NRCS-CPA-152_Suppl Suplemento a NRCS-CPA-152 para cesiones parciales de ter

Long Term Contracting

NRCS-CPA-152 Supplement_Spanish

Long Term Contracting (Individuals)

OMB: 0578-0013

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Suplemento a NRCS-CPA-152 para cesiones parciales de terrenos
de CSP
Fecha:
Nombre del cedente:

Contrato núm.

Nombre del cedente:

Contrato núm.

Nombre del cesionario:
Nombre del cesionario:
(Para participantes adicionales, utilice el espacio provisto en la página 3)
Nota: El término "cedente" significa los participantes que transfirieron el control de tierras sujetas al contrato del
programa de manejo de conservación (CSP) identificado anteriormente, y el término "cesionario" significa la
persona(s) o entidad(es) jurídica(s) que adquirió el control de las tierras sujetas al contrato de CSP, identificados a
continuación.
Los términos y condiciones generales del contrato de CSP son establecidos por el contrato original e
incluyen el NRCS-CPA-1202-CPC y todos los documentos incorporados en el mismo. Este suplemento al
formulario NRCS-CPA-152 "Acuerdo de transferencia del contrato de programa de conservación"
identifica los términos y condiciones a las que el cedente y el cesionario, en una cesión parcial de terreno,
aceptan bajo el contrato de CSP, en consideración de la aprobación de NRCS al cesionario, asumiendo los
términos y condiciones del contrato del cedente de CSP para los terrenos transferidos.
Este suplemento debe ser revisado y firmado por el cedente y el cesionario involucrados en una cesión
parcial de terreno antes de completar y aceptar la cesión de terreno por parte de NRCS. Se deben incluir
copias del informe de resumen de rendimiento de conservación y del informe de detalle asociado con el
contrato original de CSP, en los contratos del cedente y del cesionario.
El cedente y el cesionario aceptan una asunción de contrato parcial y de tal modo el cesionario asumirá los
términos y condiciones del contrato del CSP asociados a los terrenos transferidos. Los siguientes términos y
condiciones adicionales aplican también al cedente y al cesionario:



El cedente y el cesionario reconocen que los términos y condiciones en este suplemento se
incorporen en los contratos del cedente y en el nuevo creado por la presente para el cesionario(s).
El contrato del cedente y el del cesionario serán por el número de años restantes en el contrato
original, previa aprobación de NRCS-CPA-152 y de este suplemento por parte de NRCS.

7/2011

Suplemento a NRCS-CPA-152 para cesiones parciales de terrenos
de CSP


La cesión parcial de terreno no será evitar el cumplimiento del contrato o como mecanismo para
evitar el pago o las limitaciones del contrato.



El cedente y el cesionario son responsables de:

o

Mantenimiento y gestión de las actividades de conservación existentes en el terreno
bajo su control respectivo, según lo identificado en el informe de detalle de CMT.

o

Instalación de las actividades programadas en el informe de resumen de rendimiento de
conservación en el terreno bajo su control.



El plan de manejo de conservación y mapa del plan, junto con las hojas de trabajo respectivas y
los suplementos estatales, según aplique, son el documento de apoyo que especifique la
extensión, ubicación y criterios para todas las nuevas actividades de conservación.



Los niveles de rendimiento de conservación existentes y adicionales en el momento que el
contrato original fue obligado será la base para todos los pagos futuros del contrato para el
cesionario y el cedente. El pago efectuado en virtud del contrato respectivo se determinará
mediante el uso de los puntos de rendimiento de conservación del contrato original y el número
de acres en el contrato respectivo para los cálculos de pago, sujeto a las limitaciones de pago y la
disponibilidad de fondos.



El cesionario o el cedente tal vez no puedan hacer cambios operativos o ajustes en el programa de
operaciones bajo ninguna circunstancia. Cualquier cambio operativo se traducirá en el
incumplimiento de las condiciones y términos de CPC y podrían provocar la terminación del
contrato aplicable de CSP. Tanto el contrato del cedente como el contrato del cesionario deben
permanecer intactos en los años restantes del contrato del cedente con el fin de garantizar que los
beneficios ambientales se aplican en el terreno, tal y como se contrató originalmente.



Todos los términos y condiciones del programa, incluyendo las tarifas de pago, en su lugar en el
momento que el contrato original fue obligado se aplicarán al contrato del cesionario.

Los contratos del cedente y del cesionario se evaluarán en base a sus responsabilidades individuales
especificadas en la documentación de apoyo anteriormente mencionada.
Mediante la firma de este suplemento, certifico que estoy de acuerdo en mantener el nivel de
rendimiento de conservación establecido en el momento de obligación del contrato en los terrenos
que administro y en llevar a cabo cualquier actividad nueva, como originalmente estaba previsto
para este terreno.
Firma del cedente:

Fecha:

Contrato núm.

Firma del cedente:

Fecha:

Contrato núm.

Firma del cedente:

Fecha:

Contrato núm.

7/2011

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de CSP
Firma del cesionario:

Fecha:

Contrato núm.

Firma del cesionario:

Fecha:

Contrato núm.

Firma del cesionario:

Fecha:

Contrato núm.

La recepción y aprobación por parte de NRCS requiere las firmas adecuadas del conservacionista
designado a continuación y en NRCS-CPA-152. :
Conservacionista designado:

Fecha:

Para cedentes o cesionarios adicionales, utilice este espacio:
Nombre del cedente:

Contrato núm.

Nombre del cedente:

Contrato núm.

Nombre del cesionario:
Nombre del cesionario:

7/2011


File Typeapplication/pdf
AuthorIrma.Hernandez
File Modified2016-04-07
File Created2016-04-04

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