijastro, hijo de crianza, hermano,
hermana, hermanastro, hermanastra, medio hermano, media
hermana o un descendiente de cualquiera de ellos (por
ejemplo, su nieto, sobrina o sobrino);
2. Menor de 17 años al finalizar el año;
3. No se proveyó más de la mitad de su propio sustento
para el año;
4. Vivió con usted por más de la mitad del año;
5. Es reclamado como un dependiente en su
declaración;
6. No presenta una declaración en conjunto para el año
(o la presenta sólo para reclamar un reembolso de las
retenciones de impuestos o pagos estimados); y
7. Era un ciudadano, nacional o residente de los Estados
Unidos. Vea la Pub. 519, U.S. Tax Guide for Aliens (Guía de
impuestos estadounidenses para extranjeros), en inglés,
para la definición de un nacional o residente de los Estados
Unidos.

Línea 9. Anote el número de días que su residencia
principal (y la de su cónyuge, si presenta conjuntamente)
estaba en los Estados Unidos durante el año que anotó en la
línea 1.
Las ausencias temporales por circunstancias especiales
tales como negocios, cuidado médico, asistencia a una
escuela o servicio militar, cuentan como tiempo que vivió en
su residencia principal.
Personal militar. Si usted estaba en servicio activo
prolongado fuera de los Estados Unidos, su residencia
principal se considera que estaba en los Estados Unidos
durante este período de servicio. Servicio activo prolongado
quiere decir que se le ha llamado u ordenado a que preste
servicio militar por un período indefinido o por un período de
más de 90 días. Una vez que comience a cumplir su servicio
activo prolongado, se considera que ha estado en servicio
activo prolongado, aunque no preste servicio por un período
de más de 90 días.
Línea 10. Si su cónyuge falleció durante el año que anotó
en la línea 1, o usted está preparando la declaración para
alguien que falleció durante el año que anotó en la línea 1, se
cumple con el requisito de la edad para su cónyuge o el
contribuyente que falleció si tenía al menos 25 años, pero
era menor de 65 años al momento de fallecer.
Su cónyuge o el contribuyente que falleció se considera
que cumple los 25 años de edad el día antes de su
cumpleaños. Sin embargo, el requisito de cumplir los 65
años es diferente; su cónyuge o el contribuyente que falleció
se considera que cumple los 65 años el día de su
cumpleaños.

Hijo adoptivo. Un hijo adoptivo siempre se trata como un
hijo propio. Un hijo adoptivo incluye a un hijo que ha sido
puesto legalmente bajo su tutela para ser legalmente
adoptado.
Para más información sobre quién es un hijo calificado,
vea las instrucciones de su declaración de impuestos o la
Pub. 972(SP), Crédito Tributario por Hijos y Crédito por
Otros Dependientes.

Ejemplo 1. Usted estaba casado y presenta una
declaración conjunta con su cónyuge quien falleció en
agosto de 2020. Usted tiene 67 años. Su cónyuge hubiera
cumplido 65 años en noviembre de 2020. Ya que su cónyuge
era menor de 65 años al momento de fallecer, usted cumple
el requisito de edad.

Línea 16. Usted no puede reclamar el CTC/ACTC/ODC por
una persona que no es su dependiente. Vea las
instrucciones para su declaración de impuestos para más
información.

Ejemplo 2. Su cónyuge nació el 14 de febrero de 1995 y
falleció el 13 de febrero de 2020. Se considera que su
Instrucciones para el Formulario 8862(SP) (Rev. 12-2020)

-3-

• Si los padres no presentan una declaración conjunta pero
ambos padres reclaman al hijo como hijo calificado, el IRS
considerará que el hijo es el hijo calificado del padre con
quien vivió más tiempo durante el año. Si el hijo vivió con
cada padre la misma cantidad de tiempo, el IRS considerará
que el hijo es el hijo calificado del padre cuyo ingreso bruto
ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) sea mayor durante el
año.
• Si ninguno de los padres puede reclamar al hijo como hijo
calificado, se considera que el hijo es el hijo calificado de la
persona cuyo AGI sea mayor durante el año.
• Si uno de los padres puede reclamar al hijo como hijo
calificado, pero ninguno lo reclama, el hijo será tratado como
el hijo calificado de la persona que tenga el AGI mayor para
el año, pero sólo si el AGI de esa persona es mayor que el
AGI de cualesquiera de los padres que pueda reclamar al
hijo calificado. Si los padres del hijo presentan una
declaración conjunta el uno con el otro, se puede aplicar esta
regla considerando la totalidad de los ingresos brutos
ajustados de los padres como si se hubiera dividido entre los
dos en partes iguales.

