FRP-11As Privacy Notice for Sponsors - 2021

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Family Reunification Packet for Sponsors of Unaccompanied Children

FRP-11As Privacy Notice for Sponsors - 2021

OMB: 0970-0278

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Administración para los niños y la familia
Oficina de Reubicación de Refugiados

Aviso de privacidad

Patrocinadores, miembros adultos del grupo familiar y cuidadores adultos
Este aviso es proporcionado por la Oficina de Reubicación de Refugiados (Office of Refugee
Resettlement, ORR) de la Administración para Niños y Familias (Administration for Children and
Families, ACF) del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. (U.S. Department of
Health and Human Services, HHS). Si tiene alguna pregunta o inquietud, envíela a la siguiente
dirección de correo electrónico [email protected].
La información biométrica y biográfica que recopilamos de los solicitantes-patrocinadores está
autorizada conforme a la Sección n.º 279 del Título 6 y la Sección 1232 del Título 8 del Código de los
EE. UU. (United States Code, U.S.C.). El suministro de información y documentos es voluntario, pero si
no proporciona toda la información, es posible que no podamos aprobar la solicitud para patrocinar a
un menor no acompañado (unaccompanied child). La ORR recopila la información solicitada para
decidir sobre su aptitud para desempeñarse como patrocinador del niño o de los niños identificados
en su solicitud, además de coordinar la entrega del niño o de los niños que estarán bajo la custodia
del patrocinador y la prestación de los servicios posteriores a la entrega bajo custodia, según sea
necesario.
La ORR puede divulgar la información sobre los patrocinadores, miembros adultos del grupo familiar
y cuidadores a las siguientes partes que no pertenecen al HHS, según se resume a continuación:
•

contratistas, cesionarios, asesores o voluntarios del HHS que realizan trabajos para ayudar al
HHS (por ejemplo, el HHS divulga las huellas dactilares al Departamento de Justicia de los EE.
UU. (U.S. Department of Justice, DOJ), Oficina Federal de Investigaciones (Federal Bureau of
Investigation, FBI), que ayuda al HHS a realizar verificaciones de antecedentes basadas en
huellas dactilares, incluidas las verificaciones de antecedentes penales);

•

abogados u otras personas que los representan a usted o al niño en procesos judiciales de
inmigración, dependencia de tribunal estatal o tribunal penal o de protección de menores;

•

organizaciones de defensa o protección de menores para permitirle defender eficazmente en
beneficio del menor;

•

coordinadores estatales de refugiados que organizan la ubicación y los servicios del menor;

•

agencias de aplicación de la ley federal, estatal, local, tribal o extranjera, cuando sea relevante
en caso de violaciones o posibles violaciones de la ley civil o penal, a fin de exigir el
cumplimiento de la ley o para fines de investigación;

•

agencias gubernamentales que correspondan en el caso de que sea necesario para proteger el
bienestar del menor o repatriar al menor a su país de origen de forma segura;

FRP-11As [Rev. DD/MM/2021]

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Aviso de privacidad

Oficina de Reubicación de Refugiados
•

autoridades sanitarias locales o estatales cuando la información afecte la seguridad y la salud
pública;

•

personas de quienes necesitemos información relevante para una decisión del HHS relacionada
con beneficios públicos de una agencia gubernamental local, estatal o federal;

•

DOJ con el fin de facilitar la participación de los patrocinadores en los Programas de
Orientación Legal (Legal Orientation Programs, LOPC) para custodios conforme a la Sección
235(c)(4) de la Ley William Wilberforce de Reautorización de la Protección de las Víctimas de la
Trata de Personas (William Wilberforce Trafficking Victims Protection Reauthorization Act,
TVPRA) de 2008, y a la Sección 1232(c)(4) del Título 8 del U.S.C.;

•

DOJ cuando el Gobierno de los EE. UU. se encuentra en litigio u otros procedimientos
administrativos o judiciales o conversaciones sobre conciliación que involucran al HHS;

•

asesores de los demandantes según lo requerido conforme al acuerdo conciliatorio en el Caso
Flores contra Reno, número CV85–4544–RJK (C.D. Cal. 1996) y el Caso Perez-Olano contra
Holder, número CV 5–3604 (C.D. Cal. 2010);

•

Departamento de seguridad nacional de EE. UU. (U.S. Department of Homeland Security, DHS)
para otorgar una exención migratoria, o decidir sobre ella, a fin de proporcionar las
notificaciones requeridas;

•

oficinas del Congreso en respuesta a una solicitud iniciada por usted como participante;

•

la Oficina de Administración y Presupuesto (Office of Management and Budget, OMB) en
relación con legislación de asistencia privada según se establece en la Circular A-19 de la OMB;

•

Archivos Nacionales y Administración de Documentos (National Archives and Records
Administration, NARA) en caso de inspecciones de administración de registros;

•

DHS para la supervisión de la seguridad informática; y

•

agencias, contratistas y otras partes que correspondan para que ayuden a responder a una
violación de la seguridad experimentada por el HHS u otra agencia federal.

Si usted es ciudadano de los EE. UU. o extranjero residente permanente (titular de la tarjeta
verde), la información anterior junto con estos datos adicionales sirven como una Declaración
de la Ley de Privacidad: La información que recopilamos se conservará en los sistemas de registros
de la Ley de Privacidad, “Registros de servicios de la División de Menores de la ORR” (ORR Division of
Children’s Services Records), sistema número 09-80-0321 (Título 81 del Registro Federal, páginas
46682 a 46683) y “Registros de menores refugiados no acompañados de la ORR” (ORR
Unaccompanied Refugee Minors Records), sistema número 09-80-0329 (Título 81 del Registro
Federal, páginas 46682 a 46690), disponibles en
https://www.federalregister.gov/documents/2016/07/18/2016-16812/privacy-act-of-1974-system-ofrecords-notice.
FRP-11As [Rev. DD/MM/2021]

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Aviso de privacidad

Oficina de Reubicación de Refugiados
Tenga en cuenta que, una vez que se divulguen los registros fuera del HHS a otra organización (como
una agencia federal u organización de defensa de menores), la información se administrará de
acuerdo con las leyes y reglas que se apliquen a esa organización, y la organización podrá usar o
divulgar la información con otros objetivos diferentes a los del HHS. Por ejemplo, consulte la
“Declaración de la Ley de Privacidad” del FBI ubicada en la parte posterior de la tarjeta de huellas
digitales FD-258, disponible en https://www.fbi.gov/services/cjis/compact-council/privacy-actstatement, y el aviso del FBI titulado “Derechos de privacidad del solicitante de justicia no criminal”,
disponible en https://www.fbi.gov/services/cjis/compact-council/guiding-principles-noncriminaljustice-applicants-privacy-rights.

FRP-11As [Rev. DD/MM/2021]

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AuthorShannon Herboldsheimer
File Modified2021-05-13
File Created2021-05-13

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