Parte IV —Crédito Tributario de
Oportunidad para Estadounidenses
Línea 19a. Un estudiante que reúne los requisitos para
propósitos del AOTC es un estudiante para el cual usted
pagó los gastos educativos calificados y cumple todos los
siguientes requisitos:
1. El estudiante no tuvo gastos que fueron utilizados para
calcular el AOTC en cualesquiera de los 4 años anteriores.
Esto incluye cualquier año tributario en el cual usted haya
reclamado el Hope scholarship credit (Crédito Hope) para
ese mismo estudiante.
2. El estudiante no ha completado los primeros 4 años
de enseñanza postsecundaria (por lo general, estudiante de
primer año, segundo año o últimos años de universidad)
antes del año en la línea 1.
3. Durante al menos un período académico al comienzo
del año que anotó en la línea 1 (o los primeros 3 meses del
año subsiguiente, si lo gastos calificados fueron pagados en
el año anterior), el estudiante estaba matriculado al menos a
medio tiempo en un programa de estudios con miras a sacar
una licenciatura u otro título o certificado académico
acreditado.
4. El estudiante no ha recibido un fallo condenatorio de
algún delito grave federal o estatal por la posesión o
distribución de sustancias controladas a partir del final del
año que anotó en la línea 1.

Conforme a estas reglas del empate, usted y la otra
persona podrían escoger cuál de los dos reclama al hijo
como hijo calificado. Para más información acerca de estas u
otras reglas que le puedan aplicar, vea las instrucciones para
su declaración de impuestos y la Pub. 501, Dependents,
Standard Deduction, and Filing Information (Dependientes,
deducción estándar e información para la presentación de la
declaración), ambas en inglés.

Vea la Pub. 970, Tax Benefits for Education (Beneficios
tributarios por estudios) y las Instrucciones para el
Formulario 8863, ambos en inglés, para más información.

Aviso sobre la Ley de Reducción de
Trámites

Línea 19b. Si el AOTC ha sido reclamado por un estudiante
por cualesquiera 4 años tributarios antes del año que anotó
en la línea 1 (incluyendo cualquier año para el cual el crédito
Hope fue reclamado para ese estudiante), el AOTC no
puede ser reclamado para este estudiante para el año que
anotó en la línea 1.
Usted no puede reclamar el AOTC basado en gastos
calificados de educación pagados para un estudiante por
otra persona que no sea ni usted ni su cónyuge, a menos
que usted pueda reclamar al estudiante como dependiente.

Pedimos la información en este formulario para cumplir con
las leyes que regulan los impuestos internos de los Estados
Unidos. A usted se le requiere que nos dé la información. La
necesitamos para asegurar que usted está cumpliendo con
estas leyes y para permitirnos calcular y recaudar la cantidad
correcta de impuestos.
Usted no tiene que facilitar la información solicitada en un
formulario que esté sujeto a la Ley de Reducción de
Trámites a menos que el formulario tenga un número de
control válido de la Office of Management and Budget
(Oficina de Administración y Presupuesto u OMB, por sus
siglas en inglés). Los libros, registros o archivos
relacionados con un formulario o sus instrucciones tienen
que ser mantenidos durante el tiempo en que su contenido
pueda ser material en la administración de toda ley de
impuestos internos. Por lo general, las declaraciones de
impuestos y la información que aparece en la declaración
son confidenciales, como lo requiere la sección 6103 del
Código de Impuestos Internos.

Parte V —Hijo Calificado para Más de
Una Persona

Un hijo puede reunir los requisitos de parentesco, edad,
residencia, manutención y declaración en conjunto para ser
el hijo calificado de más de una persona. Aunque el hijo sea
un hijo calificado para cada una de estas personas, sólo una
persona puede en realidad tratar al hijo como su hijo
calificado para reclamar el EIC, CTC/ACTC/ODC o AOTC
(siempre y cuando la persona cumpla los requisitos para el
crédito).
Para determinar qué persona puede tratar al hijo como su
hijo calificado para cualquiera de estos créditos, aplique las
siguientes reglas del empate a continuación.
• Si sólo una de las personas es el padre o madre del hijo,
entonces el hijo se considera el hijo calificado de uno de los
padres.
• Si los padres presentan una declaración conjunta y puede
reclamar al hijo como hijo calificado, el hijo es tratado como
el hijo calificado de los padres.

El promedio de tiempo y de gastos requeridos para
completar y presentar este formulario variará dependiendo
de las circunstancias individuales. Para los promedios
estimados, vea las instrucciones de su declaración de
impuestos sobre el ingreso (en inglés).
Si desea hacer una sugerencia que ayude a que este
formulario sea más sencillo, envíenosla. Vea las
instrucciones para su declaración de impuestos sobre el
ingreso.

-4-

Instrucciones para el Formulario 8862(SP) (Rev. 12-2020)


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File TitleInstrucciones para el Formulario 8862(SP) (Rev. Diciembre 2020)
SubjectInstrucciones para el Formulario 8862(SP), Información Para Reclamar Ciertos Créditos Después de Haber Sido Denegados
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File Modified2021-01-11
File Created2020-12-16

